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Ministerio de Asuntos Internos y
Externos del Enriquecimiento Personal

Aguas de Calpe

PP

Cinco condenas por la subcontratación de las obras de agua de Calp; indemnización municipal de 430.052,34 euros y absolución por estafa, sin firmeza acreditada.

Estado judicial
Resultados mixtos
Coste registrado
430.052 €
Implicados
8
Firmeza
Sin determinar

Descripción del caso

La Audiencia de Alicante dictó el 30 de septiembre de 2026 una sentencia que condena a cinco personas por la subcontratación de las obras de renovación de la red de agua de Calp. Juan Roselló, Francisco Zorrilla y José Alberto Mut reciben once meses de prisión y cinco años de inhabilitación por prevaricación en concurso con fraude; Francisco Artacho, once meses y cinco años por fraude; y Jesús Lara Santamaría, siete meses y cuatro años por fraude. El fallo absuelve de estafa a los cinco condenados. La sentencia admite casación y no se acredita aquí su firmeza ni la presentación de recursos.

La resolución distingue el acuerdo municipal inicial del 17 de marzo de 2004, cuya adjudicación directa a Aguas de Calpe no considera acreditado que fuera un artificio de los acusados, de la posterior subcontratación del 26 de marzo a Obras Hidráulicas de Levante, controlada por el cuñado del concejal, que sí fundamenta las condenas. El fallo impone a los cinco una indemnización conjunta y solidaria al Ayuntamiento de 430.052,34 euros, correspondiente al 40% municipal de las pérdidas de 1.075.130,85 euros de la empresa mixta. Son conceptos relacionados que no deben sumarse ni confundirse con el presupuesto de las obras, las fianzas o las penas solicitadas.

La nota del CGPJ del 16 de octubre informa también de la absolución de los otros tres acusados. La versión judicial publicada contiene, sin embargo, discordancias nominales en esa parte del fallo: no menciona a Salvador I.M. y sustituye el nombre Antonio Ramón C.L. de la cabecera por José Ramón C. Ello impide cerrar aquí sin reservas la comprobación individual de esas dos absoluciones. El documento divulgado omite los fundamentos jurídicos y conserva el número 527/2025 pese a fecharse expresamente en 2026; se mantienen estos límites sin corregir el original por inferencia. El caso de las basuras de Calp es un procedimiento distinto.

Desarrollo y fuentes

La adjudicación municipal y la subcontratación

Los hechos probados de la sentencia distinguen el acuerdo del Pleno de 17 de marzo de 2004 de la contratación posterior con Obras Hidráulicas de Levante. No consideran acreditado que el primero fuera un artificio de los acusados. En cambio, sitúan el 26 de marzo la subcontratación directa que excluyó la competencia y permitió aprovechar el sobreprecio, con conocimiento de los responsables de Aguas de Calpe y del empresario que controlaba la adjudicataria.

La mercantil había cambiado su actividad de buzoneo por la construcción de obra civil en febrero de 2004. Subcontrató con Montubo Obra Civil, que a su vez encargó partidas a otras empresas. Las deudas de esas subcontratas y la posible estafa fueron objeto de acusación, pero no deben confundirse con el fraude a la Administración por el que se dictaron las condenas.

Las cantidades del procedimiento

El presupuesto inicial de los cinco proyectos, incluidos honorarios, era de 4.721.100,40 euros sin IVA. El proyecto modificado de la red transversal y su financiación tarifaria tenían importes distintos. La resolución cuantifica las pérdidas de la empresa mixta en 1.075.130,85 euros y el fallo impone una indemnización al Ayuntamiento de 430.052,34 euros, equivalente a su participación del 40%. Esta última es la cantidad que refleja el campo económico de la ficha: no se suma a las pérdidas de la empresa ni a las fianzas anteriores.

Se utiliza el importe exacto del fallo, frente a los 430.000 euros redondeados y los 440.052 euros que aparecen en distintos pasajes de la nota de prensa. La sentencia también distingue las pérdidas contables de la diferencia de 1.073.316,35 euros entre el proyecto modificado y la valoración real de las obras.

Las condenas y las absoluciones

Roselló, Zorrilla y Mut reciben once meses de prisión por prevaricación en relación concursal con fraude; Artacho, once meses por fraude; y Lara Santamaría, siete meses por fraude. Los cuatro primeros reciben cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y el quinto cuatro años. El fallo impone a cada condenado una séptima parte de las costas y no contiene una multa penal. Las penas solicitadas por la Fiscalía eran superiores y comprendían estafas de las que no resultaron condenados.

La nota del CGPJ informa de la absolución de estafa de los ocho procesados. El documento judicial divulgado contiene los antecedentes, los hechos y el fallo, pero omite los fundamentos. Además, presenta diferencias nominales en el apartado absolutorio: Antonio Ramón C.L. pasa a aparecer como José Ramón C. y Salvador I.M. no está en esa relación final. Por ello se mantiene abierta la comprobación individual de esas dos absoluciones, sin transformarlas en condenas ni afirmar que esas personas continúen acusadas.

La vista se celebró del 1 al 5 de diciembre de 2025, después de una instrucción iniciada en noviembre de 2005 según el CGPJ. La resolución está fechada el 30 de septiembre de 2026 y admite recurso de casación; no se acredita aquí su firmeza. El procedimiento de las basuras de Calp pertenece a Brugal y sus resoluciones no determinan el resultado de esta causa del agua.

Documentos relevantes

  • Sentencia 527/2025 de la Audiencia de Alicante, fechada en 2026: versión anonimizada sin fundamentos jurídicos

    2026 · PDF · 14 páginas

    Ver

Cronología

  1. Alta relevancia

    Cambio de actividad de la futura adjudicataria

    Los hechos probados sitúan en esta junta universal el cambio de denominación y objeto social de la antigua Buzoneo IRD a Obras Hidráulicas de Levante.

  2. Alta relevancia

    Acuerdo municipal sobre cinco proyectos

    El Pleno adjudica a Aguas de Calpe las obras por un presupuesto total, incluidos redacción y dirección, de 4.721.100,40 euros sin IVA. La sentencia no considera probado que esta adjudicación municipal fuera un artificio de los acusados.

  3. Alta relevancia

    Subcontratación con Obras Hidráulicas de Levante

    La sentencia sitúa aquí la contratación directa por Roselló y Zorrilla, con connivencia de Mut, de la empresa controlada por Artacho. Este acto, distinto del acuerdo municipal inicial, fundamenta las condenas.

  4. Alta relevancia

    Modificación del proyecto y de la financiación tarifaria

    El Pleno aprueba repercutir 3.454.467,29 euros sin IVA a través de las tarifas del agua por el proyecto modificado. La autorización de la Generalitat seguía siendo necesaria.

  5. Alta relevancia

    La Generalitat limita la recuperación por tarifas

    La resolución citada en los hechos probados limita a 2.220.446,19 euros el importe recuperable por la obra ejecutada. No es por sí misma una indemnización penal.

  6. Alta relevancia

    Se conocen fianzas y la apertura de juicio oral

    La noticia informa de la apertura acordada en julio de 2020 y de fianzas para asegurar responsabilidades, sin que esas garantías constituyan un daño o una condena. Es fecha de publicación, no del auto.

  7. Alta relevancia

    Inicio de las sesiones del juicio finalmente celebrado

    La cabecera de la sentencia confirma sesiones los días 1, 2, 3, 4 y 5 de diciembre de 2025 ante la Sección Segunda de la Audiencia de Alicante.

  8. Alta relevancia

    Última sesión del juicio

    Final de la vista según la sentencia y la crónica del 9 de diciembre. Las peticiones de prisión de la Fiscalía y las admisiones de los acusados no equivalen al fallo posterior.

  9. Alta relevancia

    Sentencia con cinco condenas y absoluciones por estafa

    Once meses para Roselló, Zorrilla, Mut y Artacho; siete para Lara Santamaría. Indemnización municipal conjunta y solidaria de 430.052,34 euros. El fallo admite casación; no se afirma firmeza. La identificación de dos de las otras absoluciones requiere aclarar discordancias del texto difundido.

  10. Alta relevancia

    La prensa difunde la condena

    Europa Press y medios locales informan del fallo, distinto del día en que fue dictado. La nota pública del CGPJ está fechada el 16 de octubre.