Guerra 21
PPContratos municipales de Tomares con Guerra 21 y empresas vinculadas, investigados por posible prevaricación y archivados para todos los investigados en 2019.
- Estado judicial
- Sobreseído / archivado
- Coste registrado
- 800.000 €
- Implicados
- 10
- Firmeza
- Sin determinar
Descripción del caso
Investigación sobre contratos de servicios del Ayuntamiento de Tomares con Guerra 21 y sociedades vinculadas durante el periodo 2007-2014. La Fiscalía apreció inicialmente posibles adjudicaciones directas y fraccionamientos constitutivos de prevaricación, pero terminó solicitando el archivo. En marzo de 2019 se comunicó el sobreseimiento para todos los investigados, tras no apreciarse irregularidades con entidad penal suficiente. La resolución era recurrible cuando se publicó; no se ha comprobado aquí su firmeza posterior ni posibles recursos. El archivo del Supremo de 2015 sobre pagos a Juan Campos pertenecía a una investigación antecedente, no a una primera resolución sobre estos mismos contratos.
Desarrollo y fuentes
La denominación Guerra 21 se refiere a la investigación de adjudicaciones municipales a varias sociedades relacionadas, entre ellas Guerra I-21 Servicios, Enunpispas, Integral XXI Asesores y Candón & García Asesores. La causa surgió al deducirse testimonio de una investigación anterior sobre retribuciones a Juan Campos. No deben confundirse el archivo relativo a este último y a Sanz en 2015 con las decisiones posteriores sobre los contratos del grupo. Origen y alcance de las diligencias.
La cifra de más de 800.000 euros publicada en 2017 describía el importe de los contratos examinados por la Fiscalía. No era una indemnización, multa ni una cuantificación judicial del daño. El fiscal atribuía inicialmente fraccionamientos y falta de concurrencia; esas valoraciones no constituyen hechos declarados probados por una sentencia. Informe fiscal publicado en 2017.
La devolución acordada por el Supremo en febrero de 2018 permitía completar la investigación y recibir declaración voluntaria al senador. En marzo de ese año Sanz compareció como investigado, por lo que no había dejado la alcaldía en 2015. En noviembre se comunicó que el Supremo no abría procedimiento penal contra él. Devolución y declaración prevista , comparecencia recogida retrospectivamente en 2019 y decisión posterior del Supremo.
El archivo del juzgado sevillano se comunicó en marzo de 2019 y alcanzó a todos los investigados. La jueza distinguió las posibles irregularidades administrativas de los requisitos del delito de prevaricación y recogió que la Fiscalía ya no apreciaba indicios de malversación. La resolución era recurrible. Sin el auto íntegro y sin una resolución posterior comprobada, no se fija una fecha de firmeza ni se afirma que los demás investigados sigan sometidos a instrucción. Archivo del juzgado y información de Europa Press.
Cronología
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Se conoce el informe de la Fiscalía sobre los contratos
Se publica el contenido del informe fiscal que apreciaba posible prevaricación continuada y pedía valorar una remisión al Supremo por el aforamiento de Sanz. La fecha es la publicación, no la presentación del escrito.
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Se conoce la remisión de la causa al Supremo
Europa Press informa de una providencia de 9 de noviembre que acuerda elevar exposición razonada y testimonio íntegro. La fecha del hito es la publicación.
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Se conoce la devolución para completar diligencias
Se informa del auto del Supremo de 8 de febrero: no abre procedimiento por el momento y devuelve las actuaciones para una eventual declaración voluntaria de Sanz y concreción de indicios. No es un archivo definitivo.
- Alta relevancia
Se conoce que el Supremo no abre causa penal contra Sanz
La SER informa de que el alto tribunal no aprecia indicios suficientes para abrir causa contra el alcalde y senador. La fecha corresponde a la noticia, no al día del auto.
- Alta relevancia
Se conoce el archivo para todos los investigados
Se publica el auto de 5 de marzo del Juzgado de Instrucción n.º 8 de Sevilla, tras solicitarlo la Fiscalía. No se aprecia entidad penal suficiente en las irregularidades investigadas. La información señala que cabe recurso; fecha de publicación.