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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Caso Pardellas

PP
Iniciado en octubre de 2004 Melón, Ourense, Galicia

Condena en apelación a ocho años y seis meses de inhabilitación por autorizar un pabellón junto al monasterio de Melón

Estado judicial
Condenado
Coste registrado
180.000 €
Implicados
2
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

Manuel Alberto Pardellas Álvarez, alcalde de Melón por el PP, autorizó las obras de un pabellón deportivo en el entorno protegido del monasterio de Santa María de Melón, sin las autorizaciones autonómicas exigidas. La Voz de Galicia fecha la autorización en el 7 de octubre de 2004. El Juzgado de lo Penal n.º 1 de Ourense lo absolvió inicialmente, pero la Audiencia Provincial revocó ese resultado y lo condenó a ocho años y seis meses de inhabilitación por prevaricación, según las informaciones de noviembre de 2010.

La Región presentó aquella condena como firme. No se ha recuperado el original judicial ni la liquidación de la pena: el día exacto de la sentencia y del final de la inhabilitación quedan sin cotejar. La prensa informó de la denegación de indultos y de su regreso como candidato del PP en 2023 tras cumplir la pena.

El pabellón junto al monasterio debe distinguirse del centro multiusos de Quins/Cruceiro Gordo, relacionado con otra orden de derribo y con la condena por desobediencia de su sucesora, Cristina Francisco, confirmada en apelación según una noticia de febrero de 2025. No se acredita aquí un daño económico global ni el cumplimiento íntegro del derribo del primer pabellón. Revisión parcial a 17 de octubre de 2026.

Desarrollo y fuentes

El caso penal del pabellón del monasterio tuvo absolución inicial y condena en apelación. La firmeza se recoge como información expresa de La Región de 20 de noviembre de 2010, no se infiere del tiempo transcurrido. Falta cotejar la sentencia original, los eventuales remedios posteriores y la ejecutoria. Tampoco se ha verificado un documento oficial que liquide la pena hasta una fecha concreta de 2021.

La controversia urbanística y la penal son distintas. La información contemporánea de La Voz sitúa una orden de demolición del TSXG en mayo de 2008, sin que esta revisión haya recuperado ese original o confirmado el día 20 que figuraba antes. El seguimiento de septiembre de 2015 impide dar por completada en julio la recuperación del terreno: permanecía la losa y la APLU debía completar las actuaciones. No se ha recuperado certificación final de ejecución.

No deben mezclarse los dos pabellones. La noticia de La Región de 1 de mayo de 2015 trata del multiusos de Quins y menciona aparte el pabellón del monasterio. La condena de Cristina Francisco por desobediencia a la orden de derribo del centro Cruceiro Gordo fue comunicada en octubre de 2024 y Praza informó el 22 de febrero de 2025 de su confirmación por la Audiencia: seis meses de multa a diez euros diarios y un año de inhabilitación. Es otro procedimiento y no permite atribuirle la prevaricación por la que fue condenado Pardellas. La confirmación se conoce por prensa; no se ha cotejado el fallo completo ni se certifica aquí su firmeza.

Se retira el coste de 180.000 euros: sumaba financiación de obra y una multa sin acreditar que el resultado fuera un perjuicio judicialmente fijado. Los 120.000 euros son la sanción administrativa referida por la prensa, no una responsabilidad civil penal cotejada. Tampoco se trasladan a este caso las cuantías o alegaciones de otros procedimientos de la exalcaldesa.

Las fechas de publicación de las noticias se distinguen de los actos judiciales que describen. La revisión hasta el 17 de octubre de 2026 permanece incompleta por la falta de originales y de comprobación de las ejecuciones; la ausencia de novedades localizadas no acredita archivo, absolución, firmeza o cumplimiento. documentos: [] indica que no se incorporan originales judiciales verificables a la ficha.

Cronología

  1. Autorización de las obras, según la información de la sentencia

    La Voz de Galicia sitúa en esta fecha la firma de Pardellas que permitió iniciar el pabellón sin los permisos exigidos. La Región recoge que existía una advertencia del secretario de septiembre de 2004; no se mantiene la fecha anterior, sin respaldo, de enero de 2005 para ese reparo.

  2. Sanción urbanística al Concello

    La Voz de Galicia informó de que la Dirección Xeral de Urbanismo impuso al Concello una multa de 120.000 euros en esta fecha. Es una sanción administrativa, distinta de la pena penal de inhabilitación y de un daño económico probado.

  3. Información sobre la absolución inicial

    El País publicó que el Juzgado de lo Penal n.º 1 había absuelto al alcalde. Esta es la fecha de publicación, no la fecha interna de la resolución. La absolución sería revocada por la Audiencia Provincial.

  4. Información sobre la condena en apelación

    La prensa comunicó la condena de la Audiencia Provincial a ocho años y seis meses de inhabilitación por prevaricación, tras revocar la absolución. La Región la describió como firme y El País indicó que no cabía recurso. No se convierte esta fecha periodística en fecha exacta de la sentencia.

  5. Seguimiento de la sanción y del nombramiento municipal

    La Región/Europa Press informó de que seguían pendientes los 120.000 euros de sanción y describió el cargo de director general que Pardellas había desempeñado después de que su esposa accediese a la alcaldía. Recogió la versión opositora sobre el paso posterior a asesor; no acredita una nueva condena ni una cuantificación judicial de daños.

  6. Información sobre la segunda denegación de indulto

    La Voz de Galicia informó de una segunda denegación de indulto, adoptada por el Gobierno el 11 de julio de 2014. No se ha cotejado el acuerdo original ni se deduce de esta noticia una fecha exacta de inicio o final de la ejecución.

  7. El desmantelamiento de julio no había completado la reposición

    La Voz de Galicia explicó que en julio se había desmontado la estructura, pero se conservaba la losa de hormigón. A comienzos de septiembre seguían las actuaciones para eliminarla. No queda respaldado el cierre definitivo del derribo el 15 de julio de 2015 que figuraba en la ficha.

  8. Regreso como candidato del PP

    Galiciapress informó de la candidatura de Pardellas tras cumplir la inhabilitación. Se conserva este dato político como información periodística y se retira el día exacto de cumplimiento de la pena, para el que no se ha recuperado liquidación judicial.