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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Caso Torre Pacheco

PP

Condenas por adjudicaciones de proyectos sin expediente, confirmadas por el Supremo en 2015 y 2022; importes contractuales distintos de daño patrimonial.

Estado judicial
Resultados mixtos
Coste registrado
776.500 €
Implicados
5
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

La ficha reúne dos procedimientos sobre adjudicaciones de proyectos técnicos sin tramitar los expedientes de contratación exigidos en Torre Pacheco. En el primero, la Audiencia de Murcia condenó el 22 de julio de 2014 a Daniel García Madrid, José Saura Meroño y Santiago Meroño León a diez años de inhabilitación por prevaricación administrativa continuada. Francisco Cavas García recibió cinco años y seis meses y Miguel Pérez Martínez seis años y seis meses, ambos como cómplices, no como cooperadores necesarios. El Supremo desestimó los recursos el 1 de julio de 2015.

En el segundo, relativo a quince adjudicaciones de 2004–2007 a otros profesionales por 511.355,73 euros, la sentencia de 20 de febrero de 2020 condenó a García Madrid y Meroño a seis meses de inhabilitación, respectivamente para alcalde y concejal u otros cargos locales análogos que impliquen participar en el gobierno municipal, y absolvió a otros seis acusados. El Supremo confirmó ese resultado el 23 de junio de 2022, no el 1 de julio. Explicó que la pena se calculaba considerando unitariamente la continuidad delictiva y descontando la pena anterior.

Los importes contractuales no se presentan como dinero sustraído ni daño probado. La dimisión se anunció en julio de 2014, no en 2013. Revisión parcial al 17 de octubre de 2026: se han recuperado ambas sentencias del Supremo, con lectura íntegra de la de 2022 y parcial de la de 2015; quedan pendientes la ejecución, eventuales actuaciones posteriores y la comprobación histórica completa. No se extiende este resultado a Camelot o a investigaciones sobre Polaris World.

Desarrollo y fuentes

Esta revisión se centra en las adjudicaciones de proyectos técnicos. No mantiene como hechos de estas sentencias las imputaciones urbanísticas de 2008, las permutas con Polaris World ni la prisión provisional de Ramón Cabrera. Esos antecedentes requieren una revisión separada y no permiten presentar como condenado a quien solo figuraba investigado. La referencia inicial de la ficha al año 2008 no se usa para fechar este conjunto de condenas: el año 2005 identifica el comienzo del periodo de adjudicaciones del primer procedimiento, sin fijar una fecha única de apertura para ambos procedimientos.

Los dos originales del Supremo están anonimizados. Los nombres de los cinco condenados de 2014 proceden de la nota judicial nominal; los de los dos recurrentes de 2022 se contrastan con elDiario.es, sin convertir seudónimos en identidades por inferencia. La sentencia de 2022 reproduce también seis absoluciones de instancia, pero esta ficha no les asigna identidades sin una fuente nominal contrastada.

La STS 630/2022 explica por qué los seis meses se añaden a la pena anterior: trata los hechos susceptibles de continuidad delictiva de manera unitaria y descuenta los diez años ya impuestos. No significa que se impusieran diez años nuevos en cada procedimiento. El fallo de 2022 dice que no cabe recurso; la firmeza de la condena anterior aparece expresamente mencionada en su fundamentación y antecedentes. Eso no equivale a acreditar ejecución, extinción o ausencia de actuaciones constitucionales posteriores.

No se incorpora un daño patrimonial cuantificado. El primer original recoge 776.522 euros de contratos, frente a los 776.500 redondeados de la ficha anterior; contiene además una discrepancia interna de transcripción en un pasaje, que no se resuelve convirtiendo ninguna cifra en daño. El segundo recoge 511.355,73 euros. Son importes contractuales de procedimientos distintos, no indemnizaciones ni dinero declarado sustraído. No se suman entre sí ni a estimaciones de otras causas; tampoco se suman las costas.

La noticia de dimisión de julio de 2014 corrige la afirmación heredada de 2013. Tampoco se adopta la referencia de otra noticia de 2015 a junio de 2014: la información contemporánea del anuncio es de 23 de julio. Falta cotejar el acta de toma de conocimiento por el pleno.

Con corte al 17 de octubre de 2026, la revisión sigue parcial: falta la lectura íntegra de los fundamentos y la relación de contratos de la sentencia de 2015, reconstruir los primeros trámites y comprobar ejecución y eventuales actuaciones posteriores. Se han verificado los PDF remotos de 19 y 9 páginas incluidos en documentos. Su exportación en octubre de 2026 no altera las fechas judiciales de 2015 y 2022. fechaFin permanece vacía para no certificar un cierre de ejecución que no se ha contrastado.

Documentos relevantes

  • Tribunal Supremo, sentencia 512/2015 (ECLI:ES:TS:2015:3502)

    2015 · PDF · 19 páginas

    Ver
  • Tribunal Supremo, sentencia 630/2022 (ECLI:ES:TS:2022:2622)

    2022 · PDF · 9 páginas

    Ver

Cronología

  1. Alta relevancia

    Apertura del segundo procedimiento

    La STS 630/2022 recoge que este procedimiento se incoó por auto de 1 de marzo de 2013, con aportación de documentos. Se refiere a las adjudicaciones examinadas en 2020, no a la fecha de apertura de la primera causa.

  2. Alta relevancia

    Primera condena por prevaricación continuada

    La Sección Quinta condena al alcalde y dos concejales a diez años de inhabilitación, al arquitecto Cavas a cinco años y seis meses y al interventor Pérez a seis años y seis meses como cómplices. El Supremo reproduce el fallo de esta fecha; la nota judicial identifica nominalmente a los cinco condenados.

  3. Alta relevancia

    Se anuncia la dimisión del alcalde y dos concejales

    La Sexta informa de que García Madrid, Santiago Meroño y José Saura han presentado su dimisión tras la condena y anuncian recurso. No se conserva el año 2013 heredado ni se confunde el anuncio con la fecha de toma de conocimiento por el pleno, no cotejada en original.

  4. Alta relevancia

    El Supremo desestima los cinco recursos

    La STS 512/2015 confirma la condena de 22 de julio de 2014 al desestimar los recursos e imponer las costas a los recurrentes. La sentencia de 2022 se refiere expresamente a la condena anterior como firme; no se deduce de ello que las penas estuvieran cumplidas.

  5. Alta relevancia

    Segundo procedimiento: dos condenados y seis absueltos

    La sentencia 29/2020 de la Sección Quinta condena al exalcalde y al exconcejal de Urbanismo a seis meses de inhabilitación y absuelve a otros seis acusados. El relato recoge quince adjudicaciones por 511.355,73 euros. Los seis meses tienen en cuenta la pena impuesta en la causa anterior, no una suma automática de nuevas penas máximas.

  6. Alta relevancia

    Confirmación de los seis meses de inhabilitación

    La STS 630/2022 desestima el recurso de los dos condenados y les impone las costas. El fallo declara que no cabe recurso. La noticia del 14 de julio de 2022 corresponde a la difusión periodística, no a la fecha de la sentencia.

Casos relacionados

Absuelto

Permuta de terrenos municipales con una sociedad de Polaris World en Torre Pacheco: la condena de 2018 al exalcalde fue revocada y sustituida por absolución en apelación, según prensa de marzo de 2019. Original y firmeza pendientes de verificar.

2008
Torre Pacheco, Región de Murcia
6 M€ registrados
2 implicados