Caso Aceinsa II
PPAnulación de la adjudicación del alumbrado de Salamanca a Aceinsa (2012), con crédito municipal para indemnizar a Etralux; sobreseimiento penal provisional comunicado en 2018, sin resultado del recurso anunciado localizado ni pago exacto acreditado.
- Estado judicial
- Sobreseído / archivado
- Coste registrado
- 327.193 €
- Implicados
- 5
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
El Caso Aceinsa II se refiere a la adjudicación del contrato de "mantenimiento y mejora de las instalaciones de alumbrado público" del Ayuntamiento de Salamanca a la empresa Aceinsa Movilidad, S.A., acordada por la Junta de Gobierno Local el 20 de julio de 2012. El contrato, de cuatro años prorrogables dos más, se estimó en 12 millones de euros. La empresa competidora Etralux había obtenido la propuesta inicial de la mesa de contratación, pero el Ayuntamiento revocó esa decisión; según la sentencia difundida por EFE, el consistorio requirió un informe al área de Medio Ambiente y le dio más valor que al emitido por el servicio técnico correspondiente, y la oferta de Aceinsa incurría en una baja desproporcionada que no quedó justificada.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estimó el recurso de apelación de Etralux y anuló la adjudicación mediante la sentencia nº 1321/2017, de 27 de noviembre de 2017 (fecha verificada en el acta del Pleno municipal de 9 de febrero de 2018); los medios difundieron el fallo el 1 y 2 de diciembre de 2017. La prensa y el debate municipal informan de que el Tribunal Supremo no admitió el recurso de casación del Ayuntamiento y presentan la anulación como firme desde 2018. No se han localizado el auto de inadmisión ni una diligencia de firmeza originales; se documenta lo comunicado por esas fuentes sin atribuir al Supremo una revisión del fondo. En ejecución de sentencia, el Pleno extraordinario de 16 de noviembre de 2018 habilitó un crédito de 327.192,96 euros consignado para una indemnización sustitutoria a Etralux, prevista para el caso de que la sentencia no pudiera ejecutarse en sus propios términos. Esa consignación presupuestaria es el único importe documentado oficialmente, pero no acredita por sí misma ni el importe exacto finalmente abonado ni la fecha del pago; la prensa cifró el abono en torno a 300.000 euros sin precisar cuándo se produjo.
De forma paralela, Ganemos Salamanca presentó el 23 de octubre de 2017 una denuncia penal por un presunto delito de prevaricación contra el alcalde Alfonso Fernández Mañueco, los concejales Carlos Manuel García Carbayo y Fernando Rodríguez y el jefe de la Policía Local José Manuel Fernández Martín, por la prórroga del contrato de señalización con Aceinsa; el 19 de abril de 2018 comunicó que la había ampliado al contrato de alumbrado «hace un mes», sin precisar el día de presentación. El Juzgado de Instrucción de Salamanca acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias, al no apreciar indicios suficientes de prevaricación ni de malversación; el auto, cuyo día exacto no está acreditado, se conoció el 17 de octubre de 2018 y Ganemos anunció un recurso de reforma y una eventual apelación cuyo resultado no consta en fuentes verificadas.
Este litigio del alumbrado de 2012 es el mismo que recoge la ficha Caso Aceinsa (casos/pp/aceinsa.md), que también describe la anulación y la indemnización a Etralux; los importes de ese contrato no deben sumarse entre ambas fichas como si fueran causas independientes.
Desarrollo y fuentes
Caso Aceinsa II
Notas de verificación
- Dos vías distintas. La ficha distingue la vía contencioso-administrativa (anulación del contrato comunicada como firme e indemnización a Etralux) de la vía penal (denuncia de Ganemos, sobreseída provisionalmente). No consta ninguna condena penal: se documentan como denunciados, sin que la admisión de la denuncia permita atribuir por sí sola la condición formal de investigado a cada uno. La prensa comunicó el archivo provisional en octubre de 2018; no se ha localizado el resultado de los recursos anunciados ni se afirma cierre penal definitivo.
- Sentencia del TSJCyL. Se trata de la sentencia nº 1321/2017, de 27 de noviembre de 2017, que estimó el recurso de apelación nº 374/17 de Etralux contra la sentencia nº 139, de 28 de abril de 2017, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Salamanca (procedimiento ordinario nº 73/2013). La fecha y el número se han verificado en el acta del Pleno municipal de 9 de febrero de 2018 (descargada en
sources/pp/aceinsa-ii/acta_pleno_2018-02-09.pdf), que ratificó la resolución de Alcaldía de 11 de enero de 2018 para preparar el recurso de casación; el acta del Pleno de 16 de noviembre de 2018 cita asimismo la sentencia nº 1321. EFE y otros medios difundieron el fallo el 1 y 2 de diciembre de 2017. Se corrigen así la fecha (antes atribuida con reservas a Ganemos) y el camponumeroSentencia. - Tribunal Supremo. El recurso de casación del Ayuntamiento no fue admitido, según Ganemos y La Crónica de Salamanca (4 de septiembre de 2018) y según el debate del Pleno municipal de 16 de noviembre de 2018. No se ha localizado el auto de inadmisión con fecha ni número exactos. El campo
numeroSentenciarecoge la sentencia nº 1321/2017 del TSJCyL, no la resolución del Supremo, cuyo número se desconoce. - Indemnización y consignación. El TSJCyL estableció una indemnización sustitutoria para el caso de que la sentencia no pudiera ejecutarse en sus propios términos. El Pleno extraordinario de 16 de noviembre de 2018 habilitó un crédito de 327.192,96 euros (aplicación 920,20-226,11 «Indemnizaciones») como consignación; se trata de una dotación presupuestaria, no de la acreditación del importe exacto finalmente abonado ni de la fecha del pago. La prensa de enero de 2019 cifró el abono en torno a 300.000 euros, por debajo de los 700.000 euros que Etralux reclamó inicialmente (el 6 % del contrato). Se retira el campo
coste, pues esa consignación no acredita un daño probado ni un pago exacto y el litigio se solapa con la ficha Aceinsa. - Cierre (
fechaFin). El campofechaFinqueda vacío. La última referencia temporal del caso es la noticia del pago (15 de enero de 2019), pero la fecha exacta del abono no está acreditada y no debe usarse la fecha de la noticia como fecha de cierre. - Fechas de conocimiento público o de publicación. Los hitos de 4 de septiembre de 2018 (inadmisión del recurso de casación por el Supremo), 17 de octubre de 2018 (archivo penal) y 15 de enero de 2019 (noticia del pago) se fechan por conocimiento o publicación, no por la fecha del acto: los días exactos de la resolución del Supremo, del auto de archivo y del pago no están acreditados. Se evita usar marcadores artificiales (1 de enero, 1 de mayo) para suplir días desconocidos.
- Juzgado de Instrucción. El Español y Salamancartvaldia citan el Juzgado de Instrucción nº 11 de Salamanca; La Crónica de Salamanca y el acta del Pleno de noviembre de 2018 citan el nº 1. No se ha podido confirmar cuál es correcto.
- Recurso contra el archivo. Ganemos anunció un recurso de reforma y, en su caso, apelación ante la Audiencia Provincial. No se ha localizado el resultado de ese recurso. Ganemos atribuyó la imposibilidad de practicar más diligencias al vencimiento del plazo de seis meses de instrucción sin prórroga; es la explicación de la parte denunciante, no una prescripción del delito acreditada en una resolución original.
- Solapamiento con la ficha Caso Aceinsa (
casos/pp/aceinsa.md). Ambas fichas describen el mismo litigio contencioso-administrativo del alumbrado público de 2012 (anulación e indemnización a Etralux, con la consignación de 327.192,96 euros). Se documenta el solapamiento de forma expresa y no se suman los importes de ese contrato entre ambas fichas como si fueran causas independientes. - Documentos. Se incorporan las actas originales municipales de 9 de febrero y 16 de noviembre de 2018, descargadas por GET y con paginación comprobada (200 y 88 páginas). Se han leído los apartados relevantes, no las actas íntegras; son prueba de acuerdos y declaraciones municipales, no sustitutos de resoluciones judiciales. No se ha revisado de nuevo el acta de 7 de septiembre.
- Novedades 2025-2026. No se han encontrado resoluciones ni hechos nuevos del caso en 2025 o 2026; la actividad reciente de Aceinsa corresponde a nuevas adjudicaciones de alumbrado ajenas a este procedimiento.
Alcance de revisión al 17 de octubre de 2026
No se han localizado originales de la sentencia 1321/2017, del auto del Supremo ni del sobreseimiento penal o sus recursos. La reconstrucción judicial depende de la transcripción parcial del acta y de prensa. La fecha 27-11-2017 y el número de sentencia constan expresamente en el acta de febrero; sus metadatos de creación en marzo de 2018 y la migración web posterior no fechan el acto. La consignación de noviembre se ha comprobado en las páginas 39-40 del PDF (folio impreso 2000 en la segunda), sin que sea justificante del pago. Los comunicados de Ganemos son una fuente original de las posiciones y anuncios de la parte denunciante, no una constatación judicial de sus acusaciones.
El resultado posterior de los recursos penales sigue sin acreditarse; la ausencia de nuevas noticias o resoluciones encontradas no acredita su cierre definitivo. Subsiste la discrepancia del número de juzgado: el acta y Ganemos mencionan el nº 1, mientras parte de la prensa escribe nº 11; no se corrige mediante una inferencia. Los cargos se describen en su contexto histórico.
Documentos relevantes
- Ver
Acta del Pleno de Salamanca: ratificación de la preparación de casación contra sentencia 1321/2017 (páginas 32-33 del PDF)
2018 · PDF · 200 páginas
- Ver
Acta del Pleno extraordinario de Salamanca: crédito para indemnización sustitutoria a Etralux (páginas 39-40 del PDF y debate posterior)
2018 · PDF · 88 páginas
Cronología
- Alta relevancia
Adjudicación del contrato de alumbrado público a Aceinsa
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Salamanca, con Alfonso Fernández Mañueco como alcalde, adjudica a Aceinsa Movilidad el contrato de mantenimiento y mejora de las instalaciones de alumbrado público. El contrato, de cuatro años prorrogables dos más, se estima en 12 millones de euros. La mesa de contratación había propuesto inicialmente a Etralux; según la sentencia, el Ayuntamiento requirió un informe al área de Medio Ambiente y le otorgó más valor que al del servicio técnico correspondiente, y la baja ofertada por Aceinsa (La Crónica de Salamanca la cifra en el 22%) no quedó justificada.
-
Ganemos presenta una denuncia penal por la prórroga del contrato de señalización
Ganemos Salamanca interpone una denuncia penal por un presunto delito de prevaricación contra el alcalde Alfonso Fernández Mañueco, el concejal de Fomento Carlos Manuel García Carbayo, el edil de Hacienda Fernando Rodríguez y el jefe de la Policía Local José Manuel Fernández Martín, por la prórroga del contrato de señalización con Aceinsa.
- Alta relevancia
El TSJCyL anula la adjudicación del alumbrado público a Aceinsa
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dicta la sentencia nº 1321/2017, de 27 de noviembre de 2017, que estima el recurso de apelación nº 374/17 de Etralux, deja sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno de 20 de julio de 2012 y declara que el contrato debía adjudicarse a la empresa recurrente. La sentencia concluye que la baja desproporcionada de Aceinsa (el 22%, según el acta del Pleno) no se justificó y cuestiona que se diera más valor al informe del área de Medio Ambiente que al del servicio correspondiente. La fecha y el número constan en el acta del Pleno municipal de 9 de febrero de 2018, que ratificó la resolución de Alcaldía de 11 de enero de 2018 para preparar el recurso de casación; el fallo se conoció públicamente el 1 y 2 de diciembre de 2017.
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Ganemos comunica la admisión a trámite de su denuncia
Ganemos publica que el Juzgado de Instrucción ha admitido a trámite la denuncia y abierto diligencias previas. La fecha corresponde a su comunicación, no a un auto original localizado. Según Ganemos, la defensa del alcalde alegó su condición de aforado como procurador en las Cortes de Castilla y León.
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Ganemos comunica la ampliación de la denuncia al contrato de alumbrado
Ganemos Salamanca comunica que había presentado «hace un mes» una ampliación de su denuncia penal para incluir la adjudicación del contrato de alumbrado público, dirigida contra las mismas cuatro personas. El 19 de abril es la fecha del comunicado, no la fecha exacta de presentación, que no se ha acreditado. Los indicios de prevaricación que expone son alegaciones de la parte denunciante.
- Alta relevancia
El Tribunal Supremo no admite el recurso de casación del Ayuntamiento
El Tribunal Supremo no admite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Salamanca contra la sentencia del TSJCyL, según la información publicada, que presenta la anulación como firme. La resolución original y su fecha no se han localizado. La firmeza se conoce a través de Ganemos y de La Crónica de Salamanca ese día; el auto de inadmisión no consta con fecha ni número en las fuentes consultadas.
- Alta relevancia
Se conoce el sobreseimiento provisional y archivo de la causa penal
Trasciende que el Juzgado de Instrucción de Salamanca ha dictado un auto de sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias abiertas por la prórroga del contrato de señalización y por la adjudicación del contrato de alumbrado. El juez no aprecia indicios suficientes de prevaricación ni de malversación y sostiene que la gestión municipal pudo ser criticable pero no delictiva. El día exacto del auto no está acreditado; el 17 de octubre de 2018 es la fecha en que se hace público y se usa como fecha de conocimiento público. Ganemos anuncia un recurso de reforma y una eventual apelación.
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El Pleno municipal consigna 327.192,96 euros para indemnizar a Etralux
El Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Salamanca aprueba una habilitación de crédito que incluye la consignación de 327.192,96 euros para hacer frente a la indemnización a Etralux por la anulación del contrato de alumbrado, en ejecución de la sentencia del TSJCyL. Se trata de una dotación presupuestaria destinada a una indemnización sustitutoria, que no acredita por sí misma el importe exacto abonado ni la fecha del pago. En el debate se confirma que el recurso de casación del Ayuntamiento no fue admitido por el Tribunal Supremo. La prensa cifró el abono en torno a 300.000 euros.
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Se informa del pago de la indemnización a Etralux
La prensa local informa de que el Ayuntamiento ha abonado a Etralux la indemnización derivada de la anulación del contrato, cifrada en torno a 300.000 euros; esta fecha es la de la publicación de la noticia, no la del pago. Ganemos exige que los responsables municipales respondan con su patrimonio personal y pide acabar con la 'impunidad' del caso. El importe exacto y la fecha del abono no constan en fuentes verificadas: el único importe documentado oficialmente es la consignación de 327.192,96 euros aprobada por el Pleno el 16 de noviembre de 2018, que no equivale por sí sola al pago exacto. Este litigio del alumbrado se comparte con la ficha Caso Aceinsa (casos/pp/aceinsa.md) y sus importes no deben sumarse como causas distintas.
Casos relacionados
Caso Aceinsa
PPDenuncias por contratos de Aceinsa en Salamanca: sobreseimiento penal provisional comunicado en 2018, sin resultado del recurso anunciado localizado. El alumbrado fue anulado en un litigio distinto, compartido con Aceinsa II; las estimaciones de perjuicio no son daño probado.
Anulación de la adjudicación del alumbrado de Salamanca a Aceinsa y denuncias penales relacionadas.