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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Caso Plaza de Toros de Calasparra

PSOE

Investigación sobre los festejos taurinos de 2017–2019; archivo de noviembre de 2025 y recurso fiscal ante el Supremo informado en 2026.

Estado judicial
Sobreseído / archivado
Coste registrado
249.630 €
Implicados
4
Firmeza
No firme

Descripción del caso

La causa examinó los convenios y pagos municipales relacionados con Chipé Producciones y los encierros de la Feria Taurina del Arroz de 2017 a 2019. Hubo apertura de juicio oral en 2024, sin condena acreditada. El auto 1103/2025 de la Audiencia de Murcia, de 25 de noviembre, acordó sobreseimiento provisional y archivo sin posibilidad de reapertura por el plazo de instrucción; indicó que no cabía recurso ordinario. En mayo de 2026 se informó del recurso de casación de Fiscalía. Revisión parcial a 17 de octubre de 2026: no se ha recuperado ese recurso ni verificado su admisión o resolución; no se afirma cierre inatacable. Las indemnizaciones solicitadas no se presentan como daños probados.

Desarrollo y fuentes

Contratación de los encierros de Calasparra

La investigación se refería a los festejos de 2017–2019 y a los convenios y pagos entre el Ayuntamiento y Chipé Producciones. Los indicios sobre facturas, gastos de la plaza privada y desembolsos superiores a lo convenido eran la tesis del instructor, no hechos probados en una sentencia condenatoria. Los nombres completos se contrastan con las noticias de admisión y de apertura de juicio oral, sin identificar por conjetura los pseudónimos de CENDOJ. ORM/Europa Press, admisión de la querella; elDiario.es, apertura de juicio oral.

Archivo de 2025 y recurso de casación

El original recuperado es el auto 1103/2025, de 25 de noviembre, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, relativo a DP 110/2021 y apelación 969/2024. Sus páginas 12–13 acuerdan el sobreseimiento provisional y archivo sin posibilidad de reapertura para los cuatro investigados y advierten que no cabe recurso ordinario. El fundamento octavo explica que, al estimar el motivo procesal, no era necesario examinar el fondo. Se han leído cabecera, antecedentes y tramos finales, no íntegramente sus 13 páginas. Auto original.

La nota judicial del 27 de noviembre identifica esa fecha como notificación. El tribunal computó los doce meses desde la providencia del 24 de marzo de 2021, no desde el auto de admisión de querella del 26 de mayo; consideró tardía la primera citación de 23 de noviembre de 2022. Se atribuye esta interpretación a la Audiencia, porque es precisamente el extremo discutido por Fiscalía. Comunicación oficial.

El 11 de diciembre de 2025, SER informó de la preparación de casación y de que Fiscalía consideraba el archivo materialmente equivalente a un sobreseimiento libre. La noticia cita el auto 1121/2025; no se sustituye por ese número el 1103/2025 del original cotejado ni se presume que todas las resoluciones sean idénticas. SER, diciembre de 2025.

En mayo de 2026, SER informó de un recurso formalizado por la Fiscalía del Supremo en febrero. Esto no acredita que el Supremo lo haya admitido o resuelto, ni que la investigación haya sido reabierta. Se conserva la advertencia literal de falta de recurso ordinario del auto y no se presenta como una prohibición absoluta de la casación intentada. SER, mayo de 2026.

Importes y procedimientos distintos

La acusación pública solicitaba en 2024 una indemnización conjunta y solidaria de 249.630 euros; la popular la cifraba en 367.096 euros. Son pretensiones alternativas sobre el perjuicio alegado, no daños fijados judicialmente ni cantidades que puedan sumarse o multiplicarse por los acusados. Tampoco las penas solicitadas —incluidos ocho años y seis meses de prisión para los responsables municipales según la noticia— fueron condenas. Por ello se elimina la cuantificación del coste. Peticiones de las acusaciones.

ORM informó en julio de 2026 de la reapertura de otra investigación, sobre contratación de actos culturales de 2010–2020 y resuelta por la Sección Tercera. La propia noticia distingue esa causa del archivo de la Feria Taurina del Arroz y su recurso fiscal. No se traslada aquella reapertura a este procedimiento. ORM, julio de 2026.

Corte:17 de octubre de 2026. No se han recuperado el escrito de casación, el auto 1121/2025 mencionado por SER ni una resolución posterior del Supremo que determine la admisión o el resultado del recurso. Tampoco se ha verificado una condena, una indemnización impuesta o ejecución patrimonial en esta causa. La revisión permanece incompleta. La creación técnica del PDF en octubre de 2026 no es la fecha del auto.

Documentos relevantes

  • Auto 1103/2025 de la Audiencia de Murcia: archivo de DP 110/2021 (AAP MU 2038/2025)

    2025 · PDF · 13 páginas

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Cronología

  1. Providencia que la Audiencia toma como inicio del plazo

    El auto de 2025 fija el inicio del cómputo en esta providencia. Es una conclusión discutida por Fiscalía en el recurso posterior; no se equipara a la fecha de admisión de la querella.

  2. Admisión de la querella

    Fecha identificada en el auto de 2025. La distinción entre esta admisión y la providencia de marzo es central para el cómputo del plazo de instrucción.

  3. Continuación por procedimiento abreviado

    El auto original de apelación identifica esta fecha del auto instructor y la desestimación de la reforma de 15 de octubre de 2024. Su apreciación de indicios no fue condena.

  4. Comunicación de apertura de juicio oral

    Fecha de publicación de elDiario.es sobre el auto notificado ese día. Las penas y responsabilidades civiles eran solicitudes de las acusaciones, no pronunciamientos condenatorios.

  5. Sobreseimiento provisional sin posibilidad de reapertura

    Auto 1103/2025: estima la apelación, deja sin efecto los autos de procedimiento abreviado y reforma y archiva para los cuatro investigados. Indica que no cabe recurso ordinario. Fue notificado y comunicado el 27 de noviembre.

  6. Información sobre preparación del recurso fiscal

    SER informa de que Fiscalía solicita admitir casación y expedir testimonios. No se convierte la noticia en resolución de admisión del Supremo.

  7. Información sobre casación formalizada

    SER informa de que Fiscalía del Supremo formalizó el recurso en febrero de 2026. La fecha de este hito es la publicación; falta cotejar el escrito y su resultado.