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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Invercaria/Fumapa

PSOE

Condenas por el préstamo de 300.000 euros a Fumapa; el Supremo redujo las penas de los dos condenados en octubre de 2024.

Estado judicial
Resultados mixtos
Coste registrado
359.582 €
Implicados
6
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

Pieza de Invercaria sobre el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a Fumapa, empresa de La Carolina (Jaén). El Consejo de Administración aprobó la operación el 1 de julio de 2008 y la póliza se formalizó el 23 de julio. Los hechos probados describen una empresa en grave situación económica, sin plan de negocio y con advertencias técnicas no trasladadas suficientemente a los consejeros. No se concedió el préstamo en 2006: ese año corresponde a los datos patrimoniales negativos examinados.

La Audiencia Provincial de Sevilla dictó la sentencia 547/2021 el 21 de diciembre de 2021. Condenó a Tomás Pérez-Sauquillo por prevaricación y malversación y al administrador de Fumapa, Fulgencio Canales Rodríguez, como inductor de malversación. Absolvió a otros cuatro acusados, incluidos tres consejeros de Invercaria.

La STS 882/2024, de 22 de octubre, mantuvo la culpabilidad y aplicó retroactivamente la Ley Orgánica 14/2022 por ser más favorable. Su segunda sentencia fija dos años y un día de prisión para Pérez-Sauquillo y un año y un día para Canales. Las inhabilitaciones especiales del fallo son de seis años y un día y tres años y un día, respectivamente. Existen diferencias de un día con la nota de prensa y, respecto del segundo condenado, con un pasaje de la fundamentación; falta comprobar una eventual aclaración. La resolución indica que no cabe recurso, pero no se ha verificado la ejecución, el cumplimiento de las penas ni el cobro de la indemnización hasta el 17 de octubre de 2026.

Desarrollo y fuentes

La STS 882/2024 permite distinguir tres cantidades: el préstamo de 300.000 euros, el perjuicio de 359.581,60 euros recogido en los hechos probados (página 5) y la indemnización solidaria de 300.000 euros más intereses procesales establecida en el fallo de instancia transcrito (página 6), cuyos restantes pronunciamientos mantiene el Supremo. El campo de coste recoge únicamente el perjuicio declarado, sin sumarle el préstamo, el traspaso de 150.000 euros a Fumafra ni la indemnización. No se ha comprobado cuánto se ha recuperado o cobrado en ejecución.

La responsabilidad es individual. Los tres consejeros absueltos no fueron condenados por aprobar el préstamo: la sentencia considera que no consta que conociesen la información relevante omitida por el presidente. La información nominal de Diario de Sevilla de 21 de diciembre de 2021 identifica a Isabel de Haro Aramberri, Jacinto Cañete y Ramón Martín López y al administrador condenado, Fulgencio Canales Rodríguez. La crónica del final del juicio identifica al otro empresario, Francisco Gutiérrez Cañizares, respecto del que la Fiscalía retiró los cargos penales y mantuvo una pretensión como partícipe a título lucrativo. La sentencia absolvió al segundo empresario y rechazó esa responsabilidad civil; esta identificación se contrasta con la relación nominal de seis investigados de la información de 2019, sin deducir nombres de pseudónimos del PDF. El administrador de Fumapa fue absuelto de prevaricación y condenado por inducción a la malversación.

Penas y discrepancias documentales. Se consignan las penas del fallo de la segunda sentencia, páginas 23–24: Pérez-Sauquillo, dos años y un día de prisión y seis años y un día de inhabilitación especial; Canales, un año y un día de prisión y tres años y un día de inhabilitación especial. La inhabilitación comprende cargos electivos o de designación con facultades de contratación en empresas de cualquier Administración, además de la accesoria relativa al sufragio pasivo durante la prisión. El fundamento séptimo (página 22) habla de tres años para el no recurrente, frente a tres años y un día en el fundamento y fallo posteriores. La nota oficial de 6 de noviembre de 2024 resume las duraciones en seis y tres años. No se ha localizado un auto que aclare estas diferencias.

Alcance al 17 de octubre de 2026. El PDF oficial incluye la sentencia de casación y la segunda sentencia, ambas de 22 de octubre de 2024, e indica expresamente que no cabe recurso. Esto permite describir el resultado de la casación, pero no acredita por sí solo el cumplimiento, suspensión o liquidación de penas ni el pago de la responsabilidad civil. No se ha verificado una resolución posterior específica que altere este fallo. Los recursos de amparo, condenas y noticias penitenciarias de otras piezas de Invercaria no se trasladan a Fumapa. Quedan pendientes la eventual aclaración de las inhabilitaciones y la documentación de ejecución.

Documentos relevantes

  • STS 882/2024: casación y segunda sentencia sobre el préstamo de Invercaria a Fumapa

    2024 · PDF · 24 páginas

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Cronología

  1. El Consejo de Administración aprueba la operación

    Según los hechos probados reproducidos por el Supremo, el Consejo aprueba el préstamo de hasta 300.000 euros a propuesta del presidente, sin que conste que los consejeros acusados conocieran las advertencias técnicas y la documentación económica relevante.

  2. Formalización del préstamo participativo

    Se firma la póliza de 300.000 euros. Los hechos probados describen el posterior traspaso de 150.000 euros a Fumafra, incluido en el préstamo y no adicional a él, y la pérdida final del capital.

  3. Inicio de las actuaciones de esta pieza

    Los antecedentes reproducidos por el Supremo sitúan el inicio de las actuaciones el 2 de julio de 2012. No se sustituye esta fecha por la apertura general de la macrocausa.

  4. Retroacción por falta de motivación

    Según Europa Press, el auto de la Sección Tercera de 31 de enero anula la resolución de marzo de 2017 que rechazaba recursos de reforma, por falta de motivación, y devuelve la causa al instructor. La noticia se publicó el 11 de febrero de 2019. No fue una absolución.

  5. Dos condenas y cuatro absoluciones

    La sentencia 547/2021 impone a Pérez-Sauquillo tres años y un día de prisión y al administrador de Fumapa un año y seis meses, penas posteriormente modificadas. Absuelve a cuatro acusados. La responsabilidad civil se fija en 300.000 euros conjunta y solidariamente, más los intereses del artículo 576 LEC desde la sentencia.

  6. El Supremo modifica las penas de ambos condenados

    La STS 882/2024 estima parcialmente la casación del expresidente y extiende el beneficio al condenado no recurrente. La segunda sentencia fija dos años y un día y un año y un día de prisión, respectivamente, y corrige las inhabilitaciones absolutas por especiales. Mantiene los demás pronunciamientos. Advierte que no cabe recurso.

  7. El Poder Judicial difunde la sentencia

    La nota oficial publica el resultado del fallo de octubre. Resume las inhabilitaciones como seis y tres años, mientras el fallo de la segunda sentencia dice seis años y un día y tres años y un día. Esta fecha es de comunicación, no la del acto judicial.

Casos relacionados

Sobreseído / archivado

Financiación de Kandor por Invercaria: sobreseimiento libre comunicado en abril de 2021; firmeza no documentada.

2017
Granada / Sevilla, Andalucía
1,7 M€ registrados
4 implicados
Absuelto

Absolución de los tres acusados por el préstamo a Lolita Canalla, conocida en agosto de 2022. Original y firmeza pendientes de verificar.

2009
Tarifa, Cádiz / Sevilla, Andalucía
100 mil € registrados
3 implicados
Absuelto

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26 feb 2007
Sevilla / Cádiz, Andalucía
304 mil € registrados
3 implicados