Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal
header image

Caso Brugger - PP

Iniciado: Marzo de 2018
Valencia, Comunidad Valenciana

Descripción del caso

El caso se refiere a la entrega de respuestas de un examen de oposición por parte de Ana María Brugger Navarro, exdirectora general de Función Pública de la Generalitat Valenciana entre 2012 y 2015, a María Gonzálbez Bernad, candidata de la misma prueba y, según fuentes de 2021, asesora del grupo parlamentario de Vox en Les Corts Valencianes. En el momento de los hechos Brugger no ocupaba un cargo político: era funcionaria de carrera adscrita a la Dirección General de Función Pública y formaba parte del grupo de funcionarios designados para vigilar la prueba.

Los hechos se remontan al 10 de marzo de 2018, durante una oposición para el cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración de la Generalitat (Grupo A1-01), convocada por Orden 1/2017, de 3 de enero, y celebrada en la Universitat de València. Según los hechos declarados probados por la sentencia absolutoria, Brugger, en lugar de ejercer la labor de vigilancia encomendada, ocupó una silla al final del aula, consultó su teléfono móvil, escribió respuestas "de su puño y letra" en folios repartidos a los opositores y los entregó a Gonzálbez, con quien mantenía una "relación de amistad". Otras dos funcionarias que también vigilaban observaron la conducta, interceptaron las hojas que la opositora intentaba ocultar y esta reconoció los hechos en estado de nervios.

La denuncia inicial partió del sindicato CGT y fue asumida por la Fiscalía provincial. El Juzgado de Instrucción nº 19 de Valencia investigó los hechos e imputó a ambas mujeres; en septiembre de 2019 la prensa informaba de que Brugger ya había declarado como imputada. En febrero de 2020 el sindicato CGT, como acusación popular, solicitó seis años de prisión y seis de inhabilitación para Brugger y tres años de prisión para Gonzálbez por falsedad documental, con una multa de 22.000 euros; la Fiscalía pidió tres años de inhabilitación y 20.000 euros de multa para Brugger y un año de inhabilitación y 10.000 euros para Gonzálbez.

El juicio oral se celebró el 11 de marzo de 2021 en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia. La sentencia, fechada el 26 de marzo de 2021 según el comunicado del sindicato CGT que reproduce los hechos probados, absolvió a ambas acusadas. El tribunal consideró probada la entrega de información y el aprovechamiento de la posición de vigilante, pero apreció que los folios, por su presentación como guion, abreviaturas y letra apresurada, no estaban destinados a ser presentados como respuesta oficial del examen, por lo que no concurría la falsedad documental del artículo 390 del Código Penal; tampoco apreció el delito de actividades prohibidas a funcionarios públicos, al no tratarse de información secreta o privilegiada. La sentencia apreció temeridad en la acusación popular y le impuso las costas.

La acusación popular anunció que, por limitaciones económicas, no recurriría la absolución y solo impugnaría la condena en costas. Según la resolución contencioso-administrativa recogida por prensa, la absolución penal quedó firme porque la apelación se limitó a las costas y no alteró los hechos declarados probados. Paralelamente, la Generalitat había abierto un expediente disciplinario que quedó paralizado al judicializarse el caso y que se reanudó tras agotarse la vía penal. El 15 de mayo de 2022 se informó de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Valencia había desestimado el recurso de Brugger y confirmado la sanción administrativa: traslado forzoso a otra localidad durante tres años y un curso sobre ética e integridad del Instituto Valenciano de Administración Pública.

Límites y dudas: no se ha localizado la sentencia judicial completa ni su número, solo su descripción en prensa y el texto de los hechos probados que reproduce el comunicado del sindicato CGT. La fecha exacta de la sentencia absolutoria, el 26 de marzo de 2021, consta en ese comunicado sindical reproducido por Tercera Información y no en una nota oficial del tribunal ni en la nota de elDiario.es del 31 de marzo, que no precisa el día. No consta documentalmente que la resolución contencioso-administrativa de mayo de 2022 fuera recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia ni que adquiriera firmeza. No se ha consultado una fuente primaria oficial (CGPJ o DOGV): la convocatoria se conoce por el texto de los hechos probados que reproduce el comunicado de CGT. Tampoco se ha localizado ninguna noticia sobre el caso posterior a 2022, por lo que se desconoce la situación actual de la sanción administrativa y si Brugger continúa destinada en otra localidad. La ausencia de noticias no confirma el cierre ni la continuidad del caso. La única firmeza que consta documentada es la de la absolución penal. El apellido de la opositora aparece con grafías distintas según la fuente (Gonzálvez en elDiario.es de 2021 y en el título del comunicado de CGT; Gozálbez en elDiario.es de 2022; GONZALBEZ en el texto de los hechos probados reproducido); en esta ficha se usa Gonzálbez.

Resumen

Estado judicial
Sentencia firme
Coste
Sin determinar

Implicados

Ana María Brugger Navarro
Funcionaria de carrera adscrita a la Dirección General de Función Pública de la Generalitat Valenciana en el momento de los hechos (2018); había sido directora general de Función Pública entre 2012 y 2015
María Gonzálbez Bernad
Candidata a opositora en 2018; asesora del grupo parlamentario de Vox en Les Corts Valencianes según fuentes de 2021, sin constancia de actualización posterior

Documentos relevantes

Cronología

Alta relevancia
Marzo de 2018
Entrega de respuestas durante una oposición de Técnicos Superiores de la Generalitat
Durante la prueba de oposición del cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración de la Generalitat (Grupo A1-01) celebrada en la Universitat de València, la funcionaria designada para vigilar Ana Brugger consulta su teléfono móvil, escribe respuestas 'de su puño y letra' en folios de la oposición y se los entrega a la candidata María Gonzálbez, con quien mantenía una relación de amistad, en lugar de ejercer la vigilancia. Dos funcionarias que también vigilaban la observan, interceptan las hojas que la opositora intentaba ocultar y esta reconoce los hechos en estado de nervios. Fecha exacta del hecho.
Septiembre de 2019
Se informa de la imputación y de la investigación judicial
La prensa informa de que el Juzgado de Instrucción nº 19 de Valencia investiga a Ana Brugger y a María Gonzálbez y de que la exdirectora general ya ha declarado como imputada. La denuncia inicial parte del sindicato CGT y es asumida por la Fiscalía provincial. La fecha corresponde a la publicación de la noticia, no a la fecha exacta de la imputación, que no consta.
Febrero de 2020
Se informa de la solicitud de penas del sindicato CGT
La prensa recoge el escrito de acusación del sindicato CGT, que como acusación popular solicita seis años de prisión y seis de inhabilitación para Brugger y tres años de prisión para Gonzálbez por falsedad documental, además de una multa de 22.000 euros. La Fiscalía pide tres años de inhabilitación y 20.000 euros de multa para Brugger y un año de inhabilitación y 10.000 euros para Gonzálbez. La fecha corresponde a la publicación de la noticia, no necesariamente al día de la presentación del escrito.
Alta relevancia
Marzo de 2021
Juicio oral en la Audiencia Provincial de Valencia
Se celebra en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia el juicio oral contra Ana Brugger y María Gonzálbez. Declaran varios funcionarios y opositores que presenciaron los hechos; dos funcionarias relatan cómo sorprendieron la entrega de folios. Ambas acusadas niegan los hechos y solo responden a preguntas de sus defensas. Fecha exacta de la vista.
Alta relevancia
Marzo de 2021
Sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Valencia
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia absuelve a Ana Brugger y a María Gonzálbez. La sala considera probada la entrega de información y el aprovechamiento de la posición de vigilante, pero aprecia que los folios no estaban destinados a presentarse como respuesta oficial del examen, por lo que no concurre falsedad documental del artículo 390 del Código Penal; tampoco aprecia el delito de actividades prohibidas a funcionarios públicos. Impone las costas a la acusación popular por temeridad. La fecha de 26 de marzo de 2021 consta en el comunicado del sindicato CGT reproducido por Tercera Información, no en una nota oficial del tribunal ni en la nota de elDiario.es, que no precisa el día.
Abril de 2021
Se informa de que la acusación popular no recurrirá la absolución salvo las costas
El sindicato CGT anuncia que no puede recurrir la sentencia por limitaciones económicas y que solo impugnará la condena en costas. Esta decisión, recogida por prensa, es la base de que la absolución penal quedara firme, según expuso después la resolución contencioso-administrativa. La fecha corresponde a la publicación del comunicado.
Alta relevancia
Mayo de 2022
Se conoce la confirmación judicial de la sanción administrativa
La prensa informa de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Valencia ha desestimado el recurso de Ana Brugger y ha confirmado la sanción administrativa impuesta por la Generalitat: traslado forzoso a otra localidad durante tres años y un curso sobre ética e integridad del Instituto Valenciano de Administración Pública. La fecha es la de publicación de la noticia; no consta la fecha exacta de la resolución ni si fue recurrida o devino firme.