Ministerio de Asuntos Internos y
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Ceivam - PP

Iniciado: Octubre de 1999
Arnoia, Ourense, Galicia

Descripción del caso

El caso Ceivam se refiere a las irregularidades en la gestión de subvenciones de fondos europeos (programa Leader II) canalizadas por el Centro de Iniciativas para o Desenvolvemento do Val do Miño (Ceivam), entidad público-privada de Arnoia (Ourense), en relación con una planta de tratamiento de biomasa promovida por la sociedad Actuar (Actividades Culturales y Turísticas de Arnoia S.L., participada al 50 % por el Concello de Arnoia) y con cinco talleres artesanales. Según los hechos probados de la Audiencia Provincial de Ourense, Ceivam se constituyó como asociación en 1994; los hechos probados sitúan la renovación de su órgano directivo el 2 de septiembre de 1995. Durante la gestión de las ayudas examinadas, Rogelio Martínez González (alcalde de Arnoia) era su presidente, Pablo Fernández Loureiro su responsable administrativo y financiero y Juan Emilio Aparicio Estévez su gerente. La prensa había datado la constitución el 23 de noviembre de 1993, fecha que la resolución no recoge; se deja expuesta esa contradicción. Ceivam actuaba como grupo de acción local y gestionaba las ayudas Leader II y Feoga en virtud de un convenio con la Xunta de Galicia.

Hechos documentados en la sentencia: el 18 de octubre de 1999 el administrador de Actuar solicitó a Ceivam una subvención para construir una planta de biomasa; el 27 de diciembre de 1999 se firmó el contrato de ayuda, con un presupuesto total de 13.000.000 de pesetas (78.131,57 euros) y una subvención de 6.500.000 pesetas (39.065,79 euros), que es el volumen de la ayuda y no una cantidad apropiada. El 29 de noviembre de 2001 el ingeniero director de la obra emitió una certificación que describía una planta y una maquinaria distintas de lo realmente ejecutado (la reforma de un almacén-galpón de 75 m² en los montes de Arnoia), y el 30 de noviembre de 2001 el órgano gestor de Ceivam certificó que las obras se habían realizado conforme al proyecto y autorizó el pago de los 6.500.000 pesetas. El mismo 18 de octubre de 1999 cinco personas solicitaron sendas ayudas para cinco talleres artesanales (cerámica, forja, pan, madera y orfebrería), con contratos de ayuda firmados el 30 de diciembre de 1999.

Vía administrativa (distinta e independiente de la penal): la Orden de 8 de marzo de 2007 ordenó el reintegro de la subvención de la planta de biomasa; el Ministerio de Agricultura desestimó el recurso el 28 de junio de 2007 y la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección 4ª) de la Audiencia Nacional desestimó el recurso de Ceivam por sentencia de 11 de febrero de 2009 (la prensa fechó esta sentencia el 15 de abril de 2009). El reintegro se cifró en 39.065,79 euros por la planta de biomasa y 12.897,98 euros por un taller de orfebrería (unos 51.963,77 euros en total). Esta vía contencioso-administrativa no tenía carácter sancionador y no equivale a una condena penal; así lo razonó la propia Audiencia Provincial al rechazar el "non bis in idem".

La denuncia inicial (2006) la presentó el BNG de Arnoia, que después se retiró; la acusación popular la ejerció la Asociación para o Progreso do Ribeiro. La Fiscalía sostuvo la prescripción y pidió el sobreseimiento. La causa se archivó y se reabrió en varias ocasiones durante la instrucción (diligencias previas 462/2006 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Ribadavia; procedimiento abreviado 17/2018). El juicio oral se celebró los días 3, 5, 6 y 10 de junio de 2019 ante la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ourense.

Sentencia penal: la SAP Ourense (Sección 2ª) 191/2019, de 19 de junio (ECLI:ES:APOU:2019:342; rollo 17/2018), absolvió a los once acusados: en el fallo, seis por lo relativo a la planta de biomasa y cinco por los talleres artesanales. En su fundamentación, el tribunal consideró probado que las obras no se ejecutaron conforme al proyecto (divergencia entre la nave proyectada y la reforma del almacén-galpón), pero no apreció ánimo falsario ni conocimiento acreditado de esa divergencia, ni apropiación alguna de los fondos, que se destinaron al fin previsto. Añadió que la subvención de la planta (36.500 euros según la propia sentencia) quedaba por debajo del umbral del delito de fraude de subvenciones y que el incumplimiento de las obligaciones de control podía generar un "marco de responsabilidad distinto" al penal. Apreció la prescripción del delito respecto de siete acusados y examinó el fondo respecto de los cuatro que declararon en el plenario. La falta de equivalencia entre lo certificado y lo ejecutado es una irregularidad administrativa que la sentencia no convirtió en culpabilidad penal.

El Tribunal Supremo, en sentencia 776/2021, de 14 de octubre (ECLI:ES:TS:2021:3771; recurso de casación 4899/2019), desestimó todos los motivos del recurso de la acusación popular y confirmó la absolución, imponiendo las costas a la recurrente; la resolución se conoció por la prensa el 21 y 22 de octubre de 2021. La absolución penal es firme. El reintegro administrativo confirmado no tiene naturaleza sancionadora.

Límites y contradicciones documentadas: las sentencias anonimizan a los acusados mediante seudónimos, por lo que la identificación nominal procede de la prensa y no de las resoluciones; la constitución de Ceivam figura como 1994 en los hechos probados y como 23-11-1993 en la prensa; la subvención de la planta aparece como 6.500.000 pesetas (39.065,79 euros) en el contrato y como 36.500 euros en el razonamiento de la sentencia; y la sentencia de la Audiencia Nacional se fecha el 11-02-2009 en la resolución, mientras que la prensa la situó el 15-04-2009. Alberto Núñez Feijóo no fue investigado ni acusado: solo consta como responsable político del nombramiento (2009) y del cese (2015) de Rogelio Martínez como delegado territorial de la Xunta en Ourense.

Resumen

Estado judicial
Sentencia firme
Coste
39.065,79 €

Implicados

Rogelio Martínez González
Expresidente de Ceivam, exalcalde de Arnoia y exdelegado territorial de la Xunta en Ourense (2009-2015)
Pablo Fernández Loureiro
Responsable administrativo y financiero de Ceivam
Juan Emilio Aparicio Estévez
Gerente de Ceivam
Gumersindo Álvarez Rodríguez
Administrador de Actuar S.L. (Actividades Culturales y Turísticas de Arnoia), sociedad participada al 50 % por el Concello de Arnoia
Miguel Reza Paz
Ingeniero; redactor del proyecto y director de obra de la planta, vocal técnico de Ceivam
Gumersindo Álvarez Martínez
Particular acusado en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
Alfredo Lázaro Gutiérrez
Particular acusado en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
Severino Vieira Nieto
Particular acusado en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
Ramón Souto Domínguez
Particular acusado en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
Adrián Souto Prado
Particular acusado en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
María del Carmen Gallego Nespereira
Particular acusada en la causa (identificación periodística; la resolución usa seudónimos)
Alberto Núñez Feijóo
Presidente de la Xunta de Galicia cuando nombró (2009) y cesó (2015) a Rogelio Martínez como delegado territorial

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Documentos relevantes

Sentencia 191/2019 de la Audiencia Provincial de Ourense, Sección 2ª (SAP OU 342/2019)

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Sentencia 776/2021 del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal (STS 3771/2021)

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Cronología

Alta relevancia
Octubre de 1999
Solicitud de subvención para la planta de biomasa
El administrador de la sociedad Actuar (Actividades Culturales y Turísticas de Arnoia S.L., participada al 50 % por el Concello de Arnoia) solicita a Ceivam una subvención para construir una planta de tratamiento de biomasa en Arnoia, dentro del programa Leader II. Es la fecha que fijan los hechos probados de la Audiencia Provincial (no el 1 de noviembre).
Octubre de 1999
Solicitudes de los cinco talleres artesanales
Cinco personas presentan sendas solicitudes de ayuda a Ceivam para construir un taller artesanal de cerámica, otro de forja, otro del pan, otro de madera y otro de orfebrería, dentro del programa Leader II.
Alta relevancia
Diciembre de 1999
Contrato de ayuda de la planta de biomasa
Se firma el contrato de ayuda entre el representante de Actuar y el presidente de Ceivam. El importe total presupuestado es de 13.000.000 de pesetas (78.131,57 euros) y la subvención a cargo de las administraciones públicas de 6.500.000 pesetas (39.065,79 euros).
Diciembre de 1999
Contratos de ayuda de los cinco talleres
Cada uno de los cinco solicitantes firma con el presidente de Ceivam un contrato de ayuda con condiciones generales similares a las de la planta de biomasa.
Alta relevancia
Noviembre de 2001
Certificación del órgano gestor y autorización del pago de la subvención
El órgano gestor de Ceivam (presidente, gerente y responsable administrativo y financiero) certifica que las obras se realizaron conforme al proyecto, a partir de la certificación del ingeniero de 29 de noviembre de 2001, y autoriza el pago de los 6.500.000 pesetas al beneficiario. La sentencia considera probado que las obras no se ejecutaron conforme a lo proyectado.
Alta relevancia
Febrero de 2009
Sentencia de la Audiencia Nacional (vía contencioso-administrativa)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección 4ª) de la Audiencia Nacional desestima el recurso de Ceivam contra la resolución del Ministerio de Agricultura de 28 de junio de 2007, que a su vez desestimó el recurso contra la Orden de 8 de marzo de 2007 de reintegro de la subvención de la planta de biomasa. El reintegro se cifró en 39.065,79 euros por la planta y 12.897,98 euros por un taller de orfebrería. Es una resolución administrativa, no una condena penal. La prensa la fechó el 15 de abril de 2009.
Abril de 2009
Nombramiento de Rogelio Martínez como delegado territorial de la Xunta en Ourense
El Consello da Xunta aprueba el Decreto 257/2009, de 30 de abril, por el que se nombra delegado territorial de la Xunta en Ourense a Rogelio Martínez González (publicado en el DOG de 1 de mayo de 2009; tomó posesión el 4 de mayo). El nombramiento se produce cuando ya estaba imputado en el caso.
Julio de 2009
Se informa de la petición del PSdeG de cese del delegado
El PSdeG pide el cese de Rogelio Martínez como delegado territorial por su gestión de los fondos europeos. La noticia se publica el 1 de julio de 2009 y sitúa la petición el día anterior; la fecha consignada es la de publicación, no la del acto.
Septiembre de 2011
Se informa del sobreseimiento provisional de la causa
El juzgado de Ribadavia sobresee provisionalmente la causa: considera que el delito habría prescrito y no aprecia indicios de que el dinero de la UE no se hubiera invertido en la planta. El PSOE anuncia recurso. La noticia se publica el 9 de septiembre de 2011; la fecha del auto no consta con exactitud en la fuente consultada. El procedimiento se reabriría después.
Octubre de 2013
Se informa de la petición de penas de hasta 17 años para Rogelio Martínez
La acusación particular (Asociación para o Progreso de O Ribeiro, ligada al PSdeG, y el BNG) pide para Rogelio Martínez 10 años de inhabilitación y penas de prisión por falsedad, fraude de subvenciones y malversación que suman 17 años, y solicita la apertura de juicio oral; la defensa y el fiscal piden el sobreseimiento. La fecha consignada es la de publicación de la noticia, no la del escrito.
Octubre de 2015
Se informa del cese de Rogelio Martínez como delegado territorial
Alberto Núñez Feijóo cesa a Rogelio Martínez, que ocupaba el cargo desde 2009 y seguía imputado. Martínez atribuyó su relevo a una 'renovación' del Gobierno gallego y no a la imputación. La noticia se publica el 8 de octubre de 2015; el relevo se produce en esas fechas.
Alta relevancia
Junio de 2019
Juicio oral en la Audiencia Provincial de Ourense
La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ourense celebra el juicio oral los días 3, 5, 6 y 10 de junio de 2019. Declaran los cuatro acusados que comparecen en el plenario; la Fiscalía mantiene su petición de absolución y las defensas piden la libre absolución. La entrada se fecha por la publicación que informa de la vista, pero las sesiones constan en la propia sentencia.
Alta relevancia
Junio de 2019
Sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Ourense
La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ourense dicta la sentencia 191/2019 (SAP OU 342/2019; ECLI:ES:APOU:2019:342), que absuelve a los once acusados: seis por la planta de biomasa y cinco por los talleres. Considera probado que las obras no se ejecutaron conforme al proyecto, pero no aprecia ánimo falsario, conocimiento acreditado de la divergencia ni apropiación alguna; además, la subvención de la planta quedaba por debajo del umbral del fraude de subvenciones y el delito estaba prescrito. La resolución se conoce por la nota del CGPJ de 25 de junio y por la prensa del 24 de junio. No es firme: cabe recurso de casación.
Alta relevancia
Octubre de 2021
Sentencia del Tribunal Supremo: la absolución queda firme
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dicta la sentencia 776/2021 (STS 3771/2021; ECLI:ES:TS:2021:3771; recurso de casación 4899/2019), que desestima todos los motivos del recurso de la acusación popular y confirma la absolución, con imposición de costas a la recurrente. La resolución se conoce por la prensa el 21 y 22 de octubre de 2021. La absolución deviene firme.