Caso SEAT - PSOE
Descripción del caso
El Caso SEAT fue un escándalo de corrupción vinculado a la financiación ilegal del PSOE a través de pagos realizados por directivos de la empresa automovilística SEAT a cambio de la recalificación irregular de terrenos en el Paseo de la Castellana de Madrid. Los hechos se desarrollaron en 1988, en pleno apogeo del gobierno de Felipe González, cuando SEAT necesitaba obtener licencias urbanísticas para acondicionar sus instalaciones en la capital.
El mecanismo del fraude implicó el pago de un talón de 150 millones de pesetas (aproximadamente 901.518 euros) y otros 150.253 euros en metálico por parte del director general de SEAT, Juan Antonio Díaz Álvarez, al ex embajador alemán en España Guido Brunner, quien actuó como intermediario. Brunner, que gozaba de amplias conexiones en los círculos socialistas españoles, canalizó los fondos hacia Aída Álvarez, entonces coordinadora de finanzas del PSOE, y hacia Juan Carlos Mangana, miembro del Comité Electoral del partido. A cambio, Álvarez y Mangana facilitaron que el técnico municipal Arturo García Barbeira informara favorablemente sobre tres licencias que el Ayuntamiento de Madrid debía conceder para obras de mejora y acondicionamiento de los terrenos de SEAT en el Paseo de la Castellana, en el distrito de Chamartín.
El caso salió a la luz en 1993, en el contexto de una oleada de escándalos de corrupción que sacudieron al gobierno socialista durante sus últimos años de legislatura, y fue tramitado como pieza separada del Caso AVE, otro expediente de financiación irregular del PSOE. A pesar de que la Audiencia Provincial de Madrid reconoció en su sentencia de 2007 que los hechos eran probados y que Aída Álvarez había "dirigido todo el negocio de distribución de 901.518 euros como protagonista principal", los acusados fueron absueltos de los delitos de cohecho al haber prescrito sus responsabilidades penales: desde que se produjeron los hechos en 1988 hasta que fueron denunciados en 1993 transcurrieron más de tres años, plazo máximo de prescripción para delitos menos graves en la legislación española de la época. El Tribunal Supremo confirmó estas absoluciones en julio de 2009, aunque reconoció expresamente que Álvarez y Mangana habían favorecido el delito de cohecho mediante su intermediación y la canalización de los pagos a través de cuentas opacas.
Resumen
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