Caso Santa Cruz de Paniagua
PSOECondena por contrataciones municipales irregulares confirmada por el Supremo; absolución por malversación y negociaciones prohibidas.
- Estado judicial
- Condenado
- Coste registrado
- 8000 €
- Implicados
- 1
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
El exalcalde socialista Ángel Cervigón Mota fue condenado por prevaricación continuada en contrataciones municipales de familiares y allegados, incluida su empresa de autobuses. La Audiencia de Cáceres dictó la sentencia 178/2019 el 25 de junio de 2019. El Supremo confirmó la condena mediante la sentencia 741/2021, de 4 de octubre, divulgada por el CGPJ el 18 de octubre. La pena recogida en el fallo de instancia reproducido por el Supremo es de ocho años, seis meses y un día de inhabilitación especial para cargo público y sufragio pasivo, con dilaciones indebidas. Fue absuelto de malversación y negociaciones prohibidas. Los otros dos acusados también fueron absueltos. La ejecución y las identidades completas de estos últimos quedan pendientes de contraste nominal.
Desarrollo y fuentes
La nota oficial distingue a dos hijos del alcalde de dos hijos y el marido de la alguacil municipal. La afirmación anterior de que había contratado a sus cuatro hijos mezclaba ambas familias. También recoge contratos con su empresa de autobuses. Los pagos por servicios no se equiparan a dinero sustraído: el Supremo explica que los trabajos se prestaron efectivamente.
La condena se refiere a decisiones de contratación, no a una condena por cobrar dietas. Se retira el coste de 8.000 euros: no se ha verificado como perjuicio declarado por el tribunal. Tampoco se mantienen como hechos probados la desaparición de la contabilidad digital ni las citas atribuidas a la Fiscalía sin documento contrastado.
La noticia de Radio Interior citada anteriormente para la apertura de diligencias trata de una investigación distinta, anunciada en noviembre de 2021, contra el sucesor de Cervigón, Miguel Carlos González. Se elimina de esta cronología. El reportaje de El Español de noviembre de 2021 describe la auditoría y la denuncia de 2014, pero confunde el 18 de octubre, fecha de la comunicación oficial, con la fecha de la sentencia.
La nota judicial identifica a los otros dos acusados por sus cargos: la alguacil y el asesor que posteriormente fue secretario municipal. Ambos resultaron absueltos. Se retiran sus nombres de la lista hasta obtener una fuente nominal contrastada: los pseudónimos de las transcripciones judiciales no permiten establecer identidades.
Revisión hasta el 17 de octubre de 2026: se han recuperado los originales oficiales de instancia y casación. Se leyeron las páginas 1–3 y 9 del Supremo y 1 y 16–17 de la Audiencia, no los fundamentos íntegros. El Supremo desestima el recurso y advierte que no cabe recurso alguno; ello no documenta por sí solo la ejecución o extinción de la inhabilitación. Permanecen pendientes el contraste nominal de los otros dos absueltos y las actuaciones posteriores de ejecución.
Documentos relevantes
Cronología
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Incoación de las diligencias
Los antecedentes de la sentencia del Supremo sitúan en esta fecha el auto de incoación. El procedimiento de origen fue el abreviado 1050/2014 del Juzgado de Instrucción número 3 de Plasencia.
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Condena de la Audiencia Provincial de Cáceres
Sentencia 178/2019 de la Sección Segunda, rollo 9/2019. Condena por prevaricación continuada y absolución por malversación y negociaciones prohibidas; los otros dos acusados fueron absueltos de prevaricación y malversación. El fallo original y su reproducción en los antecedentes del Supremo coinciden.
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Sentencia del Tribunal Supremo
La STS 741/2021 resuelve el recurso de casación 4128/2019. La nota oficial posterior confirma su desestimación y el mantenimiento de la condena.
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El CGPJ comunica la confirmación de la condena
Fecha de publicación de la nota judicial, distinta de la fecha de la sentencia. Explica la condena por decisiones de contratación y las absoluciones de los otros dos acusados.