Caso TG7 - PP
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Descripción del caso
El Caso TG7 investiga las irregularidades cometidas en la gestión de la televisión municipal de Granada (TG7) entre 2013 y 2015, cuando el concejal del Partido Popular Juan Antonio Fuentes, responsable político del servicio de radio-televisión municipal, firmó un convenio irregular con la empresa productora CBM SL (perteneciente al Grupo Secuoya) por valor de 864.121 euros. La investigación judicial determinó que Fuentes autorizó pagos extraordinarios por servicios complementarios al contrato original sin seguir los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, causando un grave perjuicio económico al Ayuntamiento de Granada.
El núcleo de la trama consistía en un sistema de financiación paralelo denominado "pago por patrocinio" mediante el cual empresas públicas municipales como Emasagra (aguas), Inagra (basuras) y Granada Educa (educación) pagaban facturas de publicidad directamente a la productora CBM sin que estos gastos quedaran reflejados en la contabilidad municipal. Según la investigación, esta fórmula de gestión fue diseñada para evadir el control de la Intervención Municipal, ya que ni los gastos ni los ingresos se registraban en la contabilidad pública. Los informes técnicos municipales documentaron que CBM reconoció haber recibido anticipos superiores a 300.000 euros sin que pasaran por la contabilidad del Ayuntamiento, lo que constituye una grave irregularidad en el manejo de fondos públicos.
El 1 de julio de 2015, Juan Antonio Fuentes firmó en un solo día un convenio y todas las facturas acumuladas desde enero de 2013, obligando al Ayuntamiento a pagar una deuda de más de 864.000 euros por servicios que no estaban contemplados en el contrato original de 2011. La Fiscalía sostiene que Fuentes carecía de competencias para suscribir dicho convenio, pues esa atribución correspondía a la Junta de Gobierno Local, y que actuó con plena consciencia de estar vulnerando la normativa de contratación pública. Entre los pagos irregulares destaca una transferencia de 60.000 euros de Emasagra para la retransmisión de las Campanadas de Fin de Año, operación que se realizó al margen de los procedimientos reglamentarios.
Tras el juicio celebrado en noviembre de 2023, la Audiencia Provincial de Granada absolvió a Fuentes argumentando que no estaba "debidamente probado" que conociera su falta de autorización legal para ejecutar el convenio. Sin embargo, en abril de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló esta sentencia absolutoria por considerarla deficiente, señalando que el tribunal no valoró "ninguno de los informes técnicos emitidos" ni las pruebas practicadas, y ordenó la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal distinto. El caso permanece activo y pendiente de resolución judicial definitiva, con la Fiscalía manteniendo su petición de 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para el exconcejal del PP.