Caso Asesores
PSOE Sigla en la época: PSAPagos sin servicios a dos asesores del PSA en empresas municipales de Jerez: el Supremo condenó a Pedro Pacheco y a los dos beneficiarios y mantuvo indemnizaciones por 206.833,66 euros. PSA no es PSOE.
- Estado judicial
- Condenado
- Coste registrado
- 206.834 €
- Implicados
- 3
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Procedimiento por pagos sin contraprestación a dos asesores políticos de Pedro Pacheco mediante Xerez 21 Speed Festival y la Empresa Municipal del Suelo de Jerez (Emusujesa). Los hechos se sitúan en 2005-2007, cuando Pacheco era teniente de alcalde y dirigente del PSA, formación andalucista distinta del PSOE. El pacto municipal con el PSOE no implica la adscripción de los condenados a ese partido.
La Audiencia Provincial de Cádiz dictó sentencia el 13 de mayo de 2013. La sentencia 600/2014 del Tribunal Supremo, de 3 de septiembre y difundida el día 19, rechazó los recursos de los condenados y estimó el de la Fiscalía, incorporando la falsedad documental y modificando las penas por prevaricación, malversación y falsedad. A Pacheco le impuso cinco años y seis meses de prisión, veinte meses de multa a cien euros diarios y seis años de inhabilitación especial. Las penas de los otros dos condenados se individualizan debajo.
El perjuicio acreditado por estos pagos fue de 206.833,66 euros. Las indemnizaciones se distribuyeron solidariamente entre Pacheco y cada beneficiario, sin multiplicar el importe por condenado. La libertad condicional de Pacheco se informó a finales de mayo de 2019, no el día de su cumpleaños; tampoco supuso por sí sola la extinción de todas las penas. En 2023 se informó de una petición de revisión y en octubre de 2026 seguía publicándose como pendiente su petición de indulto. No se han obtenido sus expedientes ni el desenlace judicial de la revisión.
Desarrollo y fuentes
La sentencia oficial del Supremo reúne la casación y la segunda sentencia. La primera instancia había absuelto de falsedad, pero el recurso del Ministerio Fiscal prosperó. La segunda sentencia sustituye las penas: la inhabilitación de Pacheco pasa a seis años de inhabilitación especial, y no se conserva como pena final la de ocho años que recogía la instancia. No se suman ambas. Los nombres se han contrastado con la nota oficial nominal y la copia nominal de la misma resolución, sin deducir identidades de los pseudónimos de la versión pública.
El principal indemnizatorio se desglosa así: Pacheco y López responden solidariamente de 32.407,31 euros frente a Xerez 21 Speed Festival y 74.580,12 euros frente a Emusujesa; Pacheco y Cobacho responden solidariamente de 99.846,23 euros frente a Emusujesa. Los tres conceptos suman 206.833,66 euros, una sola vez. Los intereses y la multa penal son conceptos distintos y no se añaden al coste. El Supremo declara el daño económico por pagos sin servicios y mantiene las indemnizaciones; no se ha auditado su cobro efectivo.
La noticia de libertad condicional relata también otras causas de Pacheco. Casa del Rocío, Estación de Autobuses y Huertos de Ocio tienen procedimientos propios: sus penas y resultados no se trasladan a Asesores. La progresión penitenciaria individual no permite establecer la fecha de extinción de cada pena ni la situación de López o Cobacho.
La petición de revisión publicada en 2023 y las informaciones sobre el indulto son solicitudes distintas. La noticia de 15 de octubre de 2026 lo presenta todavía como expectativa. No se ha obtenido el expediente de gracia ni una resolución de revisión; tampoco se infiere de su ausencia una denegación o una concesión. La revisión mantiene esas cuestiones pendientes.
Al corte del 17 de octubre de 2026 se ha leído de forma dirigida el PDF oficial de 64 páginas: identificación, hechos probados, fallo de instancia reproducido y segunda sentencia con sus penas e indemnizaciones. La copia nominal tiene 69 páginas y fue contrastada en esos pasajes. No se declara una lectura íntegra de todos los fundamentos de ambas versiones. La fecha de generación del PDF oficial, 22 de septiembre de 2014, no cambia la fecha judicial de 3 de septiembre. Los condenados pertenecían al PSA andalucista, distinto del PSOE; el pacto municipal no cambia esa adscripción.
Documentos relevantes
- Ver
STS 600/2014: sentencia de casación y segunda sentencia (versión oficial anonimizada)
2014 · PDF · 64 páginas
Cronología
- Alta relevancia
El pleno fija las plazas de personal eventual
Antecedente del caso: fija número, características y retribuciones, con dos plazas para el PSA. Los nombramientos oficiales se hicieron por resolución de 15 de febrero. No es la fecha verificada de los tres contratos irregulares.
- Alta relevancia
Contrato laboral con Cobacho
Los hechos probados sitúan la firma del contrato de Emusujesa en esta fecha, con alta desde el 1 de febrero y pagos hasta abril de 2007 sin prestación efectiva de servicios.
- Alta relevancia
Sentencia de la Audiencia Provincial
Condena por prevaricación y malversación y absolución inicial por falsedad documental. Pacheco recibe cuatro años y seis meses de prisión; las penas serán sustituidas en casación.
- Alta relevancia
El Supremo modifica las condenas
Estima el recurso fiscal y desestima los de los condenados. Añade falsedad documental y fija las penas individualizadas de prisión, multa e inhabilitación; mantiene los pronunciamientos indemnizatorios. La difusión pública fue el 19 de septiembre.
- Alta relevancia
Ingreso de Pacheco en prisión
Público informa del ingreso en cumplimiento de la condena de Asesores tras rechazarse la suspensión. No se extiende este dato a los otros condenados sin documentación individual.
- Alta relevancia
Se informa de la concesión del tercer grado
Confilegal publica la resolución favorable conocida por Pacheco el día anterior y una salida prevista para el viernes. Se fecha la noticia, no una salida efectiva ni extinción de pena.
- Alta relevancia
Libertad condicional de Pacheco, según información del día siguiente
Radio Jerez publica el 1 de junio que la medida estaba efectiva desde la tarde del viernes anterior tras los trámites correspondientes. No se confunde con el cumpleaños de abril ni con la extinción de la condena.
- Alta relevancia
Se informa de la petición de revisión por la reforma de la malversación
El Confidencial informa de un escrito de la defensa ante la Audiencia para conocer su situación penal. Es la fecha de publicación, no una resolución favorable; no se ha localizado el auto que resuelva esa petición.
- Alta relevancia
La prensa sigue describiendo el indulto como pendiente
Andalucía Información informa de que no existe certeza de concesión de la medida solicitada respecto de la inhabilitación. No se presenta como indulto aprobado ni se asigna todo su alcance a esta única causa.
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