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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Caso Máster

PP
Iniciado en marzo de 2018 Madrid, Comunidad de Madrid

Falsificación del acta del TFM de Cifuentes: absolución de la expresidenta, condenas de Rosado y Feito y archivo separado respecto de Casado.

Estado judicial
Resultados mixtos
Coste registrado
Sin determinar
Implicados
6
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

El caso se originó en las informaciones publicadas por elDiario.es el 21 de marzo de 2018 sobre el máster de Cristina Cifuentes en la Universidad Rey Juan Carlos, correspondiente al curso 2011–2012. La causa que llegó a juicio se centró en la falsificación, realizada en marzo de 2018, del acta que pretendía acreditar una defensa del Trabajo de Fin de Máster el 2 de julio de 2012. Esa fecha consignada en el documento falso no acredita que la defensa se celebrara. La Audiencia describió graves irregularidades académicas, pero declaró que no le correspondía decidir si se había producido aquella defensa.

La sentencia 64/2021, de 15 de febrero, absolvió a Cifuentes porque no se probó que indujera la falsificación. Condenó a Cecilia Rosado a un año y seis meses de prisión y a María Teresa Feito a tres años. El TSJ de Madrid, en sentencia 217/2021 de 25 de junio, mantuvo la absolución y rebajó las penas a un año para Rosado y dos años para Feito, por falsedad en documento oficial como autora e inductora, respectivamente. También fijó multas de dos y cuatro meses, a cinco euros diarios, e inhabilitación para sufragio pasivo durante las penas de prisión.

El Tribunal Supremo desestimó únicamente el recurso de Feito mediante la sentencia 347/2022, de 6 de abril, contra la que indicó que no cabía recurso. Rosado no recurrió su condena rebajada, según la comunicación oficial; la casación no volvió a juzgar la absolución de Cifuentes. No se ha documentado aquí la ejecución, eventual suspensión o extinción de las penas, ni se extrapola este resultado a otros procedimientos del Instituto de Derecho Público. La pieza relativa a Pablo Casado fue archivada por el Supremo el 28 de septiembre de 2018, sin abrir investigación penal contra él, por falta de indicios consistentes de participación delictiva. No se atribuye firmeza autónoma a todos los archivos parciales sin sus resoluciones de recurso.

Desarrollo y fuentes

La falsificación y los antecedentes académicos

El juicio no abarcó indistintamente todas las irregularidades del posgrado. Se centró en el acta fabricada en marzo de 2018 para acreditar retrospectivamente una defensa del TFM. La Audiencia describió cambios irregulares de calificaciones y circunstancias incompatibles con un desarrollo académico ordinario, pero dejó fuera de su competencia decidir si se había producido la defensa del trabajo. La absolución de Cifuentes respondió a que no se probó su participación inductora en la falsificación.

Resultados individuales y recursos

La apelación confirmó esa absolución y modificó las penas de Rosado y Feito. La condena final reflejada en las resoluciones es de un año para la autora material y dos para la inductora, con multas diferenciadas y privación de sufragio pasivo durante las penas de prisión. Se retiraron en apelación las inhabilitaciones genéricas para empleo público impuestas inicialmente. La sentencia de casación sólo examinó el recurso de Feito y declara que no cabe recurso contra ella. La comunicación oficial explica que Rosado no recurrió. Estos datos no acreditan por sí solos cómo se ejecutaron las penas, si se suspendieron o cuándo se extinguieron.

La pieza de Casado y los archivos parciales

El Supremo archivó las actuaciones relativas al aforado en septiembre de 2018. El Juzgado 51 aplicó después ese criterio al archivo provisional por prevaricación y cohecho respecto de diecinueve personas, manteniendo entonces la investigación de la falsedad del acta. No se equiparan ese archivo, la absolución posterior de Cifuentes y las condenas de las otras dos acusadas. Tampoco se trasladan a otras investigaciones relativas a la gestión económica del Instituto de Derecho Público. Enrique Álvarez Conde falleció en abril de 2019 sin ser juzgado. Alicia López de los Mozos figuró entre las investigadas en octubre de 2018, pero no entre las tres personas enjuiciadas en 2021; no se presenta sólo como testigo desde el principio.

Las multas son penas, no una valoración del daño al patrimonio público. No se dispone de una cuantificación judicial verificada del perjuicio económico que permita asignar un coste al caso.

Fuentes: cronología periodística, comunicación del rector según RTVE, auto de archivo parcial de 1 de octubre de 2018, copia judicial difundida por SER, auto del Supremo de 28 de septiembre de 2018, copia judicial, muerte de Álvarez Conde y antecedentes de acusación según Europa Press, sentencia inicial, apelación y casación. La comunicación del CGPJ de 8 de abril de 2022 delimita el alcance de la casación.

Documentos relevantes

  • Sentencia 64/2021 de la Audiencia Provincial de Madrid: absolución de Cifuentes y condenas iniciales

    2021 · PDF · 9 páginas

    Ver
  • Sentencia 217/2021 del TSJ de Madrid: absolución confirmada y reducción de penas

    2021 · PDF · 26 páginas

    Ver
  • Sentencia 347/2022 del Tribunal Supremo: desestimación del recurso de la exasesora

    2022 · PDF · 9 páginas

    Ver

Cronología

  1. Matrícula de Cifuentes en el posgrado

    La cronología periodística sitúa la matrícula en esta fecha, durante el curso 2011–2012. Cifuentes era vicepresidenta de la Asamblea; su nombramiento como delegada del Gobierno fue posterior.

  2. Publicación de la investigación y fabricación del acta

    elDiario.es publicó las irregularidades. La sentencia sitúa ese mismo día la elaboración del acta falsa con fecha retrospectiva de 2 de julio de 2012. La condena por ese documento es distinta de decidir si existió una defensa del trabajo.

  3. La universidad abre una investigación interna

    La cronología de elDiario.es recoge la investigación interna de la URJC tras la publicación. El anuncio de querella de Cifuentes contra los periodistas se produjo después, no este día.

  4. Se conoce que Alicia López de los Mozos niega su firma

    La profesora manifestó ante la investigación universitaria que no había firmado el acta ni evaluado a Cifuentes. La otra firma cuestionada correspondía a Clara Souto, no a Ángela Figueruelo.

  5. El rector comunica la remisión de documentación a la Fiscalía

    Javier Ramos declaró que no constaban el acta en el servicio de posgrado ni la memoria del trabajo y que no podía confirmar su defensa. Informó de la entrega de documentación a la Fiscalía de Móstoles por posibles delitos.

  6. Dimisión de Cristina Cifuentes

    La presidenta dimitió después de semanas de controversia por el máster y tras publicarse ese día un vídeo de un supermercado de 2011. El vídeo y el máster corresponden a asuntos distintos.

  7. Investigación en el Juzgado de Instrucción 51

    La cronología periodística sitúa el inicio de la investigación judicial y las primeras imputaciones en esta fecha. El procedimiento se identificó como diligencias previas 886/2018; no supone que Cifuentes fuera juzgada ya entonces.

  8. Exposición razonada sobre Pablo Casado al Supremo

    El auto posterior del Juzgado 51 confirma que la pieza C se elevó este día al Supremo por la condición de diputado aforado de Casado. El alto tribunal registró su recepción el 8 de agosto.

  9. Archivo de las actuaciones respecto de Casado

    La Sala de lo Penal se declaró competente y archivó por falta de indicios consistentes de participación delictiva del aforado. No descartó indicios de trato de favor, pero no apreció base penal suficiente de cooperación en prevaricación; el posible cohecho quedaba prescrito descartada aquella conexión. No es una absolución tras juicio.

  10. Sobreseimiento provisional parcial por prevaricación y cohecho

    El Juzgado 51 archivó esos delitos respecto de 19 investigados en los autos principales y la pieza C. Continuó la falsedad del acta respecto de Álvarez Conde, Rosado, Cifuentes, López de los Mozos y Feito. El auto ofrecía reforma y apelación.

  11. Se conoce el paso a procedimiento abreviado

    Europa Press informa del auto que concluye la instrucción por falsedad del acta respecto de Cifuentes, Álvarez Conde, Rosado y Feito. Era un paso previo a los escritos de acusación y al juicio; no una condena ni la petición fiscal posterior de pena.

  12. Se conoce el rechazo del recurso universitario contra el archivo parcial

    Europa Press relata en Valencia Plaza que la Audiencia rechazó por extemporáneo el recurso contra el sobreseimiento provisional parcial confirmado por el juzgado. La fecha se corresponde con la publicación; no se asigna día al auto de diciembre sin su original.

  13. Fallece Enrique Álvarez Conde antes del juicio

    Europa Press informa de su muerte y de la extinción de su responsabilidad penal. Las peticiones fiscales contra él no llegaron a ser una condena.

  14. Comienza el juicio a Cifuentes, Rosado y Feito

    La Audiencia Provincial celebró las sesiones el 18, 22, 25 y 29 de enero y el 5 de febrero. Las tres acusadas no tenían el mismo papel atribuido; las declaraciones del juicio se distinguen de los hechos probados.

  15. Absolución de Cifuentes y condenas iniciales

    La sentencia 64/2021 absolvió a Cifuentes al no probarse inducción a la falsificación. Condenó a Rosado a un año y seis meses y a Feito a tres años, además de multas y accesorias posteriormente modificadas. El 26 de febrero fue la fecha de un auto aclaratorio, no de esta sentencia.

  16. El TSJ mantiene la absolución y rebaja las penas

    La sentencia 217/2021 desestima el recurso fiscal que pretendía anular el juicio y estima parcialmente los de las condenadas. Rosado queda condenada a un año y multa de dos meses a cinco euros diarios; Feito a dos años y multa de cuatro meses a cinco euros diarios. Ambas, con inhabilitación de sufragio pasivo durante la prisión. No se mantienen las inhabilitaciones genéricas para empleo público de la primera sentencia.

  17. El Supremo desestima la casación de Feito

    La sentencia 347/2022 rechaza su recurso y le impone sus costas, indicando que no cabe recurso. La nota del CGPJ se publicó el 8 de abril. Sólo Feito recurrió; el Supremo no revisó de nuevo la absolución de Cifuentes ni el resultado de todas las piezas.

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