Caso Begoña Gómez
PSOEAbierto juicio oral con jurado contra Gómez por presunto tráfico de influencias y malversación, y contra Álvarez por malversación del software; sin sentencia verificada.
- Estado judicial
- Pendiente de juicio
- Coste registrado
- Sin determinar
- Implicados
- 4
- Firmeza
- No procede
Descripción del caso
La causa investiga la actividad profesional de María Begoña Gómez Fernández, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, en la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), las gestiones relativas a su software y el supuesto aprovechamiento de su relación con el presidente. Se abrió el 16 de abril de 2024 a raíz de una denuncia de Manos Limpias. Las sospechas y los relatos de las acusaciones no son hechos probados.
El auto 655/2026 de la Audiencia Provincial de Madrid, fechado el 13 de julio y firmado y difundido el 16, limitó el procedimiento del jurado a Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, y a María Cristina Álvarez Rodríguez por presunta malversación exclusivamente en relación con el desvío del software. Sobreseyó para todos la corrupción en los negocios, descartó la apropiación indebida como calificación independiente y separó a Juan Carlos Barrabés del jurado para investigar las adjudicaciones por otro cauce. El sobreseimiento de Álvarez por tráfico de influencias fue parcial y provisional. El auto de apelación se declara firme; no es una sentencia de culpabilidad.
Según Europa Press y RTVE, el instructor abrió de nuevo juicio oral el 21 de septiembre de 2026 con ese alcance. Fiscalía y defensas solicitan la absolución; la acusación popular unificada pide penas de prisión. No se ha verificado un señalamiento oficial ni una sentencia al 15 de octubre de 2026. Quedan pendientes el cotejo del original del auto de septiembre y la comprobación completa del alcance posterior de las investigaciones separadas sobre Barrabés. La UCM reclama 113.509,32 euros por el software, sin que esta cifra sea un daño establecido en sentencia.
Desarrollo y fuentes
Objeto de la causa
La investigación nació de una denuncia de Manos Limpias y se amplió con otras querellas. La información contemporánea sobre la apertura sitúa el auto inicial el 16 de abril de 2024; la fecha de la denuncia no debe confundirse con la de incoación. Las actuaciones examinaron las cartas de apoyo a empresas vinculadas a Barrabés, la cátedra extraordinaria de la UCM, su software y la actividad de la asistente de Gómez. La relación con Pedro Sánchez explica la vinculación política de la ficha, pero no supone que el PSOE sea acusado en este procedimiento.
La delimitación judicial dejó fuera asuntos que habían aparecido en las denuncias iniciales. En mayo de 2025 se conoció la ejecución de la resolución de la Audiencia que excluía recabar información sobre el rescate de Air Europa y dejaba sin efecto la condición de investigados de Goyache y Güemes. No se les atribuye el estado procesal de las personas enviadas a juicio en 2026.
Qué resolvió la Audiencia
El auto de 11 de abril de 2026, firmado el 13, acordó continuar el procedimiento y sobreseer el intrusismo. Su parte dispositiva está en las páginas 38 y 39. El auto 655/2026, fechado el 13 de julio y firmado el 16, revisó los recursos y redujo el objeto del jurado. En las páginas 43 y 52 distingue la presunta malversación de Gómez por el destino del software y la utilización privada de trabajo público; para Álvarez limita la participación al software, como cooperadora necesaria, y sobresee parcial y provisionalmente el tráfico de influencias respecto de ella. La corrupción en los negocios se sobresee para todos. La apropiación indebida y la administración desleal no se mantienen como calificaciones separadas.
La Audiencia separó a Barrabés del jurado para continuar investigando la legalidad de adjudicaciones mediante diligencias previas. Ordenó además repetir la fase intermedia y alzar la retirada de pasaporte, prohibición de salida y comparecencias periódicas. La obligación de permanecer a disposición del órgano judicial y comunicar cambios de domicilio o paradero sí se conserva. El fallo, páginas 61 a 63, declara firme esta resolución de apelación: esa firmeza procesal no acredita los hechos ni representa una condena.
Juicio acordado y posiciones de las partes
Europa Press y RTVE informan de una nueva apertura de juicio oral de 21 de septiembre, adaptada al alcance fijado por la Audiencia. La acusación popular unificada dirigida por Hazte Oír pide trece años de prisión para Gómez y seis para Álvarez. Fiscalía y defensas solicitan la absolución. Las peticiones de prisión, multa y responsabilidad civil son pretensiones que deberá resolver el tribunal, no sanciones impuestas. No se ha verificado una fecha oficial de juicio ni sentencia al 15 de octubre de 2026; las previsiones periodísticas para 2027 no constituyen un señalamiento. Falta cotejar el texto original completo del auto de septiembre, por lo que la revisión permanece incompleta.
La investigación sobre los contratos de Barrabés tiene un recorrido propio. La información de 4 de agosto identifica un auto de 27 de julio que acepta la avocación europea respecto del expediente Red.es 044/20-ED. El País también informa de esa remisión y de que Gómez no forma parte de esa pieza. No se extiende automáticamente ese traslado a todas las adjudicaciones ni se deduce una acusación de Gómez ante la Fiscalía Europea. Queda pendiente verificar íntegramente las resoluciones originales y el alcance posterior de cada investigación separada.
Cantidades y procedimientos distintos
La página 38 del auto de apelación recoge la valoración de la UCM de 113.509,32 euros: 108.765,79 por contratación relacionada con el software y 4.743,53 por personal. Es la valoración que sostiene la universidad como perjudicada, no una cuantía declarada probada en sentencia. No se suma a presupuestos de contratos, aportaciones de patrocinadores, retribuciones de la asistente o multas solicitadas; tampoco se expresa como daño cero la ausencia de condena.
El comunicado del CGPJ de 28 de julio se refiere a diligencias informativas sobre el instructor y a propuestas de archivo de quejas. No es una resolución sobre la responsabilidad de las acusadas ni una sanción firme a Peinado. El BOE acredita su jubilación con efectos de 27 de septiembre de 2026. Las controversias disciplinarias y otros litigios personales no alteran por sí mismos el resultado de la causa penal aquí descrita.
Documentos relevantes
Cronología
- Alta relevancia
Apertura de las diligencias 1146/2024
El juzgado abre diligencias por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios tras recibir la denuncia de Manos Limpias. La noticia de RTVE de 24 de abril y su información de 29 de mayo identifican el auto de apertura como de 16 de abril; no se confunde esta fecha con la presentación de la denuncia.
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Se aplaza la declaración de Gómez
El juez aplaza la declaración hasta el 19 de julio para evitar indefensión por no habérsele notificado la querella de Hazte Oír. El rector Goyache comparece como testigo ese día, según la información contemporánea.
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Gómez se acoge al derecho a no declarar
Gómez no declara como investigada. RTVE informa también del cambio de condición procesal de Barrabés y de las comparecencias de los vicerrectores Coello de Portugal y Doadrio; no atribuye a Goyache una declaración en esta fecha.
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Se conoce el archivo respecto de Goyache y Güemes
RTVE informa de que el instructor ejecuta el auto de la Audiencia de 13 de mayo: deja sin efecto la condición de investigados del rector y de Juan José Güemes y renuncia a pedir a la SEPI información del rescate de Air Europa, ajeno al objeto delimitado de la causa. El 27 de mayo es fecha de publicación.
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Se conoce una prórroga de seis meses
La información publicada este día recoge una prórroga de la instrucción desde el 16 de octubre de 2025 hasta el 16 de abril de 2026 por diligencias pendientes. No se identifica el día de publicación como fecha verificada del auto.
- Alta relevancia
Se publica la anulación del primer paso al jurado
El País informa de una resolución de la Audiencia fechada el 20 de enero que revoca decisiones anteriores de transformación por insuficiente motivación y retrotrae las actuaciones. No archiva toda la causa ni impide acordar de nuevo el procedimiento con motivación suficiente.
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Nueva incoación del procedimiento del jurado
El auto 655/2026 reproduce el acuerdo de esta fecha: acumular la pieza 8/2025 de malversación a las diligencias 1146/2024, transformarlas al procedimiento del jurado y convocar la comparecencia para el 1 de abril.
- Alta relevancia
Continúa el procedimiento y se sobresee el intrusismo
El auto de esta fecha, firmado el 13 de abril, continúa contra Gómez y Álvarez por cuatro tipos penales y contra Barrabés por tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Sobresee el intrusismo y da traslado para solicitar apertura de juicio oral. Es un auto de continuación, no una sentencia ni todavía el auto de apertura.
- Alta relevancia
Primera apertura de juicio oral y medidas personales
El instructor abre juicio oral e impone retirada de pasaporte, prohibición de salida y comparecencias. El auto 655/2026 examina esta resolución; posteriormente obliga a repetir la fase intermedia y levanta esas medidas. No se presentan como vigentes al cierre de la revisión.
- Alta relevancia
La Audiencia limita los delitos y las personas del jurado
Auto 655/2026, firmado y difundido el 16 de julio: continúa contra Gómez por tráfico de influencias y malversación y contra Álvarez solo por malversación del software; sobresee provisionalmente para ella el tráfico de influencias y para todos la corrupción en los negocios. Separa a Barrabés, ordena repetir la fase intermedia y levanta las medidas personales, manteniendo la obligación de estar a disposición judicial. La resolución se declara firme.
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Se conoce la petición de trece años de la acusación popular
La acusación popular unificada, dirigida por Hazte Oír, adapta sus conclusiones y pide trece años de prisión para Gómez y seis para Álvarez. Son peticiones de parte, no penas impuestas. Fiscalía y defensas mantienen una posición contraria a la condena. La fecha es la de la publicación.
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El CGPJ remite dos diligencias informativas al TSJ
El comunicado oficial informa de la remisión al TSJ de Madrid para valorar posibles faltas leves de desconsideración y retraso, y de la toma de conocimiento de otras cuatro propuestas de archivo. No es una sanción ni una decisión sobre la culpabilidad de las acusadas.
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Se conoce la remisión de una pieza de Barrabés a la Fiscalía Europea
La prensa informa de un auto de 27 de julio que acepta la avocación de la Fiscalía Europea sobre el expediente Red.es 044/20-ED y remite la pieza separada. Este traslado competencial no es una absolución ni una condena; no traslada a la Fiscalía Europea el procedimiento del jurado contra Gómez y Álvarez.
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Se publica la petición de absolución de la defensa
La defensa de Gómez niega el aprovechamiento de su matrimonio, la apropiación del software y el uso delictivo de la asistencia de Álvarez. Presenta esas afirmaciones como argumentos de defensa, no como hechos resueltos.
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Audiencia preliminar
Las partes ratifican sus posiciones en la audiencia previa a la nueva apertura de juicio. Las defensas y Fiscalía piden la absolución; la acusación popular dirigida por Hazte Oír mantiene su petición de penas. La información recoge discrepancias internas de Manos Limpias sobre acusar a Álvarez.
- Alta relevancia
Nueva apertura de juicio oral con jurado
Europa Press identifica un auto de esta fecha, de 67 páginas, que abre juicio contra Gómez por presunto tráfico de influencias y malversación y contra Álvarez solo por malversación del software como cooperadora necesaria. No impone fianza ni las medidas personales levantadas en julio y mantiene la obligación de comparecer y estar localizadas. La resolución no es recurrible según la información, sin equivaler a sentencia.
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Publicación de la jubilación del instructor
El BOE publica el acuerdo del CGPJ de 23 de junio de 2026 que declara la jubilación forzosa de Peinado con efectos de 27 de septiembre. La publicación, el acuerdo y la fecha de efectos son distintas.
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Se conoce un escrito fiscal sobre la audiencia preliminar
Onda Cero informa de las críticas fiscales a la rapidez de la convocatoria del 8 de septiembre, pero también de que no aprecia indefensión real suficiente para anularla. Es fecha de publicación; no una nueva decisión judicial que revoque la apertura.
Casos relacionados
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