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Descripción del caso

La Operación Carioca fue una macrocausa instruida por la jueza Pilar de Lara en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Lugo sobre una red de prostitución y trata de mujeres, en su mayoría brasileñas, en clubes de alterne de la provincia de Lugo, con participación de agentes de la Guardia Civil. Las diligencias se incoaron el 24 de diciembre de 2008 a partir de un atestado de la Policía Judicial de la Comandancia de Lugo, motivado por la denuncia de una mujer brasileña que declaró como testigo protegido. La causa se mantuvo secreta y se hizo pública con las entradas y registros del 16 de octubre de 2009. La fecha de incoación (24 de diciembre de 2008) consta en la información de Europa Press y GaliciaPress, que citan el auto; no se ha consultado el auto original.

La investigación se prolongó más de diez años y la macrocausa se fragmentó en numerosas piezas separadas (la prensa ha hablado de medio centenar). El auto de conclusión de la pieza principal, de 25 de marzo de 2019, sumó 274 tomos y 36 tomos de transcripciones de conversaciones telefónicas. Esa pieza se instruyó con quince imputados; el juzgado sobreseyó la acusación contra diez y el auto de conclusión mantuvo cinco investigados: dos guardias civiles y los dueños de los clubes Queens, Eros y Eclipse. El auto atribuía al cabo del Equipo de Mujer-Menor (EMUME) Armando Lorenzo decenas de delitos y planteaba la posible responsabilidad civil subsidiaria del Estado. La fecha de ese auto (25 de marzo de 2019) proviene igualmente de la información de prensa que lo cita.

Situación procesal y límites: el juicio de la pieza principal se celebró en junio de 2024, con cinco acusados. La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Lugo dictó la sentencia nº 139/2024, de 10 de julio de 2024 (ROJ SAP LU 322/2024; ECLI:ES:APLU:2024:322), según la cabecera del texto publicado por el CENDOJ; el TSXG la dio a conocer el 17 de julio de 2024. La Audiencia condenó al cabo Armando Lorenzo a cinco años y nueve meses de prisión, inhabilitación para empleo o cargo público durante cinco años y once meses y multa de 7.408 euros; condenó por cohecho pasivo, con penas de multa, a los proxenetas José Manuel García Adán, José Marcos Grandío Ascariz y Jesús González Varela, por conformidad; y absolvió al brigada Julio Baquero. La firmeza actual de esta sentencia es desconocida: no se ha localizado declaración de firmeza ni resolución de recursos posteriores, y la conformidad de los condenados no implica por sí sola que la sentencia sea firme. Esta pieza principal no equivale al conjunto de la macrocausa, que se fragmentó en numerosas piezas.

Las fuentes consultadas no acreditan una conexión de la trama con el PP y entre los implicados documentados no hay ningún cargo político de ese partido.

Otras piezas de la macrocausa: en 2020 se condenó por conformidad al dueño del club Eros, José Marcos Grandío; en 2021 se alcanzó un acuerdo en la pieza de los clubes Queens y La Colina; y en 2022 José Manuel García Adán y su encargado José Manuel Pulleiro fueron condenados por blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública. Son resoluciones de piezas distintas, no acumulables entre sí. La Operación Carioca es una macrocausa distinta de otras instruidas por la misma jueza en Lugo (por ejemplo, las operaciones Pokémon o Pulpo), que cuentan con fichas propias.

La jueza Pilar de Lara fue sancionada por el CGPJ: la Comisión Disciplinaria acordó el 27 de marzo de 2019 suspenderla siete meses y un día de empleo y sueldo con pérdida de destino, por falta muy grave; el CGPJ desestimó su recurso de alzada y lo notificó el 7 de noviembre de 2019. El Tribunal Constitucional inadmitió su recurso de amparo, decisión conocida en octubre de 2022. Fue destinada a Ponferrada en diciembre de 2020.

Resumen

Estado judicial
Desconocido
Coste
Sin determinar

Implicados

Armando Lorenzo
Cabo de la Guardia Civil destinado al Equipo de Mujer-Menor (EMUME) de Lugo (2005-2009)
Julio Baquero
Brigada de la Guardia Civil, jefe del Equipo de Mujer-Menor (EMUME) de Lugo
José Manuel García Adán
Dueño de los clubes de alterne Queens y La Colina (Lugo)
José Marcos Grandío Ascariz
Dueño del club de alterne Eros (Lugo)
Jesús González Varela
Dueño del club de alterne Eclipse (Ribadeo, Lugo)
Pilar de Lara Cifuentes
Jueza instructora, titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Lugo (2007-2019)

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Documentos relevantes

Sentencia nº 139/2024, Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Lugo (pieza principal de la Operación Carioca)

2024 • PDF • 29 páginas

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Cronología

Alta relevancia
Diciembre de 2008
Auto de incoación de las diligencias
La jueza Pilar de Lara, titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Lugo, incoa las diligencias de la Operación Carioca a partir de un atestado de la Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Lugo, instruido por la denuncia de una mujer brasileña que declaró como testigo protegido. La causa se declara secreta. La fecha de incoación consta en la información de Europa Press/GaliciaPress, que cita el auto; no se ha consultado el auto original.
Alta relevancia
Octubre de 2009
Entradas y registros y primeras detenciones
La operación se hace pública con entradas y registros en clubes de alterne y domicilios de la provincia de Lugo, entre ellos el club Eros, donde se intervinieron dos pistolas. La prensa cifra en una veintena las detenciones. Entre los investigados hay agentes de la Guardia Civil destinados al control de extranjería y dueños de clubes. El cabo Armando Lorenzo ingresó en prisión provisional el 22 de octubre de 2009.
Agosto de 2010
Se informa: el ex jefe de la Guardia Civil en Lugo declara como imputado
El diario El Progreso informa de la declaración como imputado del anterior teniente coronel jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Lugo, José Herrera García Lora, y de que la causa sumaba ya más de cincuenta implicados. La fecha es la de publicación de la noticia; la declaración se produjo el día anterior.
Alta relevancia
Marzo de 2019
Auto de conclusión de la instrucción de la pieza principal
La jueza Pilar de Lara firma el auto de conclusión de la instrucción de la pieza principal, más de diez años después de su inicio. La pieza queda con cinco investigados: los dueños de los clubes Queens, Eros y Eclipse y dos guardias civiles. El auto suma 274 tomos y 36 tomos de transcripciones de conversaciones telefónicas y atribuye numerosos delitos, entre ellos cohecho, omisión del deber de perseguir delitos, revelación de secretos y agresión y abuso sexual. La resolución no era firme y admitía recurso de reforma. La fecha del auto consta en la información de Europa Press/GaliciaPress, que lo cita; no se ha consultado el auto original.
Noviembre de 2019
El CGPJ desestima el recurso de Pilar de Lara y confirma la sanción
El Consejo General del Poder Judicial notifica el acuerdo que desestima el recurso de alzada de la jueza Pilar de Lara contra el acuerdo de la Comisión Disciplinaria de 27 de marzo de 2019, que la sancionó con siete meses y un día de suspensión de empleo y sueldo y pérdida de destino por una falta muy grave del artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por retrasos en la tramitación de las macrocausas que instruía, incluida la Carioca. La jueza sostuvo que la sanción buscaba apartarla de su juzgado.
Octubre de 2022
Se conoce: el Tribunal Constitucional inadmite el recurso de amparo de Pilar de Lara
La prensa informa de que el Tribunal Constitucional ha inadmitido, por falta de trascendencia constitucional, el recurso de amparo de Pilar de Lara contra la sanción disciplinaria, en una providencia de la que es ponente el magistrado Enrique Arnaldo. La fecha es la de publicación de la noticia, no la de la resolución. La magistrada, ya destinada a Ponferrada (León), anunció su intención de acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Alta relevancia
Junio de 2024
Juicio de la pieza principal: cuatro acusados reconocen los hechos
Arranca en la Audiencia Provincial de Lugo el juicio de la pieza principal, con cinco acusados. Cuatro de ellos —el cabo Armando Lorenzo, el proxeneta José Manuel García Adán (que declaró por videoconferencia desde la prisión de Mansilla de las Mulas, donde cumplía otra condena) y los dueños de clubes José Marcos Grandío Ascariz y Jesús González Varela— reconocen los hechos y alcanzan acuerdos de conformidad con la Fiscalía. El brigada Julio Baquero es el único que no pacta y pide la nulidad de las actuaciones. La Fiscalía solicitaba inicialmente 21 años de prisión para Armando Lorenzo por una decena de delitos.
Alta relevancia
Julio de 2024
Sentencia de la pieza principal
La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Lugo dicta la sentencia nº 139/2024 (ROJ SAP LU 322/2024; ECLI:ES:APLU:2024:322), de 10 de julio de 2024: condena al cabo de la Guardia Civil Armando Lorenzo a cinco años y nueve meses de prisión, inhabilitación para empleo o cargo público durante cinco años y once meses y multa de 7.408 euros, como autor de delitos continuados de cohecho, cohecho propio activo, revelación de secretos y omisión de perseguir delitos, en concurso con tres delitos de favorecimiento de la prostitución, un delito de agresión sexual y un delito de extorsión, con las atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño; le absuelve de la omisión de perseguir delitos en relación con un matrimonio. Condena por cohecho pasivo, con penas de multa (2.000 euros a dos de ellos y 1.000 al otro), a los proxenetas José Manuel García Adán, José Marcos Grandío Ascariz y Jesús González Varela, por conformidad. Absuelve al brigada Julio Baquero. La fecha y el número de la resolución constan en la cabecera del texto publicado por el CENDOJ; el TSXG la dio a conocer el 17 de julio de 2024. La firmeza de la sentencia es desconocida y la conformidad de los condenados no la presupone.