Financiación ilegal de partidos
Definición
Delito consistente en recibir donaciones o aportaciones destinadas a un partido político que vulneren las disposiciones legales sobre financiación, ya sea por exceder los límites establecidos, provenir de fuentes prohibidas (como empresas que contratan con la Administración) o no figurar en la contabilidad oficial del partido. También se castiga a quien participe en estructuras u organizaciones cuyo principal objetivo sea la financiación ilegal. Este delito fue introducido en el Código Penal en 2015.
Referencia legal
Art. 304 bis del Código Penal y LO 8/2007 de Financiación de Partidos Políticos