Caso Benferri
PSOEAbsolución por prevaricación sobre reparos de dietas y condena por acoso al secretario-interventor, firme según Europa Press; ejecución pendiente de cotejo.
- Estado judicial
- Resultados mixtos
- Coste registrado
- 42.576 €
- Implicados
- 1
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Luis Vicente Mateo, alcalde de Benferri (PSPV-PSOE), fue absuelto en el procedimiento por prevaricación relacionado con la retirada del registro de reparos sobre dietas y desplazamientos. Diario de la Vega publicó la absolución del Juzgado de lo Penal número 1 de Orihuela el 4 de septiembre de 2018: la resolución apreció una actuación administrativamente ilegal, pero no el grado de arbitrariedad penal exigido, y consideró justificados los gastos. No debe presentarse ese procedimiento como una condena por dietas irregulares.
En otro procedimiento, el Juzgado de lo Penal número 3 de Orihuela lo condenó por acoso laboral al secretario-interventor. Europa Press publicó el fallo el 21 de marzo de 2023 y lo situó en febrero de ese año, sin precisar el día. Según esa información, los hechos probados situaban el inicio del hostigamiento en septiembre de 2011, no después de los reparos de 2014. La pena fue de cuatro meses de prisión, con inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante la condena y una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La indemnización ascendió a 42.575,54 euros, con responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento.
Europa Press informó en octubre de 2025 de una providencia del Tribunal Supremo de 10 de julio de 2025 que inadmitió la casación y contra la que no cabía recurso. Esta ficha atribuye a esa información la firmeza de la condena: no se ha obtenido la providencia original ni la resolución intermedia de apelación. Tampoco se ha verificado la ejecución de la prisión ni el pago de la indemnización. Una referencia de marzo de 2026 sobre su asunción municipal permanece pendiente de lectura y comprobación documental al corte del 17 de octubre de 2026.
Desarrollo y fuentes
Dos procedimientos y resultados diferentes
La absolución por prevaricación relativa a los reparos de dietas debe distinguirse de la condena por acoso laboral. La información de Diario de la Vega de 4 de septiembre de 2018 recoge la absolución y la justificación de los gastos. Se retiran las afirmaciones heredadas que calificaban las dietas como penalmente irregulares o atribuían una contratación externa sin fuente revalidada.
La información directa de Europa Press de 21 de marzo de 2023 sitúa la querella por acoso en febrero de 2017 y el comienzo del hostigamiento descrito en la sentencia en septiembre de 2011. Resume aislamiento del funcionario, desautorizaciones públicas, obstáculos a su trabajo y comunicaciones a través de la Policía Local, con tres bajas entre 2015 y 2018. La sentencia es de febrero de 2023; el 21 de marzo es la fecha de publicación. No se asigna un día ficticio al inicio de los hechos o a la sentencia.
Indemnización y ejecución
El campo coste recoge únicamente los 42.575,54 euros de daños personales indemnizables comunicados por Europa Press: 38.660,80 por curación y 3.914,74 por secuelas. No representa dinero sustraído, una multa ni gasto municipal ya ejecutado. La responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento no añade otra indemnización por igual importe. Los gastos de dietas objeto del procedimiento absolutorio no se suman a este daño. No se ha verificado la aclaración sobre intereses ni su liquidación.
El índice de Habilitados Nacionales enlaza, con fecha 31 de marzo de 2026, una noticia de Información sobre la indemnización municipal. Solo se ha leído el título en ese índice; el cuerpo está bloqueado. Quedan por contrastar el eventual acuerdo municipal, su alcance y el pago efectivo. Esa referencia no acredita por sí sola un desembolso.
Límites de la revisión al 17 de octubre de 2026
No se han obtenido los originales de la absolución, la sentencia por acoso, la apelación o la providencia del Supremo. La firmeza se atribuye a la información de Europa Press, que dice haber consultado la providencia de inadmisión y comunica que no cabía recurso. No se infiere el cumplimiento de la prisión, su suspensión o sustitución, ni el cierre de toda ejecución. Por eso no se fija una fecha final global y completado permanece en falso.
documentos: [] indica que no se ofrece un original judicial verificable. Se omiten nombres de terceros y detalles procesales heredados que no se han revalidado mediante cuerpos accesibles. Las fechas de las entradas de 2017, 2018 y 2023 corresponden a publicaciones, expresamente diferenciadas de los actos. La ruta histórica beniferri se conserva, aunque el municipio se denomina Benferri.
Cronología
- Alta relevancia
Publicación de la apertura de juicio por prevaricación
Alicante Plaza, con información de EFE, publica la apertura de juicio oral por la retirada del registro de reparos relativos a dietas y kilometraje. La noticia sitúa el auto en el 12 de diciembre y los reparos en octubre de 2014. La Fiscalía solicitaba nueve años de inhabilitación y el PP, diez. Son peticiones de acusación, anteriores a la absolución; la fecha de esta entrada corresponde a la publicación, no al auto.
- Alta relevancia
Publicación de la absolución por prevaricación
Diario de la Vega informa de que el Juzgado de lo Penal número 1 de Orihuela absuelve a Mateo: la retirada de los reparos del registro no alcanzó la arbitrariedad necesaria para la prevaricación penal. La información recoge que los gastos estaban justificados y que el pleno terminó aprobando la modificación presupuestaria. La fecha corresponde a la noticia; no se ha cotejado la fecha del fallo ni un eventual recurso.
- Alta relevancia
Se conoce la condena por acoso laboral dictada en febrero
Europa Press publica una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Orihuela dictada en febrero de 2023, sin día precisado. Impone cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante la condena, con dilaciones indebidas muy cualificadas. Fija 38.660,80 euros por días de curación y 3.914,74 por secuelas psicológicas, con responsabilidad civil subsidiaria municipal. La noticia recoge la posibilidad de apelación ante la Audiencia de Alicante y una solicitud de aclaración relativa a los intereses de la responsabilidad civil.
- Alta relevancia
Inadmisión de la casación según la providencia consultada por Europa Press
Europa Press informó el 15 de octubre de 2025 de una providencia del Tribunal Supremo de 10 de julio que inadmitió el recurso de casación de Mateo y contra la que no cabía recurso. Mantiene la condena a cuatro meses y la indemnización de 42.575,54 euros. Se conserva la fecha del acto expresamente identificada por la agencia, sin convertir la inadmisión en una nueva sentencia sobre el fondo ni afirmar que se haya ejecutado la pena o pagado la responsabilidad civil.