Caso Grandas de Salime: maquinaria de la patata y gestión municipal
PSOEDenuncia sobre maquinaria municipal y gestión de Grandas; sobreseimiento provisional confirmado en 2015 según transcripción oficial, con evolución posterior sin acreditar.
- Estado judicial
- Sobreseído / archivado
- Coste registrado
- 60.000 €
- Implicados
- 3
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
El expediente DP 133/14 del Juzgado de Instrucción de Castropol examinó una denuncia contra Eustaquio Revilla, Julia Pládano y la secretaria municipal Ana Isabel González Iglesias sobre la maquinaria municipal de selección y envasado de patatas y otros aspectos de gestión. RTPA documenta la declaración del entonces alcalde como imputado el 15 de mayo de 2014 y su negativa a haber cometido irregularidades.
El acta municipal de 23 de julio de 2015 transcribe el auto 478/2015 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo, que confirmó el sobreseimiento provisional de 27 de octubre de 2014 y el rechazo de la reforma de 22 de diciembre. La transcripción no considera acreditado el uso exclusivo y excluyente de la maquinaria y recoge el pago de 696 euros por su uso entre 2010 y 2013. No es una condena ni una absolución tras juicio. Los 60.000 euros aparecen en el recurso como estimación del coste de adquirir el dispositivo, no como daño declarado. No se ha obtenido el original judicial ni se han acreditado firmeza, reapertura o resoluciones posteriores hasta el 17 de octubre de 2026. El antiguo procedimiento contable contra otro secretario-interventor no acredita responsabilidad de los denunciados en este expediente.
Desarrollo y fuentes
La noticia de RTPA de mayo de 2014 acredita una actuación judicial concreta: el entonces alcalde declaró como imputado por la denuncia relativa a la maquinaria y negó haber cometido irregularidades. Una denuncia y una declaración en instrucción no prueban por sí mismas la comisión de un delito. No se mantiene la descripción anterior del aprovechamiento privado como hecho judicialmente acreditado.
La fuente principal sobre el resultado localizado es el acta oficial del pleno de 23 de julio de 2015, cuyas páginas 8–11 transcriben la resolución de la Audiencia. Es un documento municipal auténtico, no la copia original del auto judicial. Se distinguen en él la transcripción del auto y las intervenciones del alcalde que interrumpen su lectura: las valoraciones políticas del regidor sobre el denunciante no se atribuyen al tribunal.
La transcripción identifica DP 133/14, el sobreseimiento provisional de 27 de octubre de 2014, la desestimación de la reforma el 22 de diciembre y el auto 478/2015 de la Sección Segunda de la Audiencia de Oviedo. El dispositivo confirma ambas resoluciones y declara las costas de oficio. No se da al auto de la Audiencia el 28 de mayo de 2015 como fecha de dictado: el acta solo menciona ese día como señalamiento para resolver.
Sobre la maquinaria, la resolución transcrita no estima probado el uso exclusivo y excluyente ni que se negara el servicio a otro agricultor. Recoge certificación de un pago de 696 euros por su utilización entre 2010 y 2013. Los 60.000 euros se exponen como un argumento del recurso sobre lo que habría costado adquirir el equipo; no se convierten en daño público, beneficio penalmente acreditado o suma de subvenciones verificada. Se elimina por ello el coste de 60.000 euros y la afirmación de que la máquina fue utilizada exclusivamente por el alcalde y su socia.
La resolución trata también las alegaciones sobre terrenos, presupuestos y el complemento específico de la secretaria, y considera insuficientes los argumentos para continuar. No se presenta el aumento retributivo denunciado como delito probado. Los cargos que figuran en la ficha son los de las actuaciones históricas, sin afirmar que esas personas sigan ocupándolos en 2026.
Hay dos asuntos que no deben confundirse con este resultado. La noticia de 2012 sobre una concejala absuelta de calumnias se refiere a expresiones vertidas en un pleno, no a una condena del alcalde por el uso de la máquina. Tampoco el antiguo procedimiento contable contra un secretario-interventor permite atribuir al alcalde, la edil o la secretaria de DP 133/14 una responsabilidad de 97.910,23 euros: no se ha verificado aquí el original de esa causa distinta y no se agrega su cuantía al caso de la patata.
A 17 de octubre de 2026 faltan el auto judicial original y la comprobación de su firmeza o posibles actuaciones posteriores. El resultado documentado es un sobreseimiento provisional confirmado según transcripción oficial, no una investigación actual presumida por falta de noticias ni una absolución definitiva. Se omiten los días de concesión y constitución de la cooperativa que no han podido verificarse.
Documentos relevantes
- Ver
Acta municipal que transcribe el auto 478/2015 sobre DP 133/14 (no es el original judicial)
2015 · PDF · 27 páginas
Cronología
- Alta relevancia
Ordenanza sobre el uso de la maquinaria
La resolución transcrita en el acta municipal identifica esta ordenanza como regulación de la tasa para usar el dispositivo de envasado. No considera probado que se impidiera el acceso a otros agricultores.
- Alta relevancia
Declaración del alcalde en Castropol
RTPA informa de que Revilla declaró esa mañana como imputado por un supuesto uso ilícito de fondos públicos relacionado con una subvención y una envasadora de patatas. Aportó documentación, negó irregularidades y pidió el archivo. No se mantiene el año 2013 como fecha de esta declaración.
- Alta relevancia
Sobreseimiento provisional en Castropol
Los antecedentes judiciales transcritos en el acta de 2015 fechan ese día el sobreseimiento provisional de DP 133/14. No se equipara a absolución ni se afirma su firmeza posterior sin original.
- Alta relevancia
Rechazo del recurso de reforma
La transcripción oficial identifica este auto como desestimación del recurso del denunciante contra el sobreseimiento, que después fue apelado ante la Audiencia.
- Alta relevancia
El pleno conoce la confirmación del sobreseimiento
El acta de la sesión reproduce el auto 478/2015, rollo 128/15, que desestima la apelación y confirma las resoluciones de Castropol, con costas de oficio. Esta es la fecha del pleno, no una fecha atribuida al auto de la Audiencia. El 28 de mayo aparece solo como señalamiento para resolver.
Casos relacionados
Plasenzuela
PSOEInvestigación de la gestión municipal de Plasenzuela; archivo provisional referido en fuente secundaria, pendiente de verificar con el auto.