Púnica / Contratos públicos
PPContratación municipal, eficiencia energética y festejos investigados en piezas distintas de Púnica; condenas, absoluciones y exclusiones con alcance individual y recursos pendientes de contraste completo.
- Estado judicial
- Resultados mixtos
- Coste registrado
- 250 millones €
- Implicados
- 14
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Esta ficha reúne las piezas 5 (contratación municipal), 6 (Cofely, eficiencia energética) y 7 (Waiter Music, festejos) de Púnica, con resultados distintos por persona. En Cofely, la sentencia de 19 de diciembre de 2025 condenó a 29 de las 37 personas físicas y jurídicas juzgadas y absolvió, entre otros, a José Carlos Boza y José García Lobato. La pena inicial de David Marjaliza fue rectificada en 2026 a cinco años y un mes según Europa Press; falta el auto original. En Waiter Music, la sentencia de 1 de julio de 2026, difundida el día 2, condenó a Francisco Granados a dos años y seis meses de prisión y absolvió a Esteban Parro y Daniel Ortiz, entre otros. Granados había sido excluido de la propuesta de enjuiciamiento de la pieza 5 en 2023. Los 250 millones de euros atribuidos globalmente a adjudicaciones no equivalen a daño público y no se computan como coste. No se han contrastado todos los acusados, archivos y recursos de la pieza 5 ni la evolución y firmeza individual de las sentencias de Cofely y Waiter hasta el 15 de octubre de 2026; ambas resoluciones indicaban que eran recurribles.
Desarrollo y fuentes
La contratación pública de Púnica no constituye un único expediente con una sola lista de acusados o una condena común. Esta ficha se limita a las piezas 5, 6 y 7. Las investigaciones sobre suelo de Arpegio y Mintra, financiación electoral y reputación en internet tienen objetos propios; las decisiones allí adoptadas no se trasladan a estos contratos. Se retira por ello la presentación de Ignacio González como investigado actual de esta agrupación.
La pieza 5 comprende, entre otros, estacionamiento regulado, grúa, cafeterías, aparcamientos, instalaciones deportivas y recogida de ropa usada. La propuesta de enjuiciamiento de abril de 2023 describió indicios de trato privilegiado a empresas relacionadas con Marjaliza, así como archivos completos y parciales. La inclusión inicial de Granados fue revocada en apelación, según la información publicada en junio. Esa exclusión no supone absolver al resto ni cerrar toda la pieza. Faltan los originales y el seguimiento completo de acusaciones y recursos posteriores.
En Cofely, el tribunal declaró acreditada una organización para obtener contratos energéticos mediante sobornos y participación en la configuración de las licitaciones. Condenó también a responsables de la compañía y a otros particulares y empleados públicos, además de las personas destacadas en esta ficha. El fallo contiene absoluciones totales y por delitos concretos que impiden atribuir a cada acusado todos los delitos investigados. La lista de implicados presentada aquí no sustituye el fallo completo.
La sentencia de Cofely impuso a la empresa tres años y seis meses de multa a razón de 2.500 euros diarios por cohecho, y seis meses de multa con la misma cuota por tráfico de influencias en Parla; la absolvió de blanqueo. Dispuso además una indemnización de 73.429,95 euros al Ayuntamiento de Parla y distintos decomisos. Cada concepto tiene su alcance: no se suma el valor de los contratos con multas, indemnizaciones o decomisos como si fueran una única pérdida pública. Tampoco se usa como daño la cifra global de 250 millones de la descripción anterior.
La rectificación de Marjaliza está respaldada aquí por prensa que dice haber accedido al auto. Europa Press y El País informan de cinco años y un mes, mientras Cadena SER redondea a cinco años. Falta la resolución original para verificar íntegramente sus pronunciamientos y los recursos posteriores; no se deduce de la rectificación una suspensión de prisión o una firmeza que no se han comprobado.
En Waiter Music, el original anonimizado consta de 126 páginas y está fechado el 1 de julio de 2026, aunque la nota judicial se publicó el día 2. Su parte dispositiva contiene una repetición de seudónimos que no debe usarse para sumar penas de una misma persona. Se toman las correspondencias nominales expresamente comunicadas por el CGPJ: Granados, Boza, Moreno, Herrera y Estrada son condenados; Parro y Ortiz son absueltos. La sentencia no hace pronunciamiento de responsabilidad civil y declara su carácter recurrible. No se da por probada su firmeza posterior ni el resultado de eventuales recursos.
Documentos relevantes
Cronología
- Alta relevancia
Se conoce la propuesta de juzgar a 21 personas en la pieza 5
El CGPJ comunica el pase a procedimiento abreviado por contratos de Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle. También informa de dos archivos completos y siete parciales; no es todavía sentencia ni apertura de juicio oral.
- Alta relevancia
Se conoce la exclusión de Granados de la pieza 5
The Objective informa de que la Sección Cuarta estima su recurso y revoca su inclusión en el pase a procedimiento abreviado, con apoyo de la Fiscalía. Fecha de difusión; no se fija el día del auto ni se extiende el resultado a otras piezas.
- Alta relevancia
Sentencia de Cofely: condenas y absoluciones
La sentencia 34/2025 de la Sección Primera corresponde a la pieza 6. El CGPJ la difunde el 22 de diciembre. Condena a 29 de 37 personas físicas y jurídicas y absuelve, entre otros, a los exalcaldes de Valdemoro y Almendralejo. El fallo declara que cabe casación.
- Alta relevancia
Se conoce la rectificación de la pena de Marjaliza
Europa Press informa de la reducción de ocho años y dos meses a cinco años y un mes en Cofely. No se dispone del auto original ni se afirma su fecha exacta. No es una resolución de la pieza 5.
- Alta relevancia
Sentencia de Waiter Music
La sentencia 15/2026, difundida por el CGPJ el 2 de julio, condena a Granados por fraude continuado y prevaricación y acuerda condenas y absoluciones individuales. Boza recibe cuatro años, Moreno dos; Parro y Ortiz son absueltos. La resolución dice que no es firme y admite casación.