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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Caso Ampuero

PP

Exalcalde del PP de Cenicientos condenado por malversación en 2018; la prensa documenta en 2024 un requerimiento de indemnización, sin cierre posterior verificado

Estado judicial
Condenado
Coste registrado
275.000 €
Implicados
1
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

El Caso Ampuero se centra en Jesús Manuel Ampuero Pérez —citado como José Manuel Ampuero en algunas fuentes—, alcalde de Cenicientos (Comunidad de Madrid) por el Partido Popular entre el 15 de junio de 1991 y el 23 de julio de 2010, cuando dimitió alegando problemas de salud. Según las crónicas que describen los hechos probados de la sentencia, entre 2004 y 2010 recibió en su cuenta corriente diversos importes procedentes de la cuenta del Ayuntamiento por un total de 369.863 euros, de los que 70.008 euros correspondían a sus nóminas y 194.842 euros fueron transferencias de vuelta al Consistorio; las crónicas cuantifican en 105.012 euros el enriquecimiento ilícito sin justificación documental, con importes parciales publicados de forma redondeada. La sentencia declaró también un desfase en la Casa Rural Municipal de la Corredera: las facturas emitidas sumaban 175.738 euros, pero solo constaba el ingreso de 35.311 euros, de modo que faltaban 140.427 euros entregados en mano. La querella de 2012 cifró en 140.749 euros el dinero de la casa rural no ingresado entre 2000 y 2010.

El caso se activó cuando, en julio de 2012, los sucesores de Ampuero en el gobierno municipal, también del PP, interpusieron una querella por presuntos delitos de falsedad en documento mercantil, malversación, prevaricación y cohecho, en la que le acusaban de apropiarse de tasas de la casa rural, de efectuarse pagos no debidos y de extender pagarés sin conocimiento del interventor. La instrucción correspondió al Juzgado de Instrucción número 4 de Navalcarnero, que en septiembre de 2013 le llamó a declarar como imputado (citación fijada para el 1 de octubre de 2013) y en octubre de 2016 comunicó a las partes la apertura del juicio oral. La Fiscalía sostenía un enriquecimiento ilícito de 105.012 euros y pedía inicialmente seis años de prisión, mientras la acusación particular del PSOE solicitaba 36 años por seis delitos de malversación.

Según A21, el 2 de julio de 2018 Ampuero alcanzó una conformidad con la Fiscalía. En julio de 2018 se hizo pública la condena de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid a dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de malversación de caudales públicos, inhabilitación absoluta durante tres años y un día e indemnización de 275.000 euros al Ayuntamiento, importe de responsabilidad civil que recoge la ficha y que no debe sumarse a las restantes cuantías descritas. Algunas fuentes locales añaden un día a la pena de prisión. Según esas fuentes, había consignado 40.000 euros el 25 de junio de 2018 y había aportado tres inmuebles para cubrir la responsabilidad civil restante; las actuaciones posteriores cuestionaron la eficacia de esa entrega. La prensa posterior afirma que cumplió condena en prisión y salió en 2020; no se han obtenido los documentos penitenciarios. La ejecutoria descrita por la prensa en 2024 documenta actuaciones para cobrar la indemnización, pero no se ha localizado la sentencia original ni una resolución que declare expresamente su firmeza. No se certifican la firmeza formal ni el cierre de la ejecución a partir de la conformidad o de esas noticias.

La prensa describe desde 2021 actuaciones sobre la entrega de esos bienes. Autos de 3 de febrero de 2021 (Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Navalcarnero) y de 27 de septiembre de 2021 (Audiencia Provincial de Madrid), difundidos por la prensa local, apreciaron indicios de que Ampuero había hecho creer al Ayuntamiento que entregaba bienes libres de cargas en pago de la responsabilidad civil. En febrero de 2023 se publicó que el equipo de gobierno del PSOE le había denunciado por no haber pagado la mayor parte de la indemnización, sin precisar la fecha de presentación, y que el exalcalde quedó citado a declarar el 15 de marzo de 2023 por presunta estafa procesal e insolvencia punible. Según A21, el 23 de febrero de 2024 la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid dictó una diligencia de ordenación en la ejecutoria tras constatar que las fincas aportadas como garantía no estaban inscritas en el Registro de la Propiedad, y le requirió los 235.000 euros pendientes (275.000 menos los 40.000 ya ingresados), citándole para el 13 de marzo de 2024. En la revisión con corte de 17 de octubre de 2026 no se ha localizado una resolución posterior sobre el resultado de ese procedimiento ni sobre el pago. La cifra de 235.000 euros es el saldo referido por la noticia de marzo de 2024, no un saldo confirmado en 2026. La noticia de A21 mezcla referencias a las secciones Cuarta y Tercera y al número 448/23, por lo que no se fija con seguridad el órgano o número de la causa posterior sin el documento original.

Desarrollo y fuentes

Notas de verificación y limitaciones

  • Nombre del implicado: el convenio publicado en el BOCM de 21 de mayo de 2010 identifica en su página 75 a Jesús Manuel Ampuero Pérez como alcalde-presidente de Cenicientos. Se ha descargado el original y leído ese pasaje, que acredita identidad y cargo, no la condena. Algunas crónicas de El País alternan Jesús y José; se adopta el nombre del documento oficial. BOCM original.
  • Estado judicial: condena por malversación documentada mediante prensa, pero sin sentencia original ni declaración expresa de firmeza consultadas. La referencia a una ejecutoria y a la prisión no se utiliza para certificar formalmente la firmeza. Se registra «desconocido» para el estado global actual, sin negar la condena de 2018. Tampoco se conoce el cierre de la ejecución ni el resultado del procedimiento posterior por presunta estafa procesal e insolvencia punible. La conformidad no permite inferir por sí sola todos esos extremos.
  • Fechas: se omite fechaInicio (solo se conoce el año 2004 de inicio de los hechos) y se deja fechaFin vacía porque no se ha localizado una resolución final de la ejecución ni del procedimiento derivado. Se retiran del array cronologia los hitos fechados con 01-01 (2004 y 2012), que eran marcadores sin día acreditado: el periodo 2004-2010 y la querella de julio de 2012 se conservan en el texto. El 2 de julio de 2018 es la fecha de conformidad que cita A21, sin que se haya obtenido el original para comprobar si la sentencia lleva exactamente esa misma fecha; la prensa publicó la noticia el 10 y el 13 de julio de 2018. Se distingue la fecha de publicación (el hito de 24-02-2023) de la fecha del acto.
  • Penal y cuantías: la pena de prisión se fija en dos años y tres meses (El País, casos-aislados, Wikipedia); A21 añade un día («dos años, tres meses y un día»). La inhabilitación absoluta es de tres años y un día. La indemnización es de 275.000 euros (responsabilidad civil) y el enriquecimiento ilícito declarado probado fue de 105.012 euros. No se suman la indemnización, el enriquecimiento ni el desfase de la casa rural (140.427 euros), que son conceptos distintos. coste conserva los 275.000 euros que la prensa atribuye al perjuicio y a la indemnización de la sentencia; no es una valoración independiente ni el saldo de dinero pendiente de recuperar. Las cantidades parciales publicadas están redondeadas y no permiten reconstruir exactamente el total: no se fuerza una igualdad aritmética ni se añade un importe nuevo.
  • Fecha de ingreso en prisión: no se ha localizado la fecha exacta. La ficha anterior la situaba el 2 de julio de 2018, el mismo día de la sentencia, sin respaldo; se retira ese hito y en el texto se recoge únicamente que cumplió «un par de años» y salió en 2020, según elDiario.es (30-04-2021).
  • Procedimiento por estafa procesal e insolvencia: la expresión «nuevo juicio» proviene del titular de A21 (24-02-2023). Los autos citados (3-02-2021 y 27-09-2021) aprecian indicios; no consta resolución posterior. La ficha anterior presentaba estos hechos como «nuevos cargos» firmes; se reformulan como indicios y una citación.
  • Documentos: no se han obtenido los originales de la sentencia, los autos de 2021 o la diligencia de 2024; se conservan documentos: []. El BOCM consultado es un documento de identificación ajeno a los hechos penales y se enlaza en el cuerpo, sin presentarlo como prueba judicial de la condena. Las transcripciones de A21 siguen siendo fuentes periodísticas, no copias verificadas de las resoluciones.
  • Novedades y corte temporal: búsqueda complementaria hasta el 17 de octubre de 2026, sin localizar decisiones posteriores al requerimiento divulgado en marzo de 2024. La consulta judicial fue incompleta y la ausencia de noticias no acredita cierre, pago, condena por los nuevos hechos ni firmeza. No se presenta como resultado de la citación una condena o un juicio celebrado. La información de 2024 combina referencias a las secciones Tercera y Cuarta y a 448/23: quedan pendientes su identificación y el texto original.

Cronología

  1. Ampuero cesa como alcalde de Cenicientos

    Jesús Manuel Ampuero Pérez finaliza su mandato como alcalde de Cenicientos tras dimitir por problemas de salud, después de casi veinte años en el cargo (desde el 15 de junio de 1991). Dejó el gobierno municipal en manos de otros miembros del PP. El País y A21 fechan el cese el 23 de julio de 2010; otra información local lo sitúa el 28 de julio de 2010.

  2. Citación para declarar como imputado

    El Juzgado de Instrucción número 4 de Navalcarnero llamó a declarar como imputado a Jesús Manuel Ampuero para el 1 de octubre de 2013, a raíz de la querella de julio de 2012 por presunta falsedad en documento mercantil, malversación, prevaricación y cohecho. La noticia que recoge la citación es del 18 de septiembre de 2013 y no acredita que la comparecencia se celebrara; la fecha del hito es la de la citación prevista.

  3. Alta relevancia

    Apertura del juicio oral

    El Juzgado de Instrucción número 4 de Navalcarnero comunicó a las partes la apertura del juicio oral contra el exalcalde. La Fiscalía le acusaba de un presunto delito continuado de prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude, y sostenía un enriquecimiento de 105.012 euros. Las cifras publicadas de ingresos, nóminas y devoluciones están redondeadas y no permiten reconstruir exactamente ese importe.

  4. Alta relevancia

    Conformidad que desemboca en la condena conocida en julio de 2018

    Las crónicas de julio de 2018 informan de que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid condenó a Ampuero a dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de malversación de caudales públicos, inhabilitación absoluta durante tres años y un día e indemnización de 275.000 euros al Ayuntamiento. La sentencia se dicta por conformidad. La fecha del 2 de julio de 2018 corresponde a la conformidad según la noticia local que cita un auto posterior; no se ha verificado la fecha interna de la sentencia original; El País publicó la noticia el 10 de julio de 2018 y A21 el 13 de julio de 2018. Ampuero había consignado 40.000 euros el 25 de junio de 2018 y entregó tres bienes inmuebles en pago de la responsabilidad civil restante.

  5. Se informa de una nueva denuncia del equipo de gobierno del PSOE

    El 24 de febrero de 2023 el diario local A21 publica que el equipo de gobierno del PSOE denunció al exalcalde por no haber pagado la mayor parte de la indemnización y que debía volver a declarar el 15 de marzo de 2023 por presunta estafa procesal e insolvencia punible. La noticia cita un auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 27 de septiembre de 2021 y un auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Navalcarnero de 3 de febrero de 2021 que apreciaban indicios de que Ampuero habría hecho creer que entregaba bienes libres de cargas. La fecha del hito es la de publicación de la noticia, no la de la denuncia.

  6. Alta relevancia

    La Audiencia requiere a Ampuero los 235.000 euros pendientes

    Según A21, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid remitió una diligencia de ordenación fechada el 23 de febrero de 2024 en la ejecutoria, tras recibir oficio del Registro de la Propiedad de San Martín de Valdeiglesias indicando que las fincas aportadas como garantía no estaban inscritas. Requiere al penado los 235.000 euros pendientes de la indemnización de 275.000 euros (de los que constaba ingresados 40.000 el 25 de junio de 2018) y le cita para el 13 de marzo de 2024. La resolución no era firme y cabía recurso de reposición. A21 publicó la información el 4 de marzo de 2024.