Caso EMVS II - Venta de viviendas a fondos buitre
PPVenta de 1.860 viviendas de la EMVS a Fidere (Blackstone) en 2013: condena contable del Tribunal de Cuentas en 2018, revocada y demanda desestimada en 2019, y absolución penal de Oslé y Benavides en 2022
- Estado judicial
- Absuelto
- Coste registrado
- 31 millones €
- Implicados
- 9
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Respuesta judicial a la venta en bloque de 1.860 viviendas de protección pública (con 1.797 plazas de garaje y 1.569 trasteros, en 18 promociones) de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid a Fidere Vivienda S.L.U. y Fidere Gestión S.L.U., sociedades instrumentales de Magic Real Estate (grupo Blackstone). El anuncio de venta se publicó el 3 de mayo de 2013 y la operación se formalizó el 31 de octubre de 2013, durante el mandato de Ana Botella (PP) como alcaldesa de Madrid.
La ficha recoge dos vías distintas, que no deben confundirse. Vía contable (Tribunal de Cuentas): la sentencia 11/2018, de 27 de diciembre de 2018, del Departamento Primero de Enjuiciamiento (texto original recuperado, 102 páginas), estimó parcialmente la demanda de la EMVS y condenó como responsables contables a Ana Botella y a los miembros de su Junta de Gobierno (María Concepción Dancausa Treviño, José Enrique Núñez Guijarro, Diego Sanjuanbenito Bonal, María de la Paz González García, María Dolores Navarro Ruiz y Pedro María Corral Corral) de forma solidaria hasta 22.711.518 euros, y al exconsejero delegado de la EMVS Fermín Oslé Uranga como responsable directo de la totalidad de 25.752.103,63 euros. La sentencia 13/2019, de 17 de julio de 2019, de la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, estimó la falta de legitimación pasiva de los miembros de la Junta de Gobierno, estimó los recursos de los demandados, revocó la sentencia 11/2018 y desestimó íntegramente la demanda de la EMVS por inexistencia de un perjuicio real y evaluable, sin imposición de costas en primera instancia. El Tribunal Supremo inadmitió, por falta de legitimación, la queja o recurso de la concejala socialista Mercedes González, que actuaba como vecina; no consta un pronunciamiento de fondo del Supremo ni que esa inadmisión afectara a todas las partes. No se ha localizado la resolución original del Supremo: el 11 de junio de 2020 es la fecha de publicación de las noticias que la situaron en esa jornada, no una fecha de acto verificada.
Vía penal (Juzgado de Instrucción número 38 y Audiencia Provincial de Madrid): tras un primer sobreseimiento (auto del Juzgado de Instrucción número 38 de 8 de enero de 2015), la Audiencia Provincial ordenó reabrir la causa (auto de 29 de septiembre de 2017, conocido por prensa el 16 de octubre). El Juzgado de Instrucción número 38 archivó de nuevo la causa mediante auto de 23 de enero de 2019, revocado por el auto 409/2019 de la Audiencia Provincial de Madrid, de 27 de mayo de 2019, que acordó la segunda reapertura. Solo fueron acusados Fermín Oslé Uranga y Alfonso Benavides Grases, apoderado de Fidere, por presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude. El juicio se celebró en la Audiencia Provincial de Madrid desde el 2 de noviembre de 2021; el Ayuntamiento de Madrid retiró su acusación el 22 de noviembre de 2021 y el fiscal Salvador Ortolá pidió la absolución. La sentencia, fechada el 28 de enero de 2022 y conocida el 8 de febrero de 2022, absolvió a ambos acusados y consideró la operación amparada en la legislación vigente. Ana Botella no fue acusada en la vía penal.
Según el informe definitivo de fiscalización de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, de 30 de junio de 2016 (texto original de 72 páginas recuperado de la web oficial), no existía justificación suficiente para la venta: se realizó sin fijar previamente el valor de los inmuebles, sin pliegos de condiciones y tras informar de forma privilegiada al menos a cuatro entidades, una de ellas la adjudicataria. El informe cifró el valor neto contable en 159.375.025 euros, el valor máximo de venta como viviendas protegidas en 151.211.518 euros y el precio final de venta en 128.500.000 euros.
Límites y cautelas: la cifra de unos 31 millones de euros que suele citarse es una aproximación redondeada de la diferencia entre el valor contable (159 M€) y el precio de venta (128,5 M€) según la Cámara de Cuentas; no es el perjuicio fijado en primera instancia por el Tribunal de Cuentas y posteriormente revocado (22,7-25,8 M€) ni una cantidad fijada en una sentencia penal, y no debe sumarse con otras cifras. Se omite el campo coste porque no consta un daño indemnizable declarado probado que subsista tras la revocación contable y la absolución penal. No se ha acreditado el cierre firme de la vía penal, por lo que no se registra fecha de fin. La ficha solapa con la ficha EMVS (misma operación y vía civil de retracto), disponible en /casos/pp/emvs/: describen el mismo hecho y sus cifras no deben acumularse.
Desarrollo y fuentes
Incertidumbres y límites de esta ficha
- Dos vías, no una. La ficha distingue la vía contable (Tribunal de Cuentas: sentencias 11/2018 y 13/2019 y la posterior queja ante el Supremo) de la vía penal (Juzgado de Instrucción número 38 y Audiencia Provincial de Madrid). La condena de 2018 y su revocación de 2019 no son resoluciones penales; la absolución penal de Oslé y Benavides es de 2022 y solo afecta a esos dos acusados. Ana Botella y los concejales no fueron acusados en la vía penal.
- La revocación contable no es una mera absolución formal. La sentencia 13/2019 de la Sala de Justicia estimó la falta de legitimación pasiva de los miembros de la Junta de Gobierno y, además, desestimó la demanda de la EMVS por inexistencia de un perjuicio real, efectivo y evaluable; se dictó con el voto particular del consejero Felipe García Ortiz.
- Firmeza. No se ha localizado noticia ni resolución posterior a febrero de 2022 sobre eventuales recursos contra la sentencia absolutoria penal ni sobre su firmeza. Por eso no se registra fecha de fin (no se ha acreditado el cierre firme de la vía penal) y el estado figura como “desconocido”: no se presume firmeza por la conformidad del fiscal ni por la retirada de la acusación municipal. La fecha de la sentencia (28-01-2022) consta en crónicas de EFE publicadas el 8-02-2022, que citan el texto “fechado el 28 de enero”; no se ha descargado el texto íntegro de la resolución.
- Vía contable ante el Supremo. La prensa de 11-06-2020 informó de que el Tribunal Supremo rechazó la queja o recurso de la concejala socialista Mercedes González, que actuaba como vecina, por falta de legitimación. No se ha localizado el auto original y no consta la fecha exacta de la resolución; el 11-06-2020 es la fecha de publicación de las noticias, no una fecha de acto verificada. No debe inferirse de ese rechazo una confirmación de fondo ni una clausura firme que afecte por igual a todas las partes.
- Cifras que no deben sumarse. Son categorías distintas: el valor neto contable (159.375.025 €) y el precio de venta (128.500.000 €) según la Cámara de Cuentas; la diferencia contable es de 30.875.025,53 € (≈31 M€), no un daño indemnizable declarado; el informe advierte además en sus páginas impresas 57-58 de incidencias de contabilización, incluida una baja improcedente de 24.716,42 euros, y de diferencias con las cuentas anuales de 2013; la sentencia 11/2018 fijó 22.711.518 € solidarios para Botella y la Junta (equivalente a la diferencia entre 151.211.518 € y 128.500.000 €) y 25.752.103,63 € para Oslé, que incluye 3.040.585,63 € de la partida de 34 viviendas. No deben sumarse 31 M€, 25,75 M€ y 22,71 M€.
- Documentos primarios. Se han recuperado los textos originales de las piezas clave: la sentencia 11/2018 del Tribunal de Cuentas (102 páginas; el fallo consta en las páginas impresas 100-101), que acredita la condena y los importes; la sentencia 13/2019 de la Sala de Justicia (77 páginas), que revoca la anterior; el informe definitivo de la Cámara de Cuentas (72 páginas, recuperado de la web oficial camaradecuentasmadrid.org, que responde HTTP 200 a la descarga); y las STS 1597/2024 (5 páginas) y 592/2025 (8 páginas). El enlace antiguo del repositorio del Tribunal de Cuentas redirige a su buscador y no descarga el PDF. La sede electrónica municipal consultada para los nombres devuelve HTTP 403 a la descarga automática, por lo que se ha acudido a la ficha oficial indexada del Ayuntamiento (madrid.es), que reproduce los nombramientos y remite al BOAM.
- Nombres y cargos. Las sentencias 11/2018 y 13/2019 anonimizan a las partes con iniciales (A. B. S., M. C. D. T., J. E. N. G., D. S. B., M. P. G. G., M. D. N. R., P. M. C. C. y F. O. U.), coherentes con Ana Botella Serrano, María Concepción Dancausa Treviño, José Enrique Núñez Guijarro, Diego Sanjuanbenito Bonal, María de la Paz González García, María Dolores Navarro Ruiz, Pedro María Corral Corral y Fermín Oslé Uranga. Las formas completas se han confirmado en la relación oficial de la Junta de Gobierno de la corporación 2011-2015 publicada por el Ayuntamiento de Madrid (que remite al BOAM 6950/1319, de 28-06-2013, y a los decretos de nombramiento de 2011-2013): «María de la Paz González García» (no «María Paz»), «Pedro María Corral Corral» y «María Concepción Dancausa Treviño». Los cargos indicados son los históricos del periodo 2013-2018, no necesariamente actuales.
- Fechas de actos conocidos por publicación. El auto de primera reapertura está fechado el 29-09-2017, pero se conoció por prensa el 16-10-2017. El auto de archivo del Juzgado de Instrucción número 38 está fechado el 23-01-2019 según la sentencia 13/2019. El auto 409/2019 de la Audiencia Provincial está fechado el 27-05-2019 y se publicó el 28-29 de mayo. La fecha del auto del Supremo sobre la queja de Mercedes González no está verificada: el 11-06-2020 es la fecha de publicación de las noticias. La noticia sobre la continuación por procedimiento abreviado se publicó el 05-12-2019, sin que conste la fecha del auto ni su texto original.
- Referencias y solapamiento. La venta de la EMVS a Fidere también se describe en la ficha EMVS, disponible en /casos/pp/emvs/, que recoge la vía civil de retracto (STS 1597/2024 y STS 592/2025) y la venta posterior de Fidere a Brookfield. Ambas fichas comparten hechos y cifras y no deben acumularse sus importes.
Estado actual documentado
Revisión complementaria con corte de 17 de octubre de 2026. El fallo de la sentencia 13/2019 se ha contrastado de nuevo en su página impresa 67: revoca la condena y desestima la demanda; su voto particular no constituye el fallo de la mayoría. La comprobación complementaria del informe de fiscalización se ha centrado en las páginas impresas 57-58 y 63-64 sobre valoración y contabilidad, sin equiparar esas diferencias a responsabilidad judicial vigente.
Último acto penal documentado: sentencia absolutoria de 28-01-2022 (fecha según crónicas de EFE; firmeza no acreditada). Último acto contable documentado: sentencia 13/2019 del Tribunal de Cuentas, de 17 de julio de 2019, y la posterior inadmisión por el Tribunal Supremo de la queja de Mercedes González, conocida por prensa el 11-06-2020 (fecha de publicación; la del auto no consta). No consta actividad judicial posterior localizada sobre esta operación en la vía penal.
Documentos relevantes
- Ver
STS 592/2025 (ECLI:ES:TS:2025:1711), Sala de lo Civil, sobre el retracto arrendaticio de viviendas de la EMVS vendidas a Fidere
2025 · PDF · 8 páginas
- Ver
STS 1597/2024 (ROJ STS 5831/2024, ECLI:ES:TS:2024:5831), Sala de lo Civil, que desestima el recurso de Fidere y confirma el retracto de los arrendatarios
2024 · PDF · 5 páginas
- Ver
Sentencia 13/2019 de la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas (recurso de apelación 20/19), que revoca la sentencia 11/2018 y desestima la demanda de la EMVS
2019 · PDF · 77 páginas
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Sentencia 11/2018 del Departamento Primero de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas (procedimiento de reintegro por alcance A124/17), que condena a Ana Botella y a los miembros de su Junta de Gobierno y a Fermín Oslé (texto original)
2018 · PDF · 102 páginas
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Informe definitivo de fiscalización de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid sobre la enajenación del patrimonio inmobiliario de la EMVS (ejercicios 2012-2013), texto original de 72 páginas
2016 · PDF · 72 páginas
Cronología
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Anuncio público de venta de las 18 promociones
La EMVS publica en el diario El País un anuncio de venta de 18 promociones (12 en arrendamiento y 6 en arrendamiento con opción de compra), según el informe definitivo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. No es la fecha de la venta: la formalización se produjo el 31 de octubre de 2013.
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Formalización de la venta a Fidere (Blackstone)
EMVS vende a Fidere Vivienda S.L.U. y Fidere Gestión S.L.U. (sociedades de Magic Real Estate, grupo Blackstone) 1.860 viviendas, 1.797 plazas de garaje y 1.569 trasteros de 18 promociones por un precio de 128.500.000 euros, según la sentencia 13/2019 del Tribunal de Cuentas y la STS 592/2025. Algunas fuentes periodísticas citan 127 o 128,5 millones.
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Sobreseimiento provisional del Juzgado de Instrucción número 38
El Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid dicta un auto (fecha citada por EFE: 8 de enero de 2015) que acuerda el sobreseimiento de la querella por la venta. La Asociación de Afectados recurre en apelación ante la Audiencia Provincial.
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Informe definitivo de fiscalización de la Cámara de Cuentas
La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid aprueba el informe definitivo sobre la enajenación de patrimonio de la EMVS (ejercicios 2012-2013) y lo hace público. Concluye que no había justificación suficiente para la venta, que no se fijó previamente el valor de los inmuebles ni hubo pliegos, que se informó de forma privilegiada a cuatro entidades y que el precio fue inferior al valor neto contable (159.375.025 euros) y al valor máximo como viviendas protegidas (151.211.518 euros). El texto original de 72 páginas se ha recuperado de la web oficial de la Cámara de Cuentas. Este informe se aportó al recurso que reabrió la causa penal.
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Auto de la Sección 30 que ordena reabrir la causa penal
La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid dicta un auto, fechado el 29 de septiembre de 2017 (hecho público el 16 de octubre), que estima los recursos del PSOE y de la Asociación de Afectados y ordena reabrir la investigación ante la 'eventual presencia' de delitos de prevaricación, malversación y fraude, a la vista del informe de la Cámara de Cuentas.
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Declaración de Oslé y Benavides como investigados
Fermín Oslé (exconsejero delegado de EMVS) y Alfonso Benavides (apoderado de Fidere) declaran como investigados ante el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid. Oslé alega la situación económica 'catastrófica' de la EMVS para justificar la venta.
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Sentencia 11/2018 del Tribunal de Cuentas (vía contable)
El Departamento Primero de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas dicta la sentencia 11/2018, de 27 de diciembre de 2018 (ponente María Antonia Lozano Álvarez), que estima parcialmente la demanda de la EMVS y declara responsables contables directos a Ana Botella y a los miembros de su Junta de Gobierno (María Concepción Dancausa Treviño, José Enrique Núñez Guijarro, Diego Sanjuanbenito Bonal, María de la Paz González García, María Dolores Navarro Ruiz y Pedro María Corral Corral) de forma solidaria hasta 22.711.518 euros, y a Fermín Oslé como responsable directo de la totalidad de 25.752.103,63 euros (que incluyen 3.040.585,63 euros de la partida de 34 viviendas). La propia resolución se declara no firme. No es una sentencia penal. El texto original (102 páginas) se ha recuperado; el fallo consta en las páginas impresas 100-101.
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Archivo de la causa penal por el Juzgado de Instrucción número 38
El Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid dicta un auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa penal por los mismos hechos, fechado el 23 de enero de 2019. La fecha consta en la sentencia 13/2019 del Tribunal de Cuentas, que incorporó el auto como prueba; posteriormente fue revocado.
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Segunda reapertura de la causa penal
El auto 409/2019 de la Audiencia Provincial de Madrid, fechado el 27 de mayo de 2019 según la sentencia 13/2019 del Tribunal de Cuentas, revoca el auto de archivo de 23 de enero de 2019 y ordena reabrir la investigación. La resolución se conoció por prensa el 28 de mayo de 2019 (fuentes de EFE), que la publicaron el 28-29 de mayo; la sentencia 13/2019 no detalla la sección que la dictó (las crónicas la atribuyen a la Sección 30).
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Revocación de la condena contable y desestimación de la demanda (Tribunal de Cuentas)
La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas dicta la sentencia 13/2019, de 17 de julio de 2019 (recurso de apelación 20/19, procedimiento de reintegro por alcance A-124/17; ponente José Manuel Suárez Robledano; mayoría con Margarita Mariscal de Gante y Mirón y voto particular de Felipe García Ortiz). Estima la falta de legitimación pasiva de los miembros de la Junta de Gobierno, estima los recursos de los demandados, revoca la sentencia 11/2018 y desestima íntegramente la demanda de la EMVS por inexistencia de un perjuicio real y evaluable, sin imposición de costas en primera instancia. No es una sentencia penal. Consta en la copia recuperada de 77 páginas.
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Noticia sobre la continuación de la causa por procedimiento abreviado
El 5 de diciembre de 2019 la prensa publica que la Audiencia Provincial de Madrid confirma la continuación de la causa por procedimiento abreviado contra Fermín Oslé Uranga y Alfonso Benavides Grases por prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude. Se informa de la confirmación de la continuación por procedimiento abreviado; la fecha es la de publicación de la noticia, no la del auto, cuyo texto original no se ha localizado. Ana Botella no fue procesada en la vía penal.
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Inicio del juicio oral
Comienza en la Audiencia Provincial de Madrid el juicio contra Fermín Oslé y Alfonso Benavides. La acusación particular (PSOE y Asociación de Afectados) solicita hasta ocho años de prisión por prevaricación, malversación y fraude; el fiscal Salvador Ortolá pide la absolución.
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El Ayuntamiento de Madrid retira su acusación
El Ayuntamiento de Madrid (PP, con José Luis Martínez-Almeida como alcalde) retira su acusación en el juicio al considerar que no existe responsabilidad penal de los acusados, alineándose con la petición del fiscal.
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Sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial
La Audiencia Provincial de Madrid dicta sentencia, fechada el 28 de enero de 2022 según las crónicas de EFE y conocida el 8 de febrero de 2022, que absuelve a Fermín Oslé y Alfonso Benavides y considera la operación amparada en la legislación vigente. No se ha localizado documentación posterior que acredite si fue recurrida o si devino firme.
Casos relacionados
Caso EMVS
PPVenta de 1.860 viviendas públicas de la EMVS a Blackstone por 128,5 millones en 2013; condena contable en primera instancia en 2018 (25,75 millones), revocada y demanda desestimada en 2019, y litigios civiles de retracto resueltos en 2024-2025
Caso Begoña Gómez
PSOEAbierto juicio oral con jurado contra Gómez por presunto tráfico de influencias y malversación, y contra Álvarez por malversación del software; sin sentencia verificada.
Caso Koldo
PSOECondena firme de Ábalos, Koldo García y Aldama en la pieza del Supremo; continúan las investigaciones de la Audiencia Nacional. Nulidades rechazadas en octubre de 2026.
Caso Máster
PPFalsificación del acta del TFM de Cifuentes: absolución de la expresidenta, condenas de Rosado y Feito y archivo separado respecto de Casado.