Caso Divalterra (Caso Alquería)
PSOEAbsolución de los acusados por contrataciones de alta dirección en Divalterra, confirmada en apelación y declarada firme según información del TSJCV difundida en enero de 2024.
- Estado judicial
- Absuelto
- Coste registrado
- 1,1 millones €
- Implicados
- 15
- Firmeza
- Firme
Descripción del caso
El caso Alquería examinó las contrataciones de alta dirección de Divalterra, antigua Imelsa, empresa pública dependiente de la Diputación de Valencia, entre 2015 y 2018. Las acusaciones atribuían a sus responsables la creación de puestos para personas afines al PSPV-PSOE y Compromís y reclamaban penas por prevaricación, malversación y falsedad documental. Esa tesis acusatoria no quedó acreditada en los términos necesarios para una condena: los puestos ficticios y el supuesto perjuicio no se presentan como hechos delictivos probados.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia absolvió a los catorce acusados en la sentencia 255/2023, de 30 de mayo. Consideró que los contratados realizaron trabajo efectivo, no tuvo por acreditado un perjuicio económico y apreció dudas razonables sobre la prevaricación. El TSJCV desestimó el recurso de la Fiscalía mediante sentencia 330/2023, de 12 de diciembre, difundida el día 14. Europa Press informó el 15 de enero de 2024, citando fuentes del TSJCV, de la declaración de firmeza por no haberse interpuesto casación. La firmeza se respalda en esa comunicación, aunque no se ha recuperado su resolución original.
Pau Pérez había sido absuelto separadamente al inicio del juicio, el 19 de septiembre de 2022, tras retirarse la acusación que lo mantenía en el banquillo. No se confunde su situación con el fallo posterior sobre los catorce restantes. Los importes salariales y las indemnizaciones solicitadas no equivalen a daño declarado. Quedan pendientes los originales de la absolución inicial de Pérez y de la declaración de firmeza; no se documentan aquí posibles reclamaciones posteriores por el proceso.
Desarrollo y fuentes
La sentencia de primera instancia y la sentencia de apelación corresponden a las contrataciones de alta dirección de Divalterra entre 2015 y 2018. No se trasladan a este procedimiento los resultados de otras investigaciones relativas a Imelsa o Taula. Los hechos y las pretensiones acusatorias deben leerse a la luz del fallo absolutorio: no quedó acreditado un perjuicio económico por el nuevo modelo y los contratados desempeñaron funciones efectivas. No se utiliza como coste el importe de 1,12 millones que recogía la ficha anterior.
La crónica de la primera sesión diferencia la absolución oral de Pau Pérez de la continuidad del proceso para catorce personas. Su listado nominal, junto a Europa Press, permite identificar a los acusados sin reconstruir los seudónimos del PDF judicial. La relación heredada confundía personas y omitía a Jorge Cuerda, Xavier Simó y Víctor Jiménez; no se atribuye a José Luis Vera ni a Lucas Ferrando el fallo de los catorce sin prueba individual.
La apelación se resolvió el 12 de diciembre de 2023; el CGPJ informó el 14. La declaración de firmeza difundida por Europa Press es posterior y se apoya en fuentes del TSJCV, no en una deducción por falta de noticias. Falta recuperar su original y el pronunciamiento de septiembre de 2022 sobre Pérez; tampoco se acreditan posibles procedimientos indemnizatorios posteriores.
Documentos relevantes
Cronología
-
Inicio del juicio y absolución de Pau Pérez
SER informa de la primera sesión y de la absolución oral de Pau Pérez tras la retirada de las acusaciones populares, únicas que lo acusaban. Continúa el juicio para otros catorce acusados.
-
La Audiencia absuelve a los catorce acusados
La Sección Primera dicta la sentencia 255/2023. Absuelve de los delitos atribuidos, declara de oficio las costas y deja sin efecto las medidas cautelares. No aprecia daño económico acreditado por las contrataciones.
-
Se conoce el recurso de la Fiscalía
Europa Press informa de la apelación de Anticorrupción contra la absolución. PP y Acción Cívica no recurren. Fecha de publicación, sin atribuirla a la presentación del escrito.
-
El TSJCV confirma la absolución
La sentencia 330/2023 desestima la apelación de la Fiscalía y confirma la sentencia. En ese momento cabía preparar casación. La nota del CGPJ se publica dos días después.
-
Se conoce la declaración de firmeza
Europa Press informa, citando fuentes del TSJCV, de que se ha declarado firme la absolución de los catorce al no interponerse casación dentro de plazo. No se asigna esta fecha de noticia al acto sin disponer de su resolución.
Casos relacionados
Caso Brugger
PPExdirectora general de Función Pública de la Generalitat Valenciana (PP), absuelta penalmente por los hechos del examen de 2018 y sancionada administrativamente con traslado forzoso; el TSJ revocó las costas impuestas a CGT y no se ha comprobado el estado final de la sanción administrativa
Regalos a Barberá como contexto y pieza A de Taula: archivos del pitufeo, dos condenas y dos absoluciones en 2024; casación sin resultado acreditado.
IVAM: condena de conformidad por usar medios del museo para promover al hijo de Císcar y absolución de los tres acusados por las obras de Rueda. Indemnización de 75.000 euros en la primera pieza; original de la condena y seguimiento de ejecución pendientes.
Caso Imarol
PPCondena de Olivas y Vicente Cotino por una factura falsa deducida como gasto fiscal