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Cártel del fuego - PP

Comunidad Valenciana y Cataluña, España

Descripción del caso

El "cártel del fuego" es la macrocausa sobre la concertación de empresas de navegación aérea dedicadas a la extinción de incendios forestales para repartirse concursos públicos y alterar precios, con sobornos a cargos públicos, entre 1999 y 2018. Según la sentencia de la Audiencia Nacional de 5 de febrero de 2025 (nº de resolución 4/2025; Roj SAN 138/2025; ECLI:ES:AN:2025:138), la "Asociación" se constituyó en una reunión celebrada en Palma del Río (Córdoba), sede de FAASA, el 20 de septiembre de 2001, entre FAASA, Avialsa, Trabajos Aéreos Espejo y Trabajos Aéreos Martínez Ridao; después se incorporaron CEGISA (en 2004, integrada más tarde en INAER / Babcock / Avincis) y Trabajos Aéreos Extremeños (TAEXSA, en 2007). Los empresarios pactaban turnos y ofertas, se repartían zonas y se compensaban mediante facturas por servicios simulados, y levantaban actas de sus reuniones en Manzanares (Ciudad Real).

La sentencia sitúa la colusión en los concursos de la Comunidad Valenciana, Cataluña y los ministerios de Agricultura y Medio Ambiente y, en menor medida, en Andalucía y Castilla-La Mancha. Las resoluciones de instrucción de 2016 y 2017 describieron un ámbito más amplio (otras comunidades autónomas —entre ellas Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Andalucía y Castilla y León— y Portugal, Chile e Italia) y la prensa de 2025 añadió Galicia. Las diferencias responden al distinto momento procesal de cada resolución; la sentencia no confirma por sí sola el alcance descrito entonces.

En el ámbito valenciano, la sentencia documenta que entre 1999 y 2017 la Administración valenciana satisfizo 151.585.386,22 euros en contratos a favor de Avialsa. Esa cifra es el volumen de contratación que figura como coste en esta ficha, no el daño declarado: el fallo impone una indemnización conjunta y solidaria de 234.133,02 euros a favor de la Administración General del Estado, con responsabilidad subsidiaria de las empresas. La fundamentación menciona, además, indemnizaciones a la Generalitat Valenciana de 904.407,28, 874.676,00 y 118.322,40 euros por facturas satisfechas a Avialsa, que no reproduce el fallo del texto consultado. No se ha localizado una aclaración posterior que permita resolver esa omisión. No procede sumar entre sí esas partidas ni con el volumen de contratación. Un auto de inhibición de 2016 cifró en "al menos 277 millones de euros" las ganancias estimadas del cártel durante la instrucción, una estimación que no es la cifra fijada en la sentencia.

La sentencia declara probados regalos a favor del entonces conseller de Gobernación de la Generalitat Valenciana Serafín Castellano (PP) por importe de 167.177,02 euros (cacerías, hospedajes, viajes, material cinegético, dinero en efectivo, jamones y otros obsequios); un informe de la UDEF de 2016 había cifrado en 163.736,92 euros las dádivas vinculadas a la caza. El director general de Interior de la Conselleria de Justicia valenciana, Pedro Hidalgo, ya fallecido, recibió a través de su hijo, según la sentencia, un vehículo valorado en 46.742,60 euros. En Cataluña, dos altos cargos de la Generalitat (Ramón Dinarés y Francesc Xavier Palmés) fueron condenados por cohecho e información privilegiada.

El caso partió de la denuncia del exgerente de Avialsa Francisco Alandí Escrig ante la Fiscalía Anticorrupción, formalizada el 9 de octubre de 2014 con unos 500 documentos y ampliada el 9 de julio de 2015; la propia sentencia menciona también una denuncia de 27 de octubre de 2014 en sus antecedentes. La causa se inició en los juzgados de Sagunto y fue asumida por el Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional. El 15 de junio de 2022 el juez Manuel García Castellón dictó auto de procesamiento contra Castellano y otras 31 personas. El juicio oral se celebró entre septiembre y el 5 de noviembre de 2024 contra 16 acusados; doce de ellos se conformaron. La sentencia fija el comienzo el 24 de septiembre y sesiones el 26 de septiembre, el 7, 9, 10, 21, 22 y 23 de octubre y el 4 y 5 de noviembre; parte de la prensa, un escrito de defensa y otro pasaje de la propia sentencia se refieren al 23 de septiembre, y el 20 de noviembre era el señalado inicialmente, no la fecha real de conclusión. La sentencia condenó a doce acusados (penas de seis meses y quince días a dos años, tres meses y quince días), absolvió a tres y eximió de responsabilidad penal a Alandí aplicando por primera vez en España la "excusa absolutoria" del artículo 262.3 del Código Penal. La nota del Consejo General del Poder Judicial cifró en cuatro los absueltos además del exento. El fallo recoge tres absoluciones plenas y una exención; los antecedentes documentan también la retirada de la acusación contra un partícipe a título lucrativo, fuera de los dieciséis acusados penales. Varias empresas condenadas, entre ellas Avialsa T-35 (hoy Titan Firefighting Company), Martínez Ridao Aviación, Trabajos Aéreos Espejo, TAEXSA, SAETA, CEGISA, INAER/Babcock y FAASA/Pegasus, fueron sancionadas con nueve meses de prohibición de contratar con las administraciones públicas.

La sentencia se notificó como no firme (recurso de apelación ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional). El último estado documentado es que en agosto de 2025 varias empresas condenadas habían recurrido —la prensa los describió como recursos de casación ante el Tribunal Supremo— y no se ha localizado resolución posterior, por lo que no consta ni el resultado de los recursos ni la firmeza actual, que es desconocida; la conformidad de los acusados no permite presumir firmeza. En el plano de la competencia, la CNMC, alertada desde 2016 por las autoridades catalana y valenciana, no había incoado procedimiento según la información publicada en agosto de 2025, al tener el proceso penal preferencia, y no se ha localizado después una resolución suya. La versión publicada por el CENDOJ está anonimizada, por lo que no consta de forma individualizada el pronunciamiento sobre algunos empresarios imputados, como los responsables de FAASA y de Trabajos Aéreos Espejo. Parte de los hechos y de los acusados están tratados con otro enfoque en la ficha "Caso Avialsa" (núcleo valenciano); ambas fichas se refieren al mismo fallo y a los mismos volúmenes de contratación, por lo que sus cifras no deben sumarse.

Resumen

Estado judicial
En revisión
Coste
151,6 millones €

Implicados

Serafín Castellano Gómez
Conseller de la Generalitat Valenciana durante el período investigado (Justicia y Administraciones Públicas, 1999-2000; Sanidad, 2000-2003; Gobernación y Justicia, 2007-2014); después delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana (13 de junio de 2014-29 de mayo de 2015), dentro del período investigado (PP)
Vicente Huerta Gallego
Propietario y presidente del grupo Avialsa T-35 durante el período investigado (administrador único hasta febrero de 2024)
Ramón Dinarés Bosque
Jefe de la Unidad de Medios Aéreos de la Generalitat de Cataluña hasta mayo de 2009; después subinspector de la Jefatura del Área de Prevención y Gestión
Francesc Xavier Palmés i Cosidó
Encargado del Servicio de Contratación y Patrimonio de la Subdirección General de Gestión Económica y Contratación del Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña
Pedro Hidalgo
Director general de Interior de la Conselleria de Justicia de la Generalitat Valenciana
Miguel Ángel Tamarit Campuzano
Presidente del Grupo FAASA
Fernando Espejo Delgado
Fundador y presidente de Trabajos Aéreos Espejo, S.L.
Ángel Martínez Ridao
Responsable de Martínez Ridao Aviación, S.L.
Francisco Alandí Escrig
Exgerente de Avialsa (hasta diciembre de 2012)

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Documentos relevantes

SAN 138/2025, de 5 de febrero (nº de resolución 4/2025; ECLI:ES:AN:2025:138): sentencia del 'cártel del fuego' de la Audiencia Nacional

2025 • PDF • 94 páginas

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Cronología

Alta relevancia
Septiembre de 2001
Acta constitutiva de la 'Asociación' en Palma del Río
Representantes de FAASA (Miguel A. Tamarit), Avialsa (Vicente Huerta), Trabajos Aéreos Espejo (Fernando Espejo) y Trabajos Aéreos Martínez Ridao (Ángel Martínez Ridao) firman en Palma del Río (Córdoba), sede de FAASA, el acta constitutiva de la 'Asociación' para repartirse el mercado y respetar las zonas de influencia. La fecha consta en el acta recogida en la sentencia; después se incorporaron CEGISA (2004) y TAEXSA (2007).
Alta relevancia
Octubre de 2014
Denuncia de Francisco Alandí ante la Fiscalía Anticorrupción
El exgerente de Avialsa Francisco Alandí Escrig presenta ante la Fiscalía Anticorrupción de Valencia una denuncia con unos 500 documentos sobre la concertación del sector, que ampliaría el 9 de julio de 2015; la sentencia recoge el 9 de octubre de 2014 en los hechos probados y una denuncia de 27 de octubre de 2014 en los antecedentes. La causa se inició en los juzgados de Sagunto y acabó en la Audiencia Nacional.
Enero de 2016
Detención de Pedro Hidalgo y otras actuaciones en la trama
En el marco de la investigación por el amaño de contratos de extinción de incendios se producen más de veinte detenciones y registros; entre los detenidos está Pedro Hidalgo, exdirector general de Interior de la Generalitat Valenciana, que después fallecería sin ser juzgado.
Alta relevancia
Junio de 2022
Auto de procesamiento contra 32 personas
El juez central de instrucción Manuel García Castellón dicta auto de procesamiento contra Serafín Castellano y otras 31 personas por delitos de organización criminal, alteración de precios en concursos, cohecho, falsedad documental, malversación, prevaricación, asociación ilícita, negociaciones prohibidas, tráfico de influencias y exacciones ilegales. La Abogacía de la Generalitat solicitó para Castellano una condena que sumaba quince años de cárcel.
Julio de 2023
Se informa de una condena en una pieza separada por delitos fiscales
El 28 de julio de 2023 eldiario.es informa de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Sagunto ha condenado a Vicente Huerta, único condenado de los seis procesados en esa pieza, por nueve delitos contra la Hacienda Pública y un delito continuado de falsedad en documento mercantil (fraude en el Impuesto de Sociedades, el IVA y el IRPF entre 2009 y 2014). Según esa noticia, las diez penas sumaban 48 meses y 630.000 euros de multas; la ejecución de las penas de prisión quedó suspendida con una multa de 18.000 euros. No se ha consultado la sentencia de esta pieza ni se conoce su fecha exacta o firmeza.
Alta relevancia
Septiembre de 2024
Comienza el juicio oral en la Audiencia Nacional (fecha de la prensa)
La prensa sitúa el comienzo del juicio oral contra 16 acusados el lunes 23 de septiembre de 2024; los antecedentes de la sentencia fijan el comienzo el 24 de septiembre, aunque un escrito de defensa y otro pasaje de la propia sentencia se refieren al 23. El juicio se prolongó por sesiones hasta el 5 de noviembre; el 20 de noviembre era el señalado inicialmente, no la fecha de conclusión. La Fiscalía pedía inicialmente 21 años para Castellano por cohecho, malversación y asociación ilícita, entre otros delitos.
Alta relevancia
Septiembre de 2024
La prensa informa de la conformidad de la mayoría de los acusados
El diario El Español publica que los acusados admiten los hechos por conformidad; según los antecedentes de la sentencia, las conformidades se ratificaron al inicio del juicio oral. Serafín Castellano admite los hechos y la petición de pena pactada se sitúa en dos años y siete meses (finalmente la sentencia le impondría un año y nueve meses) y Huerta asume inicialmente tres años y cinco meses (la sentencia le impondría dos años, tres meses y quince días). Castellano y Huerta consignan 904.407,28 euros que reclamaba la Generalitat Valenciana; esa cantidad se refiere a la indemnización a la Generalitat y no es la responsabilidad civil de 234.133,02 euros fijada a favor de la Administración General del Estado.
Noviembre de 2024
Última sesión del juicio, que queda concluso para sentencia
Los acusados renuncian a su derecho a la última palabra en la sesión del 5 de noviembre de 2024 y el juicio queda concluso para sentencia, según los antecedentes de la sentencia. La prensa había informado el 4 de noviembre de que el juicio acababa con penas menores, sin ingreso en prisión, y de que cuatro acusados no habían pactado con la Fiscalía: el excoordinador del servicio contra incendios de la Generalitat Valenciana, el exresponsable de la División Operativa de Emergencias y Seguridad de la Generalitat catalana, un empresario y el denunciante Francisco Alandí.
Alta relevancia
Febrero de 2025
Sentencia de la Audiencia Nacional (nº 4/2025; hecha pública el 6 de febrero)
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dicta la sentencia del cártel del fuego (nº 4/2025; SAN 138/2025; ECLI:ES:AN:2025:138; 94 páginas en la versión del CENDOJ): condena a doce acusados a penas de seis meses y quince días a dos años, tres meses y quince días, absuelve a tres y exime de responsabilidad penal a Francisco Alandí mediante la excusa absolutoria del artículo 262.3 del Código Penal. Serafín Castellano es condenado a un año y nueve meses; Vicente Huerta, a dos años, tres meses y quince días en total. Impone nueve meses de prohibición de contratar a varias empresas y fija una responsabilidad civil de 234.133,02 euros. La sentencia se notifica como no firme.
Agosto de 2025
Se informa de que varias empresas condenadas han recurrido
Público informa de que algunas empresas condenadas por el cártel del fuego, entre ellas la sucesora de Avialsa, habían recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la sentencia no era firme y la prohibición de contratar no se aplicaba; añade que la CNMC, alertada desde 2016, no había incoado procedimiento alguno. La fecha corresponde a la publicación (26 de agosto de 2025), no a una resolución judicial. No se ha localizado después resolución del Tribunal Supremo, del resto de recursos ni de la CNMC.