Caso Alonso de León
PSOECondena de cuatro años de inhabilitación por contratación municipal sin proceso selectivo; posterior litigio administrativo sobre las nóminas cobradas tras la condena.
- Estado judicial
- Condenado
- Coste registrado
- Sin determinar
- Implicados
- 2
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Manuel Valeriano Alonso de León, alcalde de Camariñas por el PSOE, fue condenado a cuatro años de inhabilitación por prevaricación administrativa continuada en la contratación municipal de José Luis Rodríguez Tajes sin proceso selectivo, según la información de 2017 y la memoria oficial del Consello Consultivo. La prensa informó en agosto de 2018 de la confirmación en apelación. Dimitió el 24 de agosto de 2018. En un procedimiento administrativo posterior, el TSXG desestimó en 2025 su recurso relativo al reintegro de nóminas cobradas tras la condena. Faltan los originales penales y la comprobación de firmeza y recursos posteriores; se ha recuperado el original administrativo de 2025, pero faltan su eventual casación y seguimiento posterior. La revisión hasta el 17 de octubre de 2026 permanece incompleta.
Desarrollo y fuentes
Contratación y condena penal
La información de La Voz de Galicia de mayo de 2017 sitúa las contrataciones entre mayo y diciembre de 2012: tres decretos para servicios múltiples, sin convocatoria de selección y pese a los reparos municipales. La Fiscalía pidió ocho años de inhabilitación; la pena impuesta fue de cuatro, con atenuante de dilaciones indebidas. La identidad del trabajador procede de esa información nominal, no de descifrar pseudónimos judiciales.
La memoria oficial del Consello Consultivo, apartado 3.9, recoge la condena por prevaricación continuada y concreta la inhabilitación para alcalde, teniente de alcalde, concejal y cargos de naturaleza electiva o participación en gobierno municipal, además de la incapacidad para obtenerlos durante la condena. Separa los efectos de incompatibilidad electoral de la firmeza penal: el recurso no impedía por sí solo esos efectos. La confirmación en apelación se contrasta en prensa; no se presenta como prueba independiente de firmeza.
Procedimiento posterior sobre las nóminas
La revisión de oficio de las retribuciones percibidas tras la condena originó un procedimiento administrativo posterior. La memoria oficial explica la nulidad parcial de los decretos de nóminas por faltar el requisito para percibirlas como alcalde. La sentencia original del TSXG de 7 de mayo de 2025 confirma el rechazo de la impugnación del exalcalde. La información nominal de La Voz de junio de 2025 enlaza este resultado con Alonso de León y señala que el dinero ya se había reintegrado; no se identifica al recurrente a partir del pseudónimo «Daniel» del original judicial.
Los 68.956,86 euros publicados en noviembre de 2023 corresponden al reintegro de nóminas controvertido, no a un perjuicio penal cuantificado por las contrataciones. No se incorporan como coste ni se suman a cifras de otros procedimientos. La causa de los seguros municipales es distinta y sus penas o importes no se trasladan a esta ficha.
Documentación y límites
Se han comprobado por GET el PDF oficial de la Memoria 2021 y sus 208 páginas; se han leído la introducción sobre su aprobación el 15 de junio de 2022 y el apartado 3.9 completo (páginas 113–118), con comprobación visual de la página 113. La fecha de aprobación de la memoria no es la del dictamen CCG 160/2021 que resume. No se afirma haber leído las 208 páginas.
Faltan los originales de la sentencia penal y de su apelación. Hay diferencias en las referencias temporales: la memoria sitúa la sentencia penal el 4 de abril de 2017, mientras la noticia de La Voz sitúa el juicio ese día y su difusión en mayo. Las noticias de agosto no permiten fijar por sí solas la fecha del fallo de apelación. El original del TSXG de 2025 conserva referencias discordantes a los juzgados penales nº 3 y nº 4 y al año del dictamen. Además, sitúa el 4 de abril de 2017 como notificación, mientras la memoria lo recoge como fecha de sentencia y la prensa como fecha de juicio: faltan los originales penales para resolver esa diferencia. Del original administrativo de siete páginas se han cotejado cabecera, antecedentes, relación de hechos y fallo; la lectura de las alegaciones de las partes es parcial. Confirma el rechazo de la apelación y prevé casación, pero no acredita su interposición, resultado ni firmeza posterior hasta el 17 de octubre de 2026. Por ello la ficha permanece incompleta.
Documentos relevantes
Cronología
- Alta relevancia
Difusión de la condena de cuatro años de inhabilitación
La prensa difundió la condena del Juzgado de lo Penal nº 3 por contratar sin proceso selectivo. La fecha de difusión no se identifica con la fecha del fallo: la memoria del Consello Consultivo lo fecha el 4 de abril de 2017.
- Alta relevancia
Información de la confirmación en apelación
Adiante Galicia informó del rechazo del recurso y de la confirmación de los cuatro años de inhabilitación. Esta es la fecha de la noticia; no se utiliza como fecha judicial del fallo de la Audiencia, cuyo original está pendiente.
- Alta relevancia
Dimisión en el pleno municipal
Alonso de León renunció a la alcaldía. La información de Europa Press publicada por Galiciapress anunciaba que Sandra Insua le sustituiría y preveía su toma de posesión en septiembre; no acredita una investidura ese mismo día.
- Alta relevancia
Desestimación del recurso sobre las nóminas
El original de la sentencia posterior del TSXG fecha el fallo del Contencioso nº 3 el 14 de noviembre de 2023. La prensa del día 17 informó de que el exalcalde ya había reintegrado 68.956,86 euros y recurría para recuperarlos. Es una controversia administrativa distinta de la contratación penal.
- Alta relevancia
El TSXG rechaza la apelación sobre el reintegro
La sentencia 298/2025, recurso 55/2024, desestima la apelación contra la sentencia del Contencioso nº 3 de 14 de noviembre de 2023. El fallo permite casación si existe interés casacional; no se ha acreditado su tramitación posterior. La Voz difundió el resultado el 7 de junio.