Cabanes - PP
Descripción del caso
El caso Cabanes investigó la presunta adjudicación irregular de contratos de obras urbanísticas en el municipio castellonense de Cabanes (Comunidad Valenciana) durante el período 2008-2013. El arquitecto municipal interino, Rubén Bellido, fue acusado de utilizar su posición para desviar sistemáticamente hasta 28 contratos de obras municipales hacia el despacho de su socio profesional, Juan Antonio Juncos, por un importe total de 211.115,84 euros. Los trabajos se tramitaron como contratos menores para eludir los procedimientos de contratación pública obligatorios, sin expediente, sin encargo formal y sin los preceptivos informes técnicos.
La denuncia fue presentada ante la Fiscalía de Castellón por el entonces concejal de Units pel Poble-Compromís, Carles Mulet, quien documentó las irregularidades en las adjudicaciones. La Fiscalía consideró que existían indicios de delitos continuados de prevaricación y tráfico de influencias, y trasladó el caso a los juzgados. Los investigados incluían a los tres últimos alcaldes del PP en el municipio —Artemio Siurana, Francisco Artola y Estrella Borrás— junto al arquitecto municipal Rubén Bellido, su socio Juan Antonio Juncos y el jefe del departamento de Urbanismo, José Vicente Guimerá, que ejercía como secretario interventor. El Ministerio Fiscal solicitó penas de inhabilitación de entre 8 años y medio y 10 años para los exalcaldes y el responsable de Urbanismo, y 2 años de prisión y una multa de 422.231 euros para los dos arquitectos.
Tras el juicio oral celebrado los días 10 y 11 de abril de 2025, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón absolvió a los cinco acusados en sentencia de mayo de 2025. El tribunal consideró que la acusación fiscal resultaba "inadmisiblemente indeterminada" al no especificar extremos fácticos esenciales, que no quedó acreditado el "fraccionamiento artificioso" de los contratos y que el desconocimiento jurídico de los exalcaldes les impedía sospechar de cualquier ilegalidad cuando los técnicos municipales les presentaban la documentación para su firma. La sentencia no era firme y era susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.
Resumen
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