Caso Pasarelas - PP
Descripción del caso
El Caso Pasarelas investiga presuntos delitos de prevaricación, falsedad documental y fraude en la contratación pública cometidos por Pedro Antonio Sánchez cuando era alcalde de Puerto Lumbreras (Murcia) entre 2006 y 2007. La investigación judicial se centró en la contratación irregular del arquitecto Martín Lejarraga para elaborar la documentación técnica del proyecto de acondicionamiento de espacios públicos y construcción de pasarelas peatonales sobre la Rambla de Nogalte. Según la investigación, el Ayuntamiento fraccionó el importe del proyecto en cinco contratos menores de cuantía inferior a 12.020,24 euros cada uno para evitar la concurrencia pública y adjudicar directamente los trabajos a Lejarraga sin procedimiento de licitación.
La jueza de instrucción de Lorca encontró indicios de que el consistorio se apartó de los principios de publicidad, concurrencia, objetividad y transparencia al dividir artificialmente un mismo proyecto en múltiples servicios de consultoría y asistencia técnica para poder utilizar la figura del contrato menor, que no requiere concurso público. El arquitecto vizcaíno Martín Lejarraga había recibido en la década anterior 33 obras de prestigio adjudicadas por administraciones del PP en Murcia con un presupuesto total superior a 116 millones de euros, lo que generó sospechas sobre favoritismo sistemático hacia este profesional. El Caso Pasarelas estaba relacionado con el Caso Auditorio, otra investigación sobre adjudicaciones irregulares al mismo arquitecto en Puerto Lumbreras.
En 2018, la Audiencia Provincial de Murcia absolvió a Pedro Antonio Sánchez y al arquitecto Martín Lejarraga por un defecto procesal: la jueza que asumió la instrucción inicial no practicó ninguna diligencia durante los seis meses previstos para la fase de investigación según la reforma de 2015 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal impulsada por el PP de Rajoy, y la Fiscalía tampoco solicitó prórroga del plazo. El Tribunal Supremo confirmó la absolución en junio de 2021, determinando que el exceso del plazo sin prórroga acordada dentro de él provocaba la nulidad de las diligencias posteriores. Pedro Antonio Sánchez fue así el primer beneficiado de la limitación de plazos de instrucción que su propio partido aprobó en 2015.