Caso Arquitecto - PP
Descripción del caso
El 'caso Arquitecto' se refiere a la contratación temporal de un arquitecto superior interino, Iván Reyes, por la Consejería de Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla, entonces dirigida por Miguel Marín Cobos (PP). El primer contrato se firmó el 28 de agosto de 2006 a tiempo completo para sustituir al funcionario titular de la plaza (identificado en la prensa como Juan José B.), de baja médica, y debía extinguirse con la reincorporación del titular. Según la acusación de la Fiscalía, el contrato no se dio de baja cuando el titular se reincorporó, de modo que ambos ocuparon el mismo puesto durante un tiempo; en el juicio, el acusado y varios testigos describieron un primer solapamiento de dos días, una recaída del titular y un segundo solapamiento de dos meses, con dos sueldos pagados. La fecha exacta de la reincorporación no consta en las fuentes consultadas.
Cuando la plaza quedó vacante por la jubilación de otro funcionario, la Administración acordó extinguir el primer contrato y, al día siguiente —1 de agosto de 2007 en las fuentes consultadas—, volvió a contratar a Reyes, en régimen de interinidad por vacante y con condiciones que la Fiscalía calificó de "mucho más beneficiosas". La Fiscalía sostuvo que Marín incumplió de forma "grotesca" la normativa de contratación de la Ciudad (artículo 9.1 de la orden de 24 de mayo de 2005 y convenio colectivo) con el fin de mantener el puesto de trabajo del arquitecto. Los hechos enjuiciados se sitúan entre agosto de 2006 y julio de 2007.
El COACAM se personó inicialmente como acusación particular. En el juicio, su exsecretario Benito P. testificó que el entonces consejero de Fomento, Rafael Marín, les había dicho que la contratación respondía a una petición de un viceconsejero amigo del padre del arquitecto; Rafael Marín negó ese extremo. En septiembre de 2016 (acuerdo de la Junta de Gobierno de 20 de septiembre, comunicado el 21) el COACAM aprobó por unanimidad retirarse de la causa al considerar que la acusación no defendía los intereses generales de la profesión, y pidió convocar un proceso selectivo abierto para cubrir la plaza en propiedad. Según Melilla Hoy, el dictamen de la Comisión Permanente del Consejo de Estado (2012) había validado el contrato y recomendado esa convocatoria. Además de la Fiscalía, sostuvieron la acusación popular Manos Limpias, Coalición por Melilla (CpM) y Dionisio Muñoz, exsecretario general del PSOE local.
El juicio oral se fijó inicialmente para el 16 de enero de 2018 y, tras suspenderse por un error de planificación de la agenda del juzgado, se celebró el 23 de febrero de 2018 en el Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla, con Miguel Marín como único acusado. La Fiscalía pidió 8 años de inhabilitación y la acusación popular 10. La sentencia absolutoria se conoció a través de la prensa en abril de 2018 (El Faro de Melilla la publicó el 20 de abril); el día exacto de la resolución no está acreditado. El juez consideró que "ningún hecho de trascendencia delictiva ha quedado acreditado" y que "no sólo es imposible afirmar que la contratación sea contraria a derecho, sino que incluso en el caso de serlo, dicha ilegalidad en ningún caso es evidente, patente, flagrante y clamorosa". La sentencia se apoyó en resoluciones previas favorables del Juzgado de lo Social de Melilla (noviembre de 2013), la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede en Melilla y el dictamen del Consejo de Estado. No se ha localizado constancia de recurso ni de firmeza de la sentencia, por lo que el estado actual del procedimiento no está confirmado.