Gürtel/Caja B PP Valencia
PPCondenas firmes por delitos electorales, falsedad y delitos tributarios vinculados a las campañas del PPCV de 2007 y 2008.
- Estado judicial
- Resultados mixtos
- Coste registrado
- 3,4 millones €
- Implicados
- 8
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Las piezas valencianas 1, 2 y 6 de Gürtel juzgaron la financiación de las campañas autonómicas y municipales de 2007 y generales de 2008 del PPCV, la falsedad documental y los delitos tributarios relacionados con Orange Market. Los servicios electorales se pagaron parcialmente en efectivo y mediante empresarios que recibían facturas por servicios prestados al partido. La sentencia no equipara la expectativa de futuras adjudicaciones con la prueba de un intercambio concreto de contratos por cada aportación.
La sentencia 3/2018, de 11 de junio, condenó a 18 de los 20 acusados. La Sección Segunda confirmó las penas el 3 de junio de 2019, modificando únicamente determinadas multas fiscales de Francisco Correa. El fallo de apelación expresa que no cabe recurso; Ricardo Costa ya tenía condena firme al no recurrir. Los delitos son electorales, falsedad y contra la Hacienda Pública, no el posterior tipo penal autónomo de financiación ilegal de partidos.
En junio de 2019 se conoció la suspensión de la prisión de Costa, condicionada a una multa adicional de 192.000 euros y trabajos comunitarios. No se dispone aquí del auto íntegro para resolver las discrepancias publicadas sobre la duración de esos trabajos ni del cumplimiento posterior individual de todas las penas. La firmeza de las condenas no significa que su ejecución haya concluido al 15 de octubre de 2026. Las otras causas de Camps, Fitur, visita del Papa y caja B nacional tienen resoluciones propias.
Desarrollo y fuentes
El procedimiento se centra en las campañas de 2007 y 2008 y en la tributación de Orange Market y sus responsables. La creación de la empresa en 2003 y las primeras actuaciones generales de Gürtel no se utilizan como fechas exactas de inicio de esta pieza. La contratación electoral se sitúa a finales de 2006, sin un día preciso acreditado.
Los empresarios pagaban servicios electorales del PPCV mediante dinero en efectivo y facturas que describían prestaciones que no habían recibido. La apelación señala que aceptaron el acuerdo con la esperanza de obtener ventajas en futuras adjudicaciones. Esa conclusión no permite presentar todos los contratos de la Generalitat como contraprestaciones individualmente probadas. Tampoco se juzgó aquí a Francisco Camps: su presencia en el relato y sus otras causas no equivalen a una condena en este procedimiento.
Las cantidades deben leerse por separado. La información de RTVE sobre la sentencia cifra en unos 2,036 millones de euros los servicios electorales no facturados ni contabilizados de las tres campañas y en algo más de 1,2 millones las aportaciones confesadas por empresarios. Son conceptos de financiación electoral, no una valoración del perjuicio a las arcas públicas. Por ello se retira la cifra de 3,4 millones como coste del caso. El fallo contiene además responsabilidades tributarias: 1.212.612 euros por el impuesto de sociedades y el IVA y 343.977 euros por el IRPF de Álvaro Pérez, con los intereses y responsables que especifica. Las multas son sanciones distintas y la apelación redujo las fiscales impuestas a Correa; no se suman todos estos conceptos en una sola cifra de daño.
Las penas de los cargos del partido responden a delitos electorales y falsedad documental, con la excepción de Yolanda García, condenada como cómplice de un delito electoral. La calificación descriptiva de financiación ilegal no debe confundirse con una condena por el tipo autónomo incorporado al Código Penal después de estos hechos. Las penas de los responsables empresariales incluyen también delitos tributarios. Vicente Rambla fue absuelto, y las condenas no acreditan enriquecimiento personal de los cargos políticos.
La sentencia de apelación de 3 de junio de 2019, publicada judicialmente el 12 de junio y comunicada por el CGPJ el 18, cierra los recursos ordinarios de esta pieza: su fallo dice expresamente que no cabe recurso. No es una sentencia del Tribunal Supremo. Mantiene las condenas y los pronunciamientos no recurridos, salvo la reducción de determinadas multas fiscales de Correa.
La ejecución requiere cautelas adicionales. La información de junio de 2019 sobre Costa explica una suspensión condicionada de la prisión y una multa adicional a la original. Las noticias difieren al expresar los trabajos comunitarios en horas o como un año de servicios; sin el auto íntegro no se fija aquí su duración jurídica. Tampoco se afirma que las penas estén extinguidas ni que todos los condenados hayan cumplido las mismas condiciones. RTVE informó el 27 de marzo de 2026 de la libertad condicional de Pablo Crespo tras más de doce años en prisión. La noticia se refiere a su situación penitenciaria por el conjunto de condenas, por lo que no acredita por sí sola la conclusión de esta ejecutoria al 15 de octubre de 2026.
Fuentes adicionales: fuente 1, fuente 2, fuente 3, fuente 4, fuente 5, fuente 6, fuente 7.
Documentos relevantes
Cronología
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Sentencia por la financiación electoral del PPCV
La sentencia 3/2018 condena a 18 de los 20 acusados por delitos electorales, falsedad y delitos tributarios. La resolución inicial advertía de que era apelable.
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La Audiencia Nacional resuelve las apelaciones
La sentencia 2/2019 confirma las penas y modifica solo determinadas multas tributarias de Correa. Mantiene los pronunciamientos no recurridos e indica que no cabe recurso.
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Publicación judicial de la sentencia de apelación
La diligencia final del PDF fecha en este día la lectura y publicación judicial de la resolución dictada el 3 de junio. La nota de prensa del CGPJ es del 18 de junio.
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Se conoce la suspensión de la prisión de Costa
Confilegal informa del auto de suspensión condicionado a una multa adicional de 192.000 euros y trabajos comunitarios, además de la multa de 75.000 euros de la condena. Esta fecha corresponde a la noticia, no se atribuye al auto.
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El CGPJ comunica la confirmación de las condenas
La comunicación oficial identifica los delitos, las penas y las piezas 1, 2 y 6. Explica que Costa no recurrió y que su condena ya era firme.
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Caso RTVV
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