CAM - PP
Descripción del caso
El caso CAM documenta el colapso de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), entidad con sede en Alicante que llegó a ser una de las mayores cajas de ahorros de España. Bajo la dirección general de Roberto López Abad (2001-2011) y la presidencia de Modesto Crespo (2009-2011), la entidad concedió créditos abundantes a promotores inmobiliarios durante el boom del ladrillo y asumió inversiones de riesgo en el Caribe. El Banco de España acordó el 22 de julio de 2011, a solicitud del consejo de la caja, el inicio del proceso de reestructuración, cesó a sus administradores y nombró una comisión gestora; el FROB (dinero público) acordó una inyección de capital de 2.800 millones de euros y una línea de crédito de 3.000 millones. La entidad fue adjudicada el 7 de diciembre de 2011 al Banco Sabadell por el precio simbólico de un euro, con un apoyo del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) —financiado con las aportaciones obligatorias de las entidades de crédito adheridas, no directamente con dinero público— de 5.249 millones de euros para suscribir el 100% del capital de Banco CAM (2.800 millones en diciembre de 2011 más 2.449 millones en junio de 2012; el importe incluía los 2.800 millones previamente comprometidos por el FROB, que el FGD asumió). El FGD otorgó además un Esquema de Protección de Activos (EPA), con un coste máximo de 7.386 millones de euros. En total, el FGD ha desembolsado 12.635 millones de euros para cubrir las pérdidas de la caja —5.249 millones por la suscripción de capital y 7.386 millones por el EPA—, según su informe anual de 2023. Los 12.635 millones son el desembolso bruto del FGD, no un perjuicio penal probado: el mismo informe registra una ayuda neta de 12.599,7 millones, tras 35,3 millones de recuperaciones por comisiones y comercialización de activos. Las magnitudes del FROB y del FGD incluyen importes solapados y no deben sumarse ni presentarse como equivalentes; la línea de crédito de 3.000 millones del FROB es una facilidad de liquidez y no forma parte de los 12.635 millones.
La investigación judicial se desdobló en varias piezas. La principal, por falseo de cuentas, concluyó con la sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de octubre de 2017 (28/2017), que condenó a Roberto López Abad y María Dolores Amorós a 3 años de prisión, a Teófilo Sogorb a 4 años y a Francisco José Martínez a 2 años, 9 meses y un día, por falsedad contable y falsedad en la información a los inversores: en 2011 la caja había presentado un beneficio de 39,7 millones de euros cuando las cuentas elaboradas por el FROB reflejaban pérdidas de 1.163 millones y una morosidad del 19%. El Tribunal Supremo revocó parcialmente esta sentencia (STS 369/2019, de 22 de julio): absolvió a López Abad y a Francisco José Martínez de la falsedad contable del ejercicio 2010, rebajó a 1 año y 6 meses la condena de Amorós por las cuentas de 2011 y fijó en 2 años la de Sogorb por falsedad en la información a los inversores. La pieza de las dietas, instruida en la Audiencia Nacional y derivada a Alicante, terminó con la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante conocida el 20 de noviembre de 2018: Modesto Crespo, que reconoció los hechos, fue condenado a 9 meses de prisión y multa por apropiación indebida por el cobro de 600.000 euros en dietas entre 2009 y 2011 a través de la sociedad participada Tinser Cartera; López Abad fue condenado a 2 años y medio y cuatro exconsejeros (Antonio Gil-Terrón, Luis Esteban, Martín Sevilla y José Forner) a 1 año y medio. El Supremo confirmó estas condenas y rebajó las penas (STS 292/2021, de 8 de abril, notificada el 19 de abril): López Abad quedó en 2 años y los cuatro exconsejeros en 1 año. La pieza de Valfensal-Caribe terminó con la sentencia de la Audiencia Nacional de 15 de diciembre de 2020, que condenó a López Abad y a Daniel Gil Mallebrera a 2 años de prisión y 5 años de inhabilitación por administración desleal en operaciones de crédito a la sociedad Valfensal para adquirir hoteles y parcelas en el Caribe, con responsabilidad civil de 28 millones de euros a favor del FGD (indemnización por el perjuicio, no el total de los créditos concedidos ni un coste añadido al rescate; el informe anual del FGD de 2023 confirma esa indemnización de 28 millones). El Tribunal Supremo confirmó esta condena (STS 436/2023, de 7 de junio, publicada el 13 de junio).
Además, la Audiencia Nacional absolvió en enero de 2021 a María Dolores Amorós, Daniel Gil Mallebrera, Vicente Sánchez Asencio y el empresario Rafael Galea en la pieza sobre la reestructuración de la deuda de la inmobiliaria Hansa Urbana. Fuera del ámbito penal, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional anuló (resolución conocida en agosto de 2025), por prescripción, varias sanciones del Banco de España a antiguos directivos de la CAM, y un juzgado de Alicante condenó (resolución conocida en septiembre de 2026) al Banco Sabadell a devolver unos 6,5 millones de euros a la Fundación Mediterráneo por los pagos realizados a afectados por las cuotas participativas de la caja.
Límites: esta ficha no puede afirmar el cierre global del caso CAM. Junto a las condenas firmes existen pronunciamientos absolutorios (Hansa Urbana y varios acusados del falseo) y, al menos, una pieza más (la derivada de una querella del FGD por operaciones financiadas entre 2004 y 2009, relacionada con la constructora Nyesa en Biescas y con promociones en Benidorm), cuya apertura de juicio oral se conoció el 25 de abril de 2023, con una fianza de 620 millones de euros, y en la que la Fiscalía solicitó la absolución de todos los implicados; no se ha localizado el resultado posterior de ese procedimiento, por lo que no se fija fecha de cierre ni se presume su firmeza. Los cargos que se atribuyen a los implicados son los que ocupaban en la CAM antes de su intervención en 2011, no cargos actuales. Los importes de ayuda pública, perjuicio e indemnizaciones corresponden a conceptos distintos y se detallan por separado.
Resumen
Implicados
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